Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 126 de 2025
26 feb 2025
Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital.
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Lo que resuelve
El sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "Biometría Aplicada", consultado por la empresa Biometría Aplicada S.p.A., RUT N°76.
257.834-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Texto completo
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E4674 (244) 2025
ORD. N°126
ACTUACIÓN: Aplica doctrina.
MAT.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital.
RORD.: El sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "Biometría Aplicada", consultado por la empresa Biometría Aplicada S.p.A., RUT N°76.257834-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
ANTS.: 1) Instrucciones de 20.02.2025 de Jefa (S) de Departamento Jurídico.
2) Presentación de 07.01.2025 de Sr. xxxxxxx, en representación de empresa Biometría Aplicada S.p.A.
SANTIAGO, 26.02.2025
DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:SR. xxxxxxxxxxxxx
BIOMETRÍA APLICADA S.P.A.
[domicilio reservado]
LAS CONDES
[correo reservado]
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema electrónico de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, ha acompañado informe de certificación de la empresa Agencia Certificadora Chilena S.p.A., Rut 76.900.071-2, firmado por el Sr. xxxxxxxxx.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al proceso de revisión señalad en el artículo 68° de la Resolución Exenta N°38, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión de información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta de documentos.
Conclusión: La documentación presentada se ajusta a las exigencias vigentes.
b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad, integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.
Conclusión: La documentación presentada se ajusta a las exigencias vigentes.
c) Análisis de los aspectos jurídicos: Si los sistemas aprueban las etapas anteriores se revisa el cumplimiento de las exigencias jurídicas de los sistemas, especialmente, aquellas que dicen relación con el portal de fiscalización y la reportería de la plataforma.
Respecto del artículo 24°. Identificación del empleador fiscalizado:
b) Seleccionado el empleador cuya información se revisará, el sistema redirigirá al funcionario a la siguiente pantalla.
c) La siguiente pantalla sólo ofrecerá un menú con todos los reportes exigidos en la presente resolución exenta.
Observación: Luego de ingresar a la plataforma se selecciona un empleador al azar, sin que el sistema cargue la información relativa a la reportería tal como indica la norma.
Se repite el proceso varias veces con diferentes empleadores apareciendo siempre un error en pantalla lo cual, evidentemente, impide validar todas las funcionalidades asociadas a los procesos de fiscalización.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "Biometría Aplicada", consultado por la empresa Biometría Aplicada S.p.A., RUT N°76.257834-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MGC/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes;
Control;
sistema registro y control asistencia digital,
Dictámenes concordantes
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