Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 682 de 2021
26 feb 2021
Registro especial Asistencia y determinación horas de Trabajo
Hay 4 documentos con el Ord. N° 682. Ver todos.
Lo que resuelve
El sistema de registro y control de asistencia denominado "SIGASV ASISTENCIA", presentado por la empresa Aliservice S.A., no se ajusta a las exigencias establecidas por los Dictámenes Ord. N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
Texto completo
Trabajo Dirección del Gobierno de Chile
Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E10274 (398) 2020 682
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN: fundicw Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RESUMEN:
El sistema de registro y control de asistencia denominado
“SIGASV ASISTENCIA”, presentado por la empresa
Aliservice S.A., no se ajusta a las exigencias establecidas por los Dictámenes Ord. Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 26.05.2020, 17.02.2021 de Jefa
Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios
Laborales 2) Presentación de 10.02.2020 de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Aliservice S.A.
SANTIAGO, 26 FEB 2021
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR. [nombre reservado]
EMPRESA ALISERVICE S.A.
[domicilio reservado], CIUDAD EMPRESARIAL
HUECHURABA
[correo reservado]
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “SIGASV ASISTENCIA”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes Ord. Nºs.1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Veltec Infrmática y Cía. Ltda., Rut N°76.201.051-8, suscrito por el Sr. Marcial Navarro Salinas.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada.
Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que se han realizado las siguientes observaciones: 1-. En cuanto a lo dispuesto en el Dictamen Ord. N°5849/133, cabe señalar: 1.1-. Respecto del N°1.7 reportes: Analizada la plataforma, pudo constatarse que carece de todas las opciones de búsqueda requeridas, por ejemplo, no resulta posible buscar por grupos de trabajadores. El reporte de modificaciones de turnos obliga a buscar individualmente, lo cual no se ajusta a la norma administrativa en examen y, además, carece de una columna destinada a señalar quién solicitó la modificación de que se trata. Asimismo, sólo se revisaron reportes con los rangos de fecha predeterminados (una semana), dado que al modificarlos la generación del reporte tarda excesivamente. Además, es del caso indicar que se utilizan abreviaturas sin indicar el significado de cada una.
Finalmente, se recomienda permitir visualizar los reportes en pantalla sin necesidad de descargarlos, lo cual debiera ser opcional. 1.2-. Respecto del N°3.4, Modificación de marcaciones: No adjunta evidencia. 1.3-. Respecto del N°4.5, Análisis de Vulnerabilidad: No adjunta el informe solicitado. En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Aliservice S.A., denominado “SIGASV ASISTENCIA”, no se ajusta a todas las exigencias establecidas por los Dictámenes Ord. Nºs.1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta a que, una vez subsanadas las observaciones realizadas, la solicitud de autorización pueda ser nuevamente ingresada a este Servicio.
Saluda atentamente a Ud., DEL JUAN DAVID TERRAZAS PONCE
ABOGADO
JEFE DEPARTÀMENTOJURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DÉL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Partes. Jurídico;
Dictámenes concordantes
- Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016 · Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;…
- Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017 · Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de…
Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia
Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016
Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996
Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017
Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.
Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021
Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo
Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.
Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica
1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…
Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996
Registro de asistencia; Sistema computacional; Características
Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.