Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 662 de 2025
25 sep 2025
Sistema de registro y control de asistencia digital
Hay 2 documentos con el Ord. N° 662. Ver todos.
Lo que resuelve
El sistema de registro y control de asistencia denominado "UCA", consultado por la empresa LOGAM S.A., RUT N°96.653.990-9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Descargar PDFOriginal de la Dirección del TrabajoRecibir novedades por correo
Texto completo
Dirección del Trabajo
Gobierno de Chile
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho
E185137/2025
ORDINARIO N°:662
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia digital.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia denominado “UCA", consultado por la empresa
LOGAM S.A., RUT N°96.653.990- 9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución
Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 16.09.2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 02.07.2025 de empresa LOGAM
S.A.
SANTIAGO, 2 5 SEP 2025
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SRES.
EMPRESA LOGAM S.A.
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, para lo cual acompaña un informe de certificación emitido por la empresa Veltec Informática y Cía. Ltda., Rut 76.201.051-8, fechado el 02.07.2025. En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 33 del Código del Trabajo y artículo 68° de la Resolución Exenta N°38, se procedió a analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: i. Observación: Dos funcionarios solicitaron claves de acceso en distintos días a través del enlace de fiscalización DT, disponible en la página https://logam.puntuale.cl, sin poder validar las credenciales lo que, evidentemente, impidió analizar el cumplimiento de todas las normas relativas a la fiscalización. ii. Observación: El mismo sistema, con otro nombre comercial, ha sido presentado por la empresa Prosegur Chile S.A., no quedando clara la relación entre ambos. Conclusión: El sistema no aprueba el examen de admisibilidad.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad, integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.
Conclusión: Atendido lo señalado en el acápite anterior, no se revisan los aspectos informáticos del sistema.
c) Análisis de los aspectos jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias asociadas a la emisión de reportes.
Conclusión: Atendido lo señalado en el acápite anterior, no se revisan los aspectos jurídicos del sistema.
En suma, analizados los antecedentes acompañados a la luz de la norma legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "UCA", consultado por la empresa LOGAM S.A., RUT N°96.653.990- 9, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. Saluda atentamente a Ud., DRECCIÓN DEL TRABAJO 2 5 SEP 2025
OFICINA DE PARTES
Cosda
CAROLINA-GODOYDONOSO JEFE
ABOGADA
Q.t DIRECCIÓN DEL TRABAJO
Distribución: MGC/RCG
Jurídico; Partes;
Control;
Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia
Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016
Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996
Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017
Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021
Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo
Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.
Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica
1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…
Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996
Registro de asistencia; Sistema computacional; Características
Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.