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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 796 de 2024

26 nov 2024

Certificación de sistemas electrónicos de registro y control de asistencia.

Registro de asistencia

Hay 2 documentos con el Ord. N° 796. Ver todos.

Lo que resuelve

La Dirección del Trabajo no realiza capacitaciones ni asesorías a empresas que presten servicios de certificación de sistemas electrónicos de registro y control de asistencia.

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Texto completo

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E229957 (1607) 2024

ORD. N°796

MAT.: Certificación de sistemas electrónicos de registro y control de asistencia.

RORD.: La Dirección del Trabajo no realiza capacitaciones ni asesorías a empresas que presten servicios de certificación de sistemas electrónicos de registro y control de asistencia.

ANTS.:

1) Instrucciones de 12.11.2024 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Correo electrónico de 22.08.2024 de Sra.XXXXXXXX XXXXX.

SANTIAGO, 26.11.2024

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SRA. XXXXXXXX XXXXX

XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX XXX

XX XXXXX

XXXXXXXXXXXXX

Mediante su correo electrónico del antecedente 2), usted indica que se encontraría en proceso de crear una empresa, uno de cuyos objetivos sería la certificación de sistemas electrónicos de registro y control de asistencia, para lo cual requeriría la asesoría de este Servicio.

Aclarado lo anterior, cúmpleme informar a usted que de acuerdo a la letra b) del artículo 3° de la Resolución Exenta N°38, la certificación es:

Resultado final del análisis técnico realizado a un sistema de registro y control de asistencia electrónico por parte de una empresa privada independiente del desarrollador, comercializador y/o empleador usuario, el cual concluye de manera clara y precisa que la plataforma se ajusta a todos los requisitos exigidos por la presente resolución exenta.

A su vez, el artículo 65° letra a) del mismo acto administrativo, a propósito de las compañías que desarrollen los procesos de certificación, dispone que este:

a) Deberá ser realizado por una persona jurídica independiente de la empresa u organismo que desea comercializar o utilizar la plataforma, vale decir, no podrá ser matriz, filial, empresa coligada, relacionada, ni tener interés directo o indirecto, participación o vínculo societario de ningún tipo con la compañía que importará, comercializará o utilizará el sistema.

De este modo, para la ejecución de los servicios de que se trata basta con cumplir con los requisitos señalados.

Por lo mismo, no existe un registro de empresas certificadoras acreditadas ni procesos de asesorías por parte de esta Dirección.

Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes;

Control;

Sistema de registro y control de asistencia digital; Certificación;

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.