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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 120 de 2026

6 feb 2026

Documentación laboral electrónica

Documentación laboral electrónica

Hay 4 documentos con el Ord. N° 120. Ver todos.

Lo que resuelve

No existe inconveniente para firmar electrónicamente los documentos asociados al cumplimiento de los artículos 15 y 72 del DS 44, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, con el sistema "GPO Gestión Preventiva Online".

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Texto completo

Dirección del Trabajo

Gobierno de Chile s

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho

E221175/2025

ORDINARIO N°: 120

Coul of

ACTUACIÓN:

Aplica doctrina.

MATERIA:

Documentación laboral electrónica.

RESUMEN:

No existe inconveniente para firmar electrónicamente los documentos asociados al cumplimiento de los artículos 15 y 72 del DS 44, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, con el sistema "GPO

Gestión Preventiva Online".

ANTECEDENTES:

1) Instrucciones de 03.02.2026 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 04.08.2025 de empresa Gestión

Preventiva Online S.p.A.

SANTIAGO, 06. 02.2026

DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SRES.

GESTIÓN PREVENTIVA ONLINE S.P.A.

[domicilio reservado]

TEMUCO

@gpo.cl

Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento respecto del protocolo de firma de documentos asociados al cumplimiento de los artículos 15 y 72 del DS 44, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

A mayor abundamiento, plantea la solicitud que para la suscripción de la documentación se utilizaría una solución comercializada por la empresa Gestión Preventiva Online S.p.A.

Precisado lo anterior, es del caso indicar que el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado "GPO Gestión Preventiva Online", fue autorizado por este Servicio mediante Ord. N°585 de 01.09.2025.

Ahora bien, analizado el protocolo de firma consultado, destinado a suscribir la documentación relacionada con las disposiciones del citado DS 44, es dable indicar que no se aprecian impedimentos jurídicos en su desarrollo. En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa invocada, normas administrativas citadas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, no existe inconveniente para firmar electrónicamente los documentos asociados al cumplimiento de los artículos 15 y 72 del DS 44, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, con el sistema "GPO Gestión Preventiva Online".

Saluda a Ud., COpdof TRAB

ABOGADA

JEFA(S) DEPARTAMENTO JURIDICO.

DIRECCIÓN DEL TRABAJO e.

MGC/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes;

Control;

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre documentación laboral electrónica

Dictamen N° 789/15, de 16.02.2015

Documentación laboral. Centralización electrónica.

No existe impedimento para que la Corporación Nacional del Cobre de Chile implemente un sistema de emisión, firma, gestión y envío de la documentación electrónica que deriva de las relaciones laborales, incluida la copia del reglamento interno contemplada en el inciso 2° del artículo 156 del Código del Trabajo, en la…

Dictamen N° 3161/64, de 29.07.2008

1) Documentación laboral. Documentación electrónica. Contrato de Trabajo. Firma electrónica. Procedencia. 2) Documentación laboral. Documentación electrónica. Requisitos. 3) Documentación laboral. Documentación electrónica. Comprobantes de feriado. Firma electrónica. Procedencia.

1) Resulta jurídicamente procedente que conforme al modelo de centralización de documentación electrónico presentado por la empresa E-SIGN S.A., se proceda a suscribir contratos de trabajo haciendo uso de los medios de firma electrónica establecidos en la Ley Nº19.799, en tanto su implementación no impida las labores…

Ord. N° 5463, de 25.11.2019

Documentación laboral; Sistema electrónico

El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, descrito en la presentación de la empresa BUK S.p.A., se ajustaría a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por el dictamen N°0789/15, de 16.02.2015, por lo que no existirían inconvenientes jurídicos para su utilización.

Dictamen N° 3170/63, de 05.08.2011

- Documentación Laboral. Documentación Electrónica. Contrato de Trabajo. Firma Electrónica. - Documentación Laboral. Documentación Electrónica. Impedimento físico o geográfico. Firma Electrónica.

1) En caso de negativa del trabajador a firmar su contrato de trabajo por medios electrónicos, el empleador debe recurrir al procedimiento señalado en el inciso 3º del artículo 9 del Código del Trabajo . 2) En caso de existir impedimentos físicos o geográficos para suscribir digitalmente la documentación laboral, el…

Dictamen N° 155/4, de 11.01.2016

Documentación Laboral; Transición de soporte papel a formato electrónico

No existe impedimento para que los empleadores traspasen su plataforma de documentación laboral de formato de papel a electrónico, en la medida que el proceso de transición se realice en los términos indicados en el presente informe.