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SUSESOCircular28 de septiembre de 2007

Circular 2399

Seguro laboral (Ley 16.744)

Lo que resuelve

a) Derogada y Reemplazada por Circular N° 3249; b) Imparte instrucciones a los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744. Respecto de las obligaciones impuestas por el Artículo 184 del Código del Trabajo; c) Deja sin efecto Circular N° 2356 y modifica parte I de Circular N° 2346, ambas de 2007.

Destinatario

Dirección del Trabajo; Asociación Chilena de Seguridad; Instituto de Seguridad del Trabajo (I.S.T.); Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de Construcción (C.Ch.C.); Instituto de Normalización Previsional (I.N.P.).

Normas citadas

  • D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
  • Ley N° 16395
  • Ley N° 16744

Texto

V

GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

IMDAD DF. SEGURIDAD V SALUD EN EL TRABAJO

Al 08-2007- 00054

CIRCULAR N°

SANTIAGO,

239ÍJ
28 SCI. 2HV

IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS
ADMINISTRADORES DE LA I.FY N° 16.744 RESPECTO DE
LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR EL ARTÍCULO 184
DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. DEJA SIN EFECTO CIRCULAR
N° 2.356 Y MODIFICA PARTE I DE CIRCULAR N° 2.346,
AMBAS DE 2007.

Esta Superintendencia, en virtud de las facultades

contempladas en los artículos 2 y 30 de la Ley
16.395, 12 de la Ley N° 16.744, 1, 23, y 126 del D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, y atendidas las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.123 al


artículo 184 del Código del Trabajo, ha estimado necesario adecuar las instrucciones ímpartiüas a

los Organismos Administradores dp la Ley N° 16.744, mediante las Circulares N° ¿.346 v N°
2.356. ambas de 2007, retendo al procedimiento a seguir en aquellos casos en que la Dirección

3el

Trabajo les informe infracciones o deficiencias en materias de higiene y seguridad
constatadas en sus empresas adheridas o afiliadas, con la finalidad de perfeccionar el sistema de
información y de control del cumplimiento de esta disposición legal.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN AQUELLOS CASOS EN QUE LA DIRECCIÓN DEL
TRABAJO LES INFORME INFRACCIONES O DEFICIENCIAS EN MATERIAS DE
HIGIENE Y SEGURIDAD CONSTATADAS EN SUS EMPRESAS ADHERTOAS O

AFILIADAS, SEGÚN LO ESTABLECTOO EN LOS INCISOS CUARTO Y FINAL DEL
ARTÍCULO 184 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
1

.

En aquellos casos en que la Dirección del Trabajo verifique infracciones o deficiencias en

materias de higiene y seguridad,

en

las empresas que fiscalice, informará de ellas al

organismo administrador que corresponda.
Las referidas infracciones o deficiencias serán informadas por la Dirección del Trabajo
vía correo electrónico en archivo plano, según formato que se adjunta en el Anexo I
"Notificación de Infracciones o Deficiencias".
2.

3.

Copia de dicho correo electrónico será remitido por dicha Dirección
Superintendencia, y el respectivo archivo plano, transmitido vía su portal Web.
Las Mutualidades de

Empleadores y el

momento de tomar conocimiento de las

a

esta

Instituto de Normalización Provisional, al

infracciones o deficiencias constatadas en sus

empresas adheridas o afiliadas, deberán proceder de acuerdo a lo siguiente:
3.1

Prescribir, por escrito, a la empresa infractora, las medidas correctivas específicas
que correspondan, en el formato que se adjunta en el Anexo II "Prescripción de
Medidas". La prescripción de dichas medidas deberá realizarla el organismo
administrador en todos los casos en que las condiciones de higiene y seguridad de la
empresa así lo ameriten, incluso si ésta acredita que está tramitando una apelación
ante la Dirección del Trabajo.
Sin embargo, en aquellos casos en que el organismo administrador, al momento de
efectuar la visita a la empresa, considere que no es necesario prescribir alguna
medida correctiva, deberá informarlo en el ya citado Anexo II, en la fila destinada a
describir la medida para la respectiva infracción o deficiencia, señalando las razones
técnicas que justifiquen su decisión.
Por otra parte, en aquellos casos en que no sea posible obtener la firma de un
representante de la empresa, deberá informar esta situación en el formulario, en el
sector destinado a registrar dicha firma, debiendo enviarlo, posteriormente, por carta

certificada dirigida al representante legal.
3.2

a la Dirección del Trabajo, a través de la respectiva
Inspección, y a esta Superintendencia, del siguiente modo:

Informar dichas medidas

a) A la Inspección del Trabajo que corresponda, se deberá remitir copia del
documento señalado en el punto 3.1. anterior, con un oficio conductor de
acuerdo al formato que se acompaña en el Anexo III "Oficio conductor
Medidas Prescritas".

b)

A esta Superintendencia,

se deberá remitir

copia del oficio conductor señalado

a), y transmitir vía su portal web un archivo plano diario consolidado,
con las empresas a informar, según formato contenido en el Anexo IV "Informe
en la letra

de Medidas Prescritas"

Se deberán incluir, en este informe, aquellas empresas en que no se consideró
necesario prescribir alguna medida correctiva, señalando las razones técnicas
que justifiquen esa decisión.
El plazo para prescribir e informar las medidas correctivas será de 30 dias corridos,

3.3

contado desde la respectiva notificación. Se entenderá que la fecha de notificación
de las infracciones es el dia hábil siguiente a la fecha de envío del correo electrónico
por parte de la Dirección del Trabajo.
En aquellos casos en que la infracción haya sido calificada como "gravísima" por la

3.4

Dirección del Trabajo, el organismo administrador deberá prestar especial atención
en verificar el cumplimiento de las medidas prescritas, en los plazos indicados para
tal efecto y, cuando compruebe que la empresa no ha dado cumplimiento a dichas

medidas, deberá informar de esta situación a esta Superintendencia, con copia a la
respectiva Inspección del Trabajo, vía correo electrónico, señalando las acciones
específicas que hubiere adoptado al respecto. Asimismo, dicho organismo
administrador deberá transmitir a esta Superintendencia un archivo plano según
formato contenido en el Anexo IV, señalando que se trata de un seguimiento.
4.

En

aquellos

en

casos

que el

organismo

administrador establezca que la empresa

informada no es su adherente o afiliada, deberá informarlo inmediatamente por correo
electrónico a la respectiva Inspección del Trabajo con copia a esta Superintendencia y a la
Dirección del Trabajo, indicando el período en que lo fue, cuando corresponda.

Asimismo, deberá enviar a esta Superintendencia un archivo plano, vía su portal web, con
las empresas no adherentes o no afiliadas, de acuerdo al formato contenido en el Anexo V
"Empresas No Adheridas o No Afiliadas".
5.

Para los formatos de los archivos planos que son parte de la presente circular, Anexos I,
IV y V, se precisan las siguientes aspectos:

Campos: Separadores y formato
Para todos los archivos

5.1

campos será

6.

especificados, el carácter a utilizar como separador de

";" (punto y coma).

5.2

Los campos "FECHA" deben tener el formato AAAAMMDD, sin separadores.

5.3

Todos los campos son obligatorios no pudiendo omitirse ninguno de ellos, excepto
aquellos que no tienen información como es el caso de una "Deficiencia" al estar
informando una "Infracción", en tal caso, deben tener un signo "*" entre los
respectivos ";" como separadores de campo.

Para facilitar el proceso de trasmisión de la información via portal web, se ha elaborado el
"Manual de Usuario para el Envío de Archivos vía Internet", el que se encuentra en el
Anexo VI, y consta de los siguientes ítems:

7.

1.

Pantalla inicial SUSESO ( Sitio www.suseso.clt

2.

Inicio de Sesión.

3.

Estado de Envíos: Visualización de Estados y Despliegue del Detalle de Estados.

4.

Envío de Archivos.

5.

Documentación Online.

6.

Nomenclatura del Archivo.

Cada

organismo

administrador creó

en

su

oportunidad

una

dirección

de

correo

electrónico, la que fue informada a la Dirección del Trabajo y a esta Superintendencia, y
es la que se utilizará para los propósitos de esta Circular, mientras no se envíe a esta
Superintendencia, comunicación escrita formal, que la modifique.
Las comunicaciones dirigidas a esta Superintendencia se deberán enviar a la dirección de
correo electrónico: infraccionesdtía!suseso.cl.

Para el envió de archivos planos vía portal web de esta Superintendencia, se mantendrá en

utilización la "clave" y los "usuarios" solicitada por los encargados de este procedimiento
en

cada uno de los organismos administradores de la Ley N° 16.744 (Mutuales e INP) y

en la Dirección del

Trabajo.

INSTRUCCIONES GENERALES

1

.

Las presentes instrucciones son obligatorias a contar del 1

°

de octubre de 2007.

2.

La transmisión de los archivos planos correspondientes

3.

Se deberá dar la mayor difusión a las presentes instrucciones y las personas encargadas de

los meses del período -marzo a
septiembre de 2007- deberán transmitirse a más tardar el 30 de diciembre de 2007. Esta
transmisión especial podrá realizarse en archivos mensuales o en un único archivo
consolidado de todo el período. En caso de requerir asesoría para realizar estas transmisiones
contactar al Sr. Humberto Rojas, al teléfono 6204477, o a través del correo electrónico,
hrojas@suseso.cl.
a

cumplirlas deberán conocer el texto íntegro de la presente Circular.
Saluda atentamente a Ud,

DISTRIBUCIÓN:
(Se adjuntan 6 Anexos)
Dirección del Trabajo
Asociación Chilena de Seguridad
Instituto de Seguridad del Trabajo
Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción
Instituto de Normalización Previsional
Con copia informativa a-

Jefe Departamento de Tecnologías de Información Dirección del Trabajo
Fiscalía
Secretaría General
Unidad de Segundad y Salud en el Trabajo
Unidad de Informática
Oficina de Partes
Archivo Central

ANEXO I

FORMATO

DE

ARCHIVO

DE

ENVÍO

DE

INFRACCIONES

E

DEFICIENCIAS

DETECTADAS POR LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO
Campo

Tipo

Descripción

Rut empresa

Numérico

Rut de empresa fiscalizada, sin puntos.

Dv

Carácter

Dígito verificación

Razón Social

Carácter

Domicilio Fiscalizado

Carácter

Antecedentes del domicilio Fiscalizado

Código Comuna Fiscalizada

Numérico

Sepin tabla publicada en

Región Fiscalizada

Numérico

Numero Comisión

Numérico

Fecha Origen

Fecha

Código Materia

Numérico

Hecho Deficiente

Carácter

Descripción

Resolución

Numérico

Numero de resolución y correlativo de la sanción

www.smim el cómo

"Código único Territorial" en la circular N° 86.
Seeún tabla tniblicada

www.sínim el cómo

en

"Código único Territorial" en la circular N° 86.
Numero

el

individualiza

que

de

proceso

fiscalización realizada

interpone la denuncia o
fecha que se define el programa de fiscalización
Fecha de origen que

se

cuando así sea

Código interno de la materia denunciada que se
relaciona con la descripción del Hecho en la linea
siguiente
no

codificada y declarada por el

fiscalizador cuando sea una deficiencia

Código Infracción

Carácter

Según listado interno de D.T.

Glosa Infracción

Carácter

Glosa fija que depende del código

Código Tipo Gravedad

Numérico

Codificación del tipo de gravedad

Glosa Gravedad

Carácter

Glosa explicativa del tipo de gravedad

Hecho Infraccional

Carácter

Descripción

Tipo Registro

Numérico

Código Inspección
Nombre Inspección

Numérico

Según listado interno de D T.

Carácter

Antecedentes de la

Domicilio Inspección

Carácter

Código Comuna Inspección

Numérico

Organismo administrador

Numérico

no

codificada

y

declarada por el

fiscalizador cuando sea una infracción
01 si es Deficiencia
02 si es Infracción

inspección

con

jurisdicción

sobre obra o faena fiscalizada
Antecedentes de la

inspección con jurisdicción

sobre obra o faena fiscalizada

Sefn'in lahla piihlií-arla m



ívww mnim

r-l

r-r.mn

"Código único Territorial" en la circular N" 86
20111

ACHS

20112

IST

20113

MUTUAL

30100

INP

Secuencia

Numérico

Numero de secuencia de envío de archivos

Fecha notificación

Fecha

Fecha de notificación a la
deficiencias
o
infracciones,

corresponde
electrónico


Los campos serán separados por el carácter (;)

a

la

fecha

de

mutual

de

en

este

envió

del

las
caso

correo

Logo y Nombre

Organismo Administrador

ANEXO II

PRESCRIPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS

Este

Organismo

Administrador

de

la

Ley



16.744

instruye

Em presa:

al

representante
,

Don:

la

de

R ut :

-

,

las medidas correctivas que se detallan, las que se deberán
los plazos señalados, para corregir las infracciones o deficiencias constatadas por la
,

implementar en

Inspección del Trabajo de «provincia o comuna», Código Inspección
Infracción o deficiencia informada por la Dirección del Trabajo:
(Utilice una fila pata cada infracción o deficiencia)
Tipo de Medida

Código
Infracción o

deficiencia

Medida(s) Correctiva(s).
(para cada infracción o deficiencia, señale la o las correspondientes medidas

{I- Inmediata
D= diferida)

Plazo

pata

implementar
las medidas

(días o fecha
limite)

conectivas)

Agregue las filas necesarias según el número de infracciones o deficiencias.

Fecha Prescripción de
Medidas

Nombre y Firma del
Representante de la empresa

Nombre y Firma del
Profesional del organismo
administrador

Este documento es auditable y deberá estar disponible en la empresa para las entidades fiscalizadoras.
La empresa deberá informar por escrito, en papel o medio digital, al organismo administrador el

cumplimiento de las medidas prescritas.

Logo y Nombre
Organismo Administrador

ANEXO III

CARTA: N9
ANT.:

1)

I
Inciso final del Artículo 184 Código del

Trabajo.
2) Resolución N°
MAT.:

Informa medidas de
empresas, de
Circular NQ

'

seguridad prescritas a

acuerdo
,

a

de

lo

instruido

en

de

la

2007,

Superintendencia de Seguridad Social.

FECHA

DE :

«ORGANISMO ADMINISTRADOR»

A

INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE «provincia o comuna de asiento»
«dirección»
«ciudad»

De acuerdo
señala en el antecedente,

con

lo

estipulado en la norma legal que se

cumplo con informar a Ud. las medidas prescritas a las siguientes

empresas:
«nombre de la empresa» «R.U.T. de la empresa»
«nombre de la empresa» «R.U.T. de la empresa»
«nombre de la empresa» «R.U.T. de la empresa»

Se adjuntan tos correspondientes informes de prescripción
de medidas correctivas, los que en total son «indicar número de documentos al menos 1 por
empresa informada».

Saluda a usted,

Nombre, firma y timbre

Organismo Administrador

Original : Inspección del Trabajo
: Superintendencia de Seguridad Social
Copia

1

Corresponde al Número de Resolución contenido en el archivo plano que se remitió al Organismo

Administrador.

ANEXO IV
FORMATO DE ARCHIVO PARA INFORMAR A LA SUSESO DE LA PRESCRIPCIÓN
DE

MEDDIAS

PARA

CORREGDJ

DEFICIENCIAS

LAS

INFRACCIONES

E

DETECTADAS POR LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO Y SU SEGUIMIENTO

Campo

Tipo

Tipo de Información

Numérico

Descripción
1

=

2

=

3

=

Registro de Prescripción o
Registro de Seguimiento Cumple medidas o
Registro de Seguimiento No Cumple medidas

Rut empresa

Numérico

Rut de empresa fiscalizada, sin puntos.

Dv

Carácter

Dígito venficación

Numero Comisión

Numérico

Numero

Fecha prescripción/ Fecha

Fecha

Fecha en que se aplicó la prescnpción o fecha en

comuna

el

de

proceso

que se efectuó el seguimiento, según corresponda

Seguimiento

Código

individualiza
que
fiscalización realizada

oficina

del

Numénco

Organismo Administrador

Seeún tabla

Dubhcada

en:

www.sinrm.cl cómo

"Código único Territorial" en la circular N° 86.

Código Matena

Numérico

Código interno a la D T de la matena denunciada

Hecho Deficiente

Carácter

Resolución

Numénco

Código Infracción

Carácter

Según listado interno de D T

Tipo Registro

Numénco

01 si es Deficiencia

Código Inspección

Numénco

Según listado interno de D T

Glosa medida prescrita o Glosa

Carácter

Descnpción

que se relaciona con la descripción del Hecho.

Descripción

no

codificada y declarada

el

por

fiscal izador cuando sea una deficiencia
Numero de resolución v correlativo de Id sanción

02 si es Infracción

de seguimiento

de

la

medida

presenta

o

de

las

especificas adoptadas en caso de
incumplimiento de las medidas presentas, según

acciones

corresponda

Organismo administrador

Secuencia

Numérico

Numénco

20111

ACHS

20112

IST

20113

MUTUAL

30100

INP

Numero

de

secuencia

del

archivo

enviada por la D T

Número Oficio

Numénco

Número del documento

Fecha Oficio

Fecha

Fecha de emisión del Documento.



Los campos serán separados por el carácter (;)

en

que

fue

ANEXO V
FORMATO

DE

ARCHIVO

DE

LAS

INFRACCIONADAS

EMPRESAS

POR

LA

DIRECCIÓN DEL TRABAJO, NO AFILIADAS O NO ADHERIDAS AL ORGANISMO
ADMINISTRADOR NOTIFICADO

Campo

Tipo

Descripción

Rut empresa

Numénco

Rut de empresa fiscalizada, sm puntos.

Dv

Carácter

Dígito verificación

Observaciones

Carácter

Indicar el

Resolución

Numérico

Numero de resolución y correlativo de la sanción

Organismo administrador

Numérico

20111

ACHS

20112

IST

20113

MUTUAL

periodo

en

que

estuvo

adherida

o

afiliada, cuando corresponda

30100

INP

Secuencia

Numérico

Numero de secuencia de envío de archivos

Fecha notificación

Fecha

Fecha

de

o

corresponde

a

electrónico



notificación

deficiencias

Los campos serán separados por el carácter (;)

a

la

infracciones,
la

fecha

de

mutual
en

este

envió

del

de

las
caso

correo

Superintendencia de Seguridad Social

ANEXO VI

MANUAL DE USUARIO PARA EL ENVIÓ DE ARCHIVOS
VIA INTERNET

Versión 2.0

Septiembre 2007

Superintendencia de Seguridad Social
Pantallas del Sistema

>

A continuación se muestra un conjunto de pantallas que ayudan a visualizar la utilización

del sitio para estos efectos.
1. Pantalla Inicial SUSESO. Debe conectarse al sitio



B*«¡£5£>jñü¿¿





www.suseso.cl

rrt

í-rtfiss"

Se debe hacer clic en la opción "Sitios Web Relacionados". A través de esta opción, se
puede acceder a 'Transmisión de Archivos Entidades" (bajo el segmento "Extranet").
Luego se activa la página de Inicio de Sesión

Superintendencia de Seguridad Social

2. Inicio de sesión

Esta es la página inicial de acceso al sistema. Para acceder a él se debe:
1

.

2.

Introducir un usuario y una contraseña válidos.
Hacer clic en "Iniciar Sesión".

Si el usuario y la contraseña son correctas esta página nos llevará a la opción "Estado de

Envíos", para poder identificar inmediatamente los archivos que están con carácter
pendiente. De lo contrario, se solicitará que se ingrese un usuario y contraseñas correctas.

SUSESO

:^

Se puede tener tantos usuarios como sea necesario. A la vez, cada usuario puede tener a su
cargo tantos archivos como sea requerido.
Los usuarios son creados por un Administrador del Sistema

en

SUSESO a solicitud, y

de las necesidades de las Entidades reportantes. Para estos efectos, es
necesario solicitar la creación de usuarios enviando un correo electrónico al encargado del

dependiendo

Portal Web (en este caso

arojas@suseso.cl), indicando el nombre del usuario, su correo

electrónico haciendo referencia al proyecto : "SUBCONTRATACIÓN".

Superintendencia de Seguridad Social

3. Estado de Envíos
3.1. Visualización de los estados
Para visualizar el estado de los envíos se debe:

1) Seleccionar a las instituciones que deseen desplegarse. Esto es para los usuarios que
estén habilitados para administrar a mas de una entidad reportante, de otra manera se
debe seleccionar la única entidad (o institución) que en pantalla se despliega.
2) Indicar el año (que por defecto es el presente).
3) Seleccionar el proyecto al cual pertenece el archivo (para estos efectos, proyecto
"SUBCONTRATACION").
4) Hacer clic en mostrar informe.

La combinatona de estados y archivos genera una "matriz de estados" (Cuadro de estado de

archivos). En ella se puede ver el estado actual de los archivos enviados.

Superintendencia de Seguridad Social
3.2. Despliegue del Detalle de Estados

Haciendo clic en el "Estado del Archivo", se abre una nueva ventana en la que se puede

apreciar el detalle de ese estado seleccionado, así como también el historial o ciclo de vida
del archivo en particular, identificando las fechas, usuarios y estados que ha tenido ese
archivo a través del tiempo.

o

-

o

„•.

*•;.,—•.-.. •"■MíSj t¿ ,> B

-

Ü£¡ ?-■

-

.

■■:•..■

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Hlfl.«.dBen.los
&*»*«" l»***""»™

Proyecte cisc*LI?ju:iOft

ú

Cada archivo "procesado" tiene asociado dos archivos, archivo "Log" y archivo "Bad".
El archivo Log indica el detalle de la carga del archivo (resumen de registros cargados y no
cargados y la razón de por qué no fueron cargados los registros). El archivo Bad es un
archivo que se "genera" con los registros "no cargados". Por ello un archivo que no
contiene inconsistencias no tiene asociado un archivo "Bad".

Superintendencia de Seguridad Social
4. Envío de archivos

1.

Se

debe

identificar

el

proyecto

(para

estos

efectos,

proyecto

"SUBCONTRATACION")
2.

Se debe identificar el año de envío (por defecto es siempre el presente año)

3

Se puede escoger uno o mas archivos a enviar, y hacer che en "enviar archivos".

Cuando el envío

se haya completado (con o sin errores), la página contará con un
despliegue del estado de envío de estos archivos. Esta información es también enviada al

usuario via correo electrónico (a la dirección electrónica asociada al usuario) para que

pueda hacer uso de ella en su gestión.
La confirmación del envío a través de correo puede estar dirigida al usuario que envía y a
otra persona (supervisor, administrador, etc.) y dependerá del funcionamiento propio de la

entidad reportante. Las direcciones de correo escogidas pueden ser solicitadas junto a la
creación de los usuarios o también de manera postenor a quien sea la persona responsable

enlaSLSFSO

U23SE2XKr^r!^^-rn;^^r

Superintendencia de Segundad Social
5. Documentación Online
En esta opción se puede acceder a la Documentación Oficial disponible, como el formato

de

los

archivos

para

cada

uno

de

los

proyectos

(para

estos

efectos,

provecto

misma

pantalla.

"SUBCONTRATACION"), manuales de uso y otros.

£ ?r.\".r "ir^—'iBEat:

Haciendo che archivo requerido, éste se descarga y se visuah/a la
pudicndo guardar el documento en el computador remoto.

Este vínculo del Portal Web contiene los "Últimos Formatos Oficiales" para cada uno t
los archivos Cualquier modificación a estos formatos se informará via correo electrónico
será publicada en este sector del Portal Web
NOTA

En algunos casos para visualizar "actualizaciones" en la página i
borrar los "archivos temporales" y las "cookics" antes de cargarla.

recomendable

Superintendencia de Seguridad Social
6.

Nomenclatura del Archivo
6.1 Nombre de los Archivos
El formato completo del nombre del archivo es. EEEEENNCCC.MES
Donde:
EEEEE

=

"NN

-

Código de la Entidad que envía.
Número identificatono de la materia

correspondiente al archivo, este

correlativo es mensual y único para todo envío, debiendo inicializarse cada nuevo mes.
Para el caso particular de lo informado por la DT deben ser :

01 : Infracciones informadas a la Mutual de Seguridad
02 : Infracciones informadas al IST.
03 : Infracciones informadas a la ACHS
04 : Infracciones informadas al INP
Para el caso particular de las Mutualidades y el INP, este número debe ser, según el caso:
10:

Prescripciones o Medidas
Empresas no adheridas / afiliadas

20 :

CCC

=

MES

=

Número correlativo mensual correspondiente al envío de un archivo.
Extensión del archivo (variable), corresponde al mes de envío.

Nota:

Considerar en el MES las tres primeras letras del mes que se informa, a saber.
Enero

=

ENE.

Abril

=

ABR,

Julio

=

JUL,

Febrero

FEB,
Mayo MAY.
Agosto AGO,
=

=

=--

Octubre =OCT, Noviembre

=

Marzo

Jumo

=

=

MAR.

JUN.

Septiembre

NOV. Diciembre

=

=

SEP,
DIC

6.2 Reenvío de Archivos:
Si en un archivo transmitido se encuentra cualquier tipo de error, ya sea este de formato o
de valor de campo en cualquier registro, se rechazará el archivo en su totalidad, esperando
que

sea

corregido y vuelto a enviar. Esta es la única posibilidad que se permitirá una

retransmisión de un archivo. Cabe señalar que no se validará el número de registros entre
un envío y el
siguiente, por tanto el último envío correcto, de un archivo, es el que se

cargará a la base de datos.

6.3 Formato de Campos:
Para todos los archivos especificados, el carácter a utilizar como separador de campos será

";" (punto y coma).
En el caso de los campos fecha tienen el formato AAAAMMDD

sin

separadores.

Ver el documento en el sitio del organismo →