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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · Dirección del Trabajo

N° 1289/32 de 1990

27 feb 1990

Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo y Descanso

Sistemas excepcionales de jornada

Lo que resuelve

Deniega autorización a la Empresa Jorge Versalovic Calcagno para establecer un sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos respecto del personal que se desempeña en el Proyecto Can-Can, ubicado a 150 Kms. al este de Copiapo, sierra Vicuñita IIIa Región.

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Texto completo

DIRECCION DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO / di(· ~708(944)/89

•. 't

'/ 1289

ORD.

NR ________~/_________ /

MAT.: Deniega autor1zac1ón a la Empre sa Jorge Versalov1c Calcagno pa ra establecer un s1stema excep~ c1onal de d1str1buc1ón de JOrna da de trabaJO y descansos res~ pecto del personal que se desem peña en el Proyecto Can-Can, -~ ubicado a 150 kms. al este de Cop1apó, s1erra V1cuñ1ta, IIII Reglón.

ANT.: 1) Ord. N2 1689, de 28.11.89,de D1recc1ón Regional del Traba JO Reglón Atacama.

2) Informe de 23.11.89, del f1s cal1zador Sr. José Sagredo San~ hueza.

3) Presentación de 02.10.89, de don Jorge Versalov1c Calcagno.

SANTIAGO, 2 7 FES 1990

DE A DIRECTOR DEL TRABAJO

SR. JORGE VERSALOVIC CALCAGNO

LUIS FLORES 151 e o P 1 A P o;

Mediante presentación 1nd1cada en el antecedente 3) sol1c1tó de esta D1recc1ón autor1zac1ón para esta blecer un s1stema excepcional de d1str1buc1ón de la JOrnada de ~ trabaJO y de los descansos para el personal que se desempeña en el Proyectó Can-Can, ub1cado a 150 kms. al este de Cop1apó, a -4.000 metros de altura, s1erra V1cuñ1ta, en la IIII Reglón, conSistente en 8 dias continuos de trabaJO por 6 dias, también continuos, de descanso con una JOrnada d1ar1a de 12 horas. mar a Ud. lo s1gu1ente: d1go del TrabaJO d1spone·

Sobre el particular, cúmpleme 1nforEl articulo 37, 1nc1so final, del Có

Con todo, el D1rector del TrabaJO podrA autor1zar en casos cal1f1cados y med1ante resolución fun dada, el establec1m1ento de s1stemas excepcionales de d1str1bu~ " c1ón de JOrnadas de trabaJO y descansos cuando lo d1spuesto en este articulo no pud1ere aplicarse, atendidas las especiales características de la prestación de serv1c1oS. 11 11 11 11 11 11

De la norma anteriormente transcrita se desprende que solamente en casos calificados y mediante resolución fundada el Director del TrabaJO puede autorizar sistemas excepcionales de distribución de JOrnadas de trabaJO y descansos, atendiendo a la naturaleza de la prestación de los serviCIOS y -

"

' 2 s1empre que no puedan apl1carse las reglas conten1das en los demés 1nc1sos del articulo 37 del C6d1go del TrabaJO. En relac16n con lo expuesto preceden temente, cabe señalar que la facultad entregada al D1rector delTrabaJO para autor1zar s1stemas excepc1onales de d1str1buc16n de JOrnada no puede s1gn1f1car que, en eJerc1c1o de la m1sma, se au tor1cen JOrnadas que excedan los m6x1mos que perm1te la ley. Ahora b1en, en la espec1e, conforme al mér1to de los antecedentes ten1dos a la v1sta y en espec1al -del 1nforme del f1scal1zador Sr. José M1guel Sagredo Sanhueza ha s1do pos1ble determ1nar que la JOrnada d1ar1a propuesta excede los m6x1mos legales perm1t1dos en esta mater1a. Por tanto y con s1derando ademés las cond1c1ones cl1m6t1cas en que aquélla se desarrolla,resulta forzoso conclu1r que no es procedente otorgar la autor1zac16n sol1c1tada.

En consecuenc1a, sobre la base de la d1spos1c1ón legal c1tada y cons1derac1ones expuestas, cumplo con 1nformar a Ud. que se den1ega autor1zac1ón a la Empresa Jorge Versalov1c Calcagno para establecer un s1stema excepc1onal de d1str1buc1ón de JOrnada y descansos respecto del personal que se desempeña en el Proyecto Can-Can, ub1cado a 150 kms. al este de Cop1apó, s1erra V1cuñ1ta, en la 1111 Reglón.

Saluda a Ud., ~AH/emoa

D1str1buc1ón:

- Jurld1co - Partes - Control - D.R.T. 1111 Reglón - Bolettn - M1n1ster1o

Otros pronunciamientos sobre sistemas excepcionales de jornada

Dictamen N° 2667/196, de 15.06.1998

Jornada de trabajo Sistema excepcional de distribución y descanso Modificación.

No existe inconveniente legal alguno para que la Clínica de Enfermedades Respiratorias Miguel de Servet S.A. y los trabajadores involucrados en la Resolución Nº959 de 04 de agosto de 1997 acuerden reemplazar dicho sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos por una jornada de trabajo en los…

Dictamen N° 1420/113, de 10.04.2000

Trabajadores Minería, Jornada Trabajo, Sistema Excepcional y descansos, Turnos

Los trabajadores de la empresa Cía. Minera Maricunga, afectos a un sistema excepcional de jornada de trabajo y descansos consistente en 7 días de tra­bajo continuo con 7 días con­secutivos de descanso, que hacen uso de feria­do, deben reincorporarse a sus funciones al día siguiente de expirado dicho beneficio en el…

Dictamen N° 2093/113, de 17.04.1997

Descanso dentro de la jornada Proceso continuo.

Las labores que desarrolla el personal que le presta servicios a las empresas mineras, en la forma y condiciones señaladas en el cuerpo del presente informe, no pueden ser calificadas de proceso continuo y, por ende, dichos dependientes no se encuentran exceptuados del descanso para efectos de colación, a que alude…

Dictamen N° 2405/117, de 17.04.1995

Jornada bisemanal Duración. Jornada bisemanal Horas extraordinarias.

Inspector Provincial del Trabajo de Los Andes, dejándose, por ende, sin efecto las instrucciones contenidas en el punto Nº 12), del Oficio Nº 203, de fecha 08.09.94, impartidas por los fiscalizadores de esa dependencia, Sres. [nombre reservado], en que ordenan a la Empresa Construcciones de Ingeniería Neut Latour y…

Dictamen N° 3653/269, de 30.08.2000

1) Jornada Bisemanal. Descanso Compensatorio. 2) Jornada Bisemanal. Distribución. 3) Jornada Bisemanal. Duración.4) Jornada Bisemanal. Horas Extraordinarias.

1) No existe impedimento legal en que las partes de la rela­ción laboral convengan una jornada bisemanal ordinaria de 96 horas distribuidas en 10, 11 ó 12 días. 2) La distribución de dicho máximo en el número de días señalado en el punto anterior, sólo será posible en la medida que el sistema garantice un descanso de…