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Circular 3519
Seguro laboral (Ley 16.744)
Lo que resuelve
Ver Oficio 2770-2020. Vigencia desde su publicación; Modifica Circular 3446, 3457, 3462, 3464, 3468, 3469, y Deja sin efecto instrucciones contenidas en Circulares 3494 y 3498
Destinatario
Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744; Empresas con Administración Delegada
Normas citadas
- Artículo 12, de la Ley Nº 16.744
- Artículos 2, 3, 30, 38, de la Ley Nª 16.395
Texto
AU08-2020-01335
CIRCULAR N° 3519
SANTIAGO, 26-05-2020
MODIFICA LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LAS CIRCULARES N°s
3446, 3457, 3462, 3464, 3468 y 3469
La Superentendencia de Seguridad Social, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°,
3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744, y teniendo en cosideración
los efectos de la pandemia por COVID-19 que afecta a nuestro país, ha estimado pertinente prorrogar
la fecha de entrada en vigencia de las circulares que a continuación se señalan.
Cabe hacer presente que conforme a lo establecido en la letra b) del artículo 2° de la Ley N°16.395,
en atención a la naturaleza de las instrucciones contenidas en la presente circular, ésta ha sido
excluida del proceso de consulta pública al que hace referencia el señalado artículo 2°, ya que la
modificación de la fecha de entrada en vigencia de las referidas circulares fue previamente informada
a los organismos administradores y administradores delegados del Seguro de la Ley N°16.744, a
través del Oficio N°1.654, de 13 de mayo de 2020.
I.
MODIFÍCASE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LAS CIRCULARES QUE SE
DETALLAN A CONTINUACIÓN:
1. Reemplázase en la Circular N°3446, Capítulo III. Vigencia, la expresión “el 1° de marzo de
2020”, por “1° de septiembre de 2020”.
2. Reemplázase en la Circular N°3457, Capítulo II. Vigencia, la expresión “1° de julio de 2020”, por
“1° de septiembre de 2020”.
3. Reemplázase en la Circular N°3462, Capítulo III. Vigencia, la expresión “1° de marzo de 2020”,
por “1° de noviembre de 2020”.
4. Reemplázase en la Circular N°3464, Capítulo III. Vigencia, la expresión “1° de agosto de 2020”,
por “1° de noviembre de 2020”.
5. Reemplázase en la Circular N°3468, Capítulo IV. Vigencia, la expresión “1° de junio de 2020”,
por “1° de septiembre de 2020”.
6. Reemplázase en la Circular N°3469, Capítulo III. Vigencia, la expresión “1° de diciembre de
2020”, por “1° de marzo de 2021”.
II.
DÉJASE SIN EFECTO LAS INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N° 3494, DE
25 DE FEBRERO DE 2020 Y N° 3498, DE 2 DE MARZO DE 2020.
2
III.
VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por la presente circular, entrarán en vigencia a partir de la fecha
de su publicación.
Firmado digitalmente
CLAUDIO
por CLAUDIO LAUTARO
LAUTARO REYES REYES BARRIENTOS
Fecha: 2020.05.27
BARRIENTOS
08:07:39 -04'00'
CLAUDIO REYES BARRIENTOS
SUPERINTENDENTE DE SEGURIDAD SOCIAL
PSA/PGC/JAA/CFL
DISTRIBUCIÓN:
Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744
Empresas con Administración Delegada
Archivo Central
Unidad de Gestión Documental e Inventario
Copia informativa a:
Departamento de Supervisión y Control
Departamento de Tecnología y Operaciones
Unidad de Prevención y Vigilancia
Departamento Contencioso Administrativo
Departamento de Regulación
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CIRCULAR N° 3519
SANTIAGO, 26-05-2020
MODIFICA LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LAS CIRCULARES N°s
3446, 3457, 3462, 3464, 3468 y 3469
La Superentendencia de Seguridad Social, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2°,
3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744, y teniendo en cosideración
los efectos de la pandemia por COVID-19 que afecta a nuestro país, ha estimado pertinente prorrogar
la fecha de entrada en vigencia de las circulares que a continuación se señalan.
Cabe hacer presente que conforme a lo establecido en la letra b) del artículo 2° de la Ley N°16.395,
en atención a la naturaleza de las instrucciones contenidas en la presente circular, ésta ha sido
excluida del proceso de consulta pública al que hace referencia el señalado artículo 2°, ya que la
modificación de la fecha de entrada en vigencia de las referidas circulares fue previamente informada
a los organismos administradores y administradores delegados del Seguro de la Ley N°16.744, a
través del Oficio N°1.654, de 13 de mayo de 2020.
I.
MODIFÍCASE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LAS CIRCULARES QUE SE
DETALLAN A CONTINUACIÓN:
1. Reemplázase en la Circular N°3446, Capítulo III. Vigencia, la expresión “el 1° de marzo de
2020”, por “1° de septiembre de 2020”.
2. Reemplázase en la Circular N°3457, Capítulo II. Vigencia, la expresión “1° de julio de 2020”, por
“1° de septiembre de 2020”.
3. Reemplázase en la Circular N°3462, Capítulo III. Vigencia, la expresión “1° de marzo de 2020”,
por “1° de noviembre de 2020”.
4. Reemplázase en la Circular N°3464, Capítulo III. Vigencia, la expresión “1° de agosto de 2020”,
por “1° de noviembre de 2020”.
5. Reemplázase en la Circular N°3468, Capítulo IV. Vigencia, la expresión “1° de junio de 2020”,
por “1° de septiembre de 2020”.
6. Reemplázase en la Circular N°3469, Capítulo III. Vigencia, la expresión “1° de diciembre de
2020”, por “1° de marzo de 2021”.
II.
DÉJASE SIN EFECTO LAS INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N° 3494, DE
25 DE FEBRERO DE 2020 Y N° 3498, DE 2 DE MARZO DE 2020.
2
III.
VIGENCIA
Las modificaciones introducidas por la presente circular, entrarán en vigencia a partir de la fecha
de su publicación.
Firmado digitalmente
CLAUDIO
por CLAUDIO LAUTARO
LAUTARO REYES REYES BARRIENTOS
Fecha: 2020.05.27
BARRIENTOS
08:07:39 -04'00'
CLAUDIO REYES BARRIENTOS
SUPERINTENDENTE DE SEGURIDAD SOCIAL
PSA/PGC/JAA/CFL
DISTRIBUCIÓN:
Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744
Empresas con Administración Delegada
Archivo Central
Unidad de Gestión Documental e Inventario
Copia informativa a:
Departamento de Supervisión y Control
Departamento de Tecnología y Operaciones
Unidad de Prevención y Vigilancia
Departamento Contencioso Administrativo
Departamento de Regulación
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