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ORD. N°1066
Asociación de Funcionarios; Estatuto de Salud, Atención Primaria de Salud; Pago asignación de desarrollo y desempeño colectivo; Reconocimiento factores de experiencia y capacitación;
Normas citadas
- ley 19.880, articulo 10
Dictámenes concordantes
- ordinario 1066, 12.03.2013
Texto
Direcctón det trabajo
DIRECCION DEL TRABAJO Goblemo dn Chila
DEPARTAMENTO JURIDICO 1
K6393(1099)12 1066
ORD. :
juuidico MAT.: Atiende presentación sobre asignación de
desarrollo y desempeño colectivo y
reconocimiento de factores de experiencia y
capacitación que indica.
ANT.: 1) Ordinario Nº 311 de 22.02.13 del Sr.
Inspector Comunal del Trabajo de Santiago
Poniente.
2) Correos electrónicos de 18.02.13, 15.02.13
y 23.11.12.
3) Ordinario Nº 4208 de 02.10.12 de la Sra.
Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes
en Derecho.
4) Ordinario Nº 2787 de 19.06.12 de la Sra.
Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes
en Derecho.
5) Ordinario Nº 767 de 31.05.12 dei Sr.
Inspector Comunal del Trabajo de Santiago
Poniente.
6) Presentaciones de 29.05.12 de doña Carla
Villalobos Ruminott.
SANTIAGO,
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO 12 MAR 2013
A : SRA. CARLA VILLALOBOS RUMINOTT
AVENIDA NEPTUNO N° 2198
CERRO NAVIA
Mediante presentación del antecedente 6), solicita
Ud., en su calidad de Presidenta de la Asociación de Funcionarios de la Salud de
Cerro Navia, un pronunciamiento de esta Dirección respecto de la procedencia del
pago de la asignación de desarrollo y desempeño colectivo al funcionario Sr.
David González Albornoz, quien estaba contratado desde octubre de 2008 bajo el
Código del Trabajo y que pasó a estar regido por el Estatuto de Atención Primaria
de Salud desde abril de 2011, como asimismo, respecto de los factores de
experiencia y capacitación que no le fueron reconocidos para ascender al grado
14.
Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:
Con la finalidad de dar cumplimiento a los principios
de contradicción e igualdad de los interesados contemplados en el inciso final del
artículo 10 de la Ley Nº 19.880 se dio traslado de su presentación a la Corporación
Municipal de Cerro Navia, la que no remitió la respuesta solicitada.
Atendido lo anterior se practicó fiscalización a la
citada entidad, la que de acuerdo a lo informado por el funcionario Sr. Marcelo
Vera, dio como resultado que la Corporación, a través del Sr. Mauricio Carrasco,
reconociera la procedencia de la asignación en cuestión respecto de don David
González Albornoz, restando sólo para efectuar el pago, el envío de los recursos
correspondientes por parte del Ministerio de Salud.
En lo que dice relación con la falta de reconocimiento
al Sr. González de los factores de experiencia y capacitación, cabe señalar que de
acuerdo a lo señalado por la Corporación éste ingresó a prestar servicios en el
mes de abril de 2011 en grado 15 y que en la actualidad se desempeña en grado
14 por haber cumplido dos años de experiencia en el cargo.
En relación al factor capacitación la mencionada
entidad señala que otorga 40 horas anuales de capacitación a todos sus
trabajadores.
Es cuanto puedo informar a Ud. al tenor de lo
solicitado.
DEL
Saluda
DIRECTORA
MARÍACECILIA SÁNCHEZ TORO
CHILE ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
MAOM/SMS/MSGC/msgc
Jurídico
Of. Partes
Control
DIRECCION DEL TRABAJO Goblemo dn Chila
DEPARTAMENTO JURIDICO 1
K6393(1099)12 1066
ORD. :
juuidico MAT.: Atiende presentación sobre asignación de
desarrollo y desempeño colectivo y
reconocimiento de factores de experiencia y
capacitación que indica.
ANT.: 1) Ordinario Nº 311 de 22.02.13 del Sr.
Inspector Comunal del Trabajo de Santiago
Poniente.
2) Correos electrónicos de 18.02.13, 15.02.13
y 23.11.12.
3) Ordinario Nº 4208 de 02.10.12 de la Sra.
Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes
en Derecho.
4) Ordinario Nº 2787 de 19.06.12 de la Sra.
Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes
en Derecho.
5) Ordinario Nº 767 de 31.05.12 dei Sr.
Inspector Comunal del Trabajo de Santiago
Poniente.
6) Presentaciones de 29.05.12 de doña Carla
Villalobos Ruminott.
SANTIAGO,
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO 12 MAR 2013
A : SRA. CARLA VILLALOBOS RUMINOTT
AVENIDA NEPTUNO N° 2198
CERRO NAVIA
Mediante presentación del antecedente 6), solicita
Ud., en su calidad de Presidenta de la Asociación de Funcionarios de la Salud de
Cerro Navia, un pronunciamiento de esta Dirección respecto de la procedencia del
pago de la asignación de desarrollo y desempeño colectivo al funcionario Sr.
David González Albornoz, quien estaba contratado desde octubre de 2008 bajo el
Código del Trabajo y que pasó a estar regido por el Estatuto de Atención Primaria
de Salud desde abril de 2011, como asimismo, respecto de los factores de
experiencia y capacitación que no le fueron reconocidos para ascender al grado
14.
Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:
Con la finalidad de dar cumplimiento a los principios
de contradicción e igualdad de los interesados contemplados en el inciso final del
artículo 10 de la Ley Nº 19.880 se dio traslado de su presentación a la Corporación
Municipal de Cerro Navia, la que no remitió la respuesta solicitada.
Atendido lo anterior se practicó fiscalización a la
citada entidad, la que de acuerdo a lo informado por el funcionario Sr. Marcelo
Vera, dio como resultado que la Corporación, a través del Sr. Mauricio Carrasco,
reconociera la procedencia de la asignación en cuestión respecto de don David
González Albornoz, restando sólo para efectuar el pago, el envío de los recursos
correspondientes por parte del Ministerio de Salud.
En lo que dice relación con la falta de reconocimiento
al Sr. González de los factores de experiencia y capacitación, cabe señalar que de
acuerdo a lo señalado por la Corporación éste ingresó a prestar servicios en el
mes de abril de 2011 en grado 15 y que en la actualidad se desempeña en grado
14 por haber cumplido dos años de experiencia en el cargo.
En relación al factor capacitación la mencionada
entidad señala que otorga 40 horas anuales de capacitación a todos sus
trabajadores.
Es cuanto puedo informar a Ud. al tenor de lo
solicitado.
DEL
Saluda
DIRECTORA
MARÍACECILIA SÁNCHEZ TORO
CHILE ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
MAOM/SMS/MSGC/msgc
Jurídico
Of. Partes
Control