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ORD. N°734
Sistema de registro y control de asistencia digital;
Dictámenes concordantes
- dictamen 1140/27, 24.02.2016
- dictamen 2927/58, 28.12.2021
- dictamen 5849/133 de 04.12.2017
- ordinario 734, 18.05.2023
Texto
C
Direcciôn del
Trabajo
Gobiemo de Chile
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes e
Informes en Derecho
E186688 (422) 2022 ORDINARIO N°: 734
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia digital.
RESUMEN:
A partir del 25.12.2021, todos los sistemas de
registro y control de asistencia digitales que ingresen
a revisión de la Dirección del Trabajo deben
ajustarse a las exigencias técnicas contempladas en
el Dictamen N°2927/58.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 15.05.2023 de Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Pase N°51 de 27.02.2023 de Jefe (S)
Departamento de Inspección.
3) Presentación de 23.08.2022
en representación de
Compañía de Ingeniería Nexsis Limitada.
SANTIAGO,
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO 1 8 MAY 2023
COMPAÑÍA DE INGENIERÍA NEXSIS LIMITADA
@nexsis.cl
Mediante presentación del antecedente 3), usted ha solicitado a este
Servicio un pronunciamiento a fin de terminar si el sistema de registro y control de
asistencia digital que presenta, denominado “Scanex”, se ajusta a las exigencias
técnicas que sobre la materia establecen los Dictámenes Nº1140/027 de
24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias
usted acompañó un informe de certificación emanado de la empresa Pro Retail
S.A., no indica su Rut, firmado por el Sr. Luis Jofré Vallejos.
Aclarado lo anterior, es del caso hacer presente que, con fecha
28.12.2021, esta Dirección emitió el Dictamen N°2927/58, el cual en su N°6
expresamente señala:
"6-. Vigencia:
La normativa contenida en el presente Dictamen regirá desde la fecha de
su publicación y reemplazará, para los sistemas que requieran autorización en lo
sucesivo, a las exigencias contenidas en los Dictámenes N°1140/027 de
24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017."
Como es dable apreciar del texto transcrito, a partir del 28.12.2021 todos
los sistemas de registro y control de asistencia digitales que ingresen a revisión de
esta Dirección deben ajustarse a las nuevas condiciones impuestas por el citado
pronunciamiento.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que, atendido el cambio normativo señalado en el cuerpo del
presente informe, se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de
registro y control de asistencia digital denominado “Scanex”, por no ajustarse a las
exigencias técnicas indicadas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021. Lo cual
no obsta a que, una vez realizadas las adecuaciones pertinentes, la solicitud sea
reingresada a este Servicio.
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
Saluda a Ud., 18 MAY 2023
OFICINA DE PARTES
DEL
NATALIA POZOSANHUEZA JEFE
ABOGADA ★ ☆
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURIDICO
DIRECCION DELTRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
Direcciôn del
Trabajo
Gobiemo de Chile
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes e
Informes en Derecho
E186688 (422) 2022 ORDINARIO N°: 734
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Sistema de registro y control de asistencia digital.
RESUMEN:
A partir del 25.12.2021, todos los sistemas de
registro y control de asistencia digitales que ingresen
a revisión de la Dirección del Trabajo deben
ajustarse a las exigencias técnicas contempladas en
el Dictamen N°2927/58.
ANTECEDENTES:
1) Instrucciones de 15.05.2023 de Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Pase N°51 de 27.02.2023 de Jefe (S)
Departamento de Inspección.
3) Presentación de 23.08.2022
en representación de
Compañía de Ingeniería Nexsis Limitada.
SANTIAGO,
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO 1 8 MAY 2023
COMPAÑÍA DE INGENIERÍA NEXSIS LIMITADA
@nexsis.cl
Mediante presentación del antecedente 3), usted ha solicitado a este
Servicio un pronunciamiento a fin de terminar si el sistema de registro y control de
asistencia digital que presenta, denominado “Scanex”, se ajusta a las exigencias
técnicas que sobre la materia establecen los Dictámenes Nº1140/027 de
24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias
usted acompañó un informe de certificación emanado de la empresa Pro Retail
S.A., no indica su Rut, firmado por el Sr. Luis Jofré Vallejos.
Aclarado lo anterior, es del caso hacer presente que, con fecha
28.12.2021, esta Dirección emitió el Dictamen N°2927/58, el cual en su N°6
expresamente señala:
"6-. Vigencia:
La normativa contenida en el presente Dictamen regirá desde la fecha de
su publicación y reemplazará, para los sistemas que requieran autorización en lo
sucesivo, a las exigencias contenidas en los Dictámenes N°1140/027 de
24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017."
Como es dable apreciar del texto transcrito, a partir del 28.12.2021 todos
los sistemas de registro y control de asistencia digitales que ingresen a revisión de
esta Dirección deben ajustarse a las nuevas condiciones impuestas por el citado
pronunciamiento.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la
jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con
informar a usted que, atendido el cambio normativo señalado en el cuerpo del
presente informe, se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de
registro y control de asistencia digital denominado “Scanex”, por no ajustarse a las
exigencias técnicas indicadas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021. Lo cual
no obsta a que, una vez realizadas las adecuaciones pertinentes, la solicitud sea
reingresada a este Servicio.
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
Saluda a Ud., 18 MAY 2023
OFICINA DE PARTES
DEL
NATALIA POZOSANHUEZA JEFE
ABOGADA ★ ☆
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURIDICO
DIRECCION DELTRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Control