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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1118 de 2019

27 mar 2019

Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo

Registro de asistencia

Hay 2 documentos con el Ord. N° 1118. Ver todos.

Lo que resuelve

Atiende solicitud de empresa Alba Ambiente S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

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Texto completo

DEPARTAMENTO JURIDICO

K9974 (1994) 2018

ORD.:1118

MAT.: Registro de asistencia; Sistema electrónico computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

RORD.: Atiende solicitud de empresa Alba Ambiente S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Correo electrónico de 28.01.2019 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

2) Correo electrónico de 25.01.2019 de Sr. [nombre reservado].

3) Correo electrónico de 14.01.2019 de Departamento Jurídico.

4) Correo electrónico de 11.01.2019 de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

5) Correo electrónico de 07.09.2018, de Departamento Jurídico.

6) Presentación de 31.08.2018, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Alba Ambiente S.A.

SANTIAGO, 27.03.2019

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. [nombre reservado]

EMPRESA ALBA AMBIENTE S.A.

[domicilio reservado]

ÑUÑOA

Mediante presentación del antecedente 6), complementada a través de correo electrónico de antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "BioAlba", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, usted acompañó informe de certificación emitido por la empresa Global Solution Ltda., Rut N°77.797.160-3, suscrito por el Sr. Alex Hennings Cepeda.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 4), manifestando que al acceder al portal de fiscalización no se apreciaban todos los reportes exigidos en el punto 1.7-. del precitado dictamen N°5849/133.

Posteriormente, la observación fue subsanada por la solicitante, dando cuenta de ello a través de correo electrónico de antecedente 2, circunstancia verificada por el Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Alba Ambiente S.A., denominado "BioAlba", se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.

Saluda a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

MBA/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

registro asistencia, sistema electrónico computacional control asistencia y determinación horas trabajo,

Dictámenes concordantes

Citado por 1 pronunciamiento posterior

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

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Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.