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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 6341 de 2018

17 dic 2018

Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo

Registro de asistencia

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Lo que resuelve

Atiende solicitud de empresa Humberto Garetto e Hijos Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURIDICO

K5054 (1042) 2018

ORD.:6341

MAT.: Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

RORD.: Atiende solicitud de empresa Humberto Garetto e Hijos Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Comparecencia personal de 28.11.2018 de Sr. [nombre reservado].

2) Correo electrónico de 21.11.2018 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

3) Correo electrónico de 14.05.2018 de Departamento Jurídico.

4) Pase N°181 de 08.05.2018 de Subjefe Departamento de Inspección.

5) Ord. N°1276 de 02.05.2018 de Inspectora Provincial del Trabajo de Santiago.

6) Presentación de 27.04.2018, de Sr. [nombre reservado] en representación de empresa Humberto Garetto e Hijos Ltda.

SANTIAGO, 17.12.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. [nombre reservado]

HUMBERTO GARETTO E HIJOS LTDA.

[domicilio reservado]

SANTIAGO

Mediante presentación del antecedente 6), usted ha solicitado un pronunciamiento de este servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Reloj Biométrico Garetto", se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

Aclarado lo anterior, es dable indicar que esta Dirección, mediante dictamen N°5849/133 de 04.12.2017, complementó la normativa contenida en el citado dictamen Nº1140/027, estableciendo diversos requisitos técnicos para las plataformas y, además, condiciones formales para el examen de admisión de los respectivos informes.

En efecto, el punto 4.4-. del citado dictamen, establece como requisito de admisibilidad de los antecedentes, acompañar a la respectiva carta conductora que detalla el requerimiento, un dispositivo electrónico -pendrive por ejemplo-, el que debe contener copias en formato digital de todos los documentos, imágenes, diagramas, gráficos, videos, etc., que se presenten a revisión.

Ahora bien, analizada la documentación adjunta, lo que se acompaña es un dispositivo electrónico que sólo contiene un archivo ejecutable, sin incluir los informes respectivos, lo que impide a este Servicio emitir el pronunciamiento solicitado, circunstancia que les fuera latamente explicada en comparecencia personal de antecedente 1).

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la documentación técnica que respalda el sistema de registro y control de asistencia propuesto por la empresa Humberto Garetto e Hijos Ltda., denominado "Reloj Biométrico Garetto", no cumple los requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su análisis por parte de este Servicio. Lo señalado, no obsta a que una vez corregida la omisión señalada sea reingresado para su revisión y eventual autorización.

Saluda a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

registro asistencia, sistema electrónico,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.