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Dirección del TrabajoOrdinario11 de mayo de 2022

ORD. N°730

Sistema de registro y control de asistencia digital;

Dictámenes concordantes

  • dictamen 1140/27, 24.02.2016
  • dictamen 2927/58, 28.12.2021
  • dictamen 5849/133 de 04.12.2017
  • ordinario 730, 11.05.2022

Texto

Dirección del
Trabajo
Gabiemo de Chile
Departamento Juridico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales E67311 (454) 2022 730
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia digital.
RESUMEN:
Se rechaza la solicitud de autorización de uso del
sistema de registro y control de asistencia digital
denominado "PeopleWork", por no ajustarse a las
exigencias técnicas indicadas en el Dictamen
N°2927/58 de 28.12.2021.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 25.04.2022 de Jefa Unidad de
Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.
2) Presentación de 01.04.2022 de Sr.
en representación de empresa
DocuStore S.p.A.
SANTIAGO, 11 MAY 2022
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A : SR.
DOCUSTORE S.P.A.
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado a este
Servicio un pronunciamiento a fin de terminar si el sistema de registro y control de
asistencia digital que presenta, denominado "PeopleWork", se ajusta a las
exigencias técnicas que sobre la materia establecen los Dictámenes Nº1140/027
de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la
solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa
Opensoftware.cl S.A., Rut N°76.095.771-2, suscrito por el Sr.
Aclarado lo anterior, es del caso hacer presente que, con fecha
28.12.2021, esta Dirección emitió el Dictamen N°2927/58, el cual en su N°6
expresamente señala:
"6-. Vigencia:
La normativa contenida en el presente Dictamen regirá desde la fecha de
su publicación y reemplazará, para los sistemas que requieran autorización en lo
sucesivo, a las exigencias contenidas en los Dictámenes N°1140/027 de
24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017."
Como es dable apreciar del texto transcrito, a partir del 28.12.2021 todos
los sistemas de registro y control de asistencia digitales que ingresen a revisión de
esta Dirección deben ajustarse a las nuevas condiciones impuestas por el citado
pronunciamiento.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que, atendido el cambio normativo señalado en el cuerpo del
presente informe, se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de
registro y control de asistencia digital denominado "PeopleWork", por no ajustarse
a las exigencias técnicas indicadas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021. Lo
cual no obsta a que, una vez realizadas las adecuaciones pertinentes, la solicitud
sea reingresada a este Servicio.
Saluda a Ud.,
DEL
NATALIAPOZO SANHUEZA
ABOGADA JEFE
JEFA (S)-DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCION DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes

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