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SUSESOCircular6 de octubre de 2015

Circular 3158

Seguro laboral (Ley 16.744)

Lo que resuelve

Modifica Circular N° 2890

Destinatario

Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744

Normas citadas

  • Ley N° 16395
  • Ley N° 16744

Texto

de Seguridad Superintendencia
Social
Gobierno de Chile
CIRCULAR N° 3158
SANTIAGO, 06 0CT2015
AU08-2012-05228
MODIFICA CIRCULAR N°2.890, DE 2012, E INSTRUYE SOBRE
LA CONTRATACIÓN DE EMPRESAS DE AUDITORES
EXTERNOS Y SERVICIOS MÍNIMOS QUE DEBEN
DESARROLLAR EN LA AUDITORÍA

En uso de las atribuciones que le confieren las Leyes N°s 16.395 y 16.744, esta Superintendencia
ha estimado pertinente impartir las siguientes instrucciones que modifican la Circular N° 2.890,
de 2012, que norma sobre la contratación de empresas de auditores externos y servicios mínimos
que deben desarrollar en la auditoría realizada a los estados financieros de las Mutualidades de
Empleadores de la Ley N°16.744 e instruye acerca de la confección del Informe a la
Administración, que presentan las empresas de auditores externos.
1. Respecto del Informe de Control Interno contenido en la letra B5. 1. "Informe de Control
Interno", queda suspendida la obligación de su presentación en tanto esta Superintendencia
instruya al respecto y fije nuevos plazos para su presentación.
2. Sin perjuicio de lo señalado en el número 1. precedente, las empresas de auditores externos
deberán tener presente en la confección del Informe que anualmente preparan producto de la
auditoría, denominado "Informe a la Administración", las áreas mínimas de trabajo que deben
ser examinadas respetando la secuencia y orden establecido, las que se encuentran
especificadas en la letra B1. “Áreas Mínimas de Trabajo", de la Circular N°2.890.
En el citado informe y a continuación de las áreas mínimas de trabajo, deberán detallarse
todas las otras áreas de trabajo que fueron examinadas por la empresa de auditores externos.
3. Finalmente, el Directorio de la Mutualidad deberá remitir a esta Superintendencia, copia del
Informe a la Administración entregado por la empresa de auditores externos, el día 31 de
enero del año siguiente al período referido en dicho informe.
Saluda atentamente a Ud.,
CLAUDIO REYES BARRIENTOS
SUPERINTENDENTE DE SEGURIDAD SOCIAL
DISTRIBUCION MCM/ETS/POO
- MUTUALIDADES DE LA LEY N° 16.744 - DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN Y CONTROL
- OFICINA DE PARTES - ARCHIVO CENTRAL

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