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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 737 de 2025

11 nov 2025

Sistema de registro y control de asistencia digital

Registro de asistencia

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Lo que resuelve

La Dirección del Trabajo no certifica sistemas electrónicos de registro y control de asistencia, sino que autoriza su uso una vez que han sido certificados por un tercero independiente.

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Texto completo

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E157889/2025

ORDINARIO N°: 737

ACTUACIÓN: Aplica doctrina.

MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia.

RESUMEN: La Dirección del Trabajo no certifica sistemas electrónicos de registro y control de asistencia, sino que autoriza su uso una vez que han sido certificados por un tercero independiente.

ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 05.11.2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Presentación de 05.06.2025 de AGTec Servicios informáticos Ltda.

SANTIAGO, 11 NOV 2025.

DE: JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A: SRES. AGTEC SERVICIOS INFORMÁTICOS LTDA.

[domicilio reservado]

PROVIDENCIA

Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado a este Servicio que les indique el procedimiento formal y los requisitos técnicos y administrativos necesarios para someter un sistema electrónico de registro y control de asistencia a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.

A mayor abundamiento, indica su carta que la consulta tiene por objeto "…iniciar formalmente el proceso de certificación legal de nuestro sistema de registro y control de asistencia de trabajadores…".

Precisado lo anterior, cúmpleme informar a usted que el artículo 3° letra b de la citada Resolución Exenta N°38, señala:

b) Certificación: Resultado final del análisis técnico realizado a un sistema de registro y control de asistencia electrónico por parte de una empresa privada independiente del desarrollador, comercializador y/o empleador usuario, el cual concluye de manera clara y precisa que la plataforma se ajusta a todos los requisitos exigidos por la presente resolución exenta.

Como puede apreciarse del texto transcrito, el proceso de certificación se desarrolla entre privados, y sólo una vez terminada dicha etapa, los antecedentes pueden ser presentados ante esta Dirección para solicitar la autorización del sistema.

Por otra parte, respecto de la documentación a acompañar y las formalidades del proceso de autorización, dichas materias se encuentran latamente abordadas Resolución Exenta N°38.

Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada.

sistema de registro y control de asistencia digital,

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

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