Ir al contenido

Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

← Buscar en los dictámenes

Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1754 de 2017

24 abr 2017

Atiende presentaciones de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Searchtech S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

Registro de asistencia

Hay 2 documentos con el Ord. N° 1754. Ver todos.

Lo que resuelve

Atiende presentaciones de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Searchtech S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

Descargar PDFRecibir novedades por correo

Texto completo

DEPARTAMENTO JURIDICO

UNIDAD DE DICTAMENES E INFORMES EN DERECHO

K1900 (503) 2017

ORD.: 1754

MAT.: Atiende presentaciones de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Searchtech S.p.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Correo electrónico de 10.04.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

2) Correo electrónico de 07.04.2017, de Sr. [nombre reservado].

3) Correo electrónico de 04.04.2017, de Departamento Jurídico.

4) Memos N°92 de 29.03.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

5) Memorándum N°28 de 15.03.2017, de Jefe Departamento Jurídico.

6) Presentación de 03.03.2017, de Sr. [nombre reservado], en representación de empresa Searchtech S.p.A.

SANTIAGO,24.04.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. [nombre reservado] EMPRESA SEARCHTECH S.P.A.

[domicilio reservado]

PROVIDENCIA

Mediante su presentación de antecedente 6), complementada a través de correo electrónico de antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado IZYTimeControl, y su respectivo proceso de verificación, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la recurrente ha presentado un informe de certificación emitido por la empresa Segic Usach Ltda., Rut N°77.045.700-9, suscrito por el Sr. [nombre reservado].

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen..

Dicho trámite fue evacuado mediante memorándum de antecedente 4), realizando las siguientes observaciones:

1-. De acuerdo al catálogo de uno de los dispositivos de marcaje revisados, el cual utiliza reconocimiento facial, la capacidad de almacenamiento máxima es de sólo 400 registros de rostro, lo que limita su utilidad en el tiempo.

2-. La evidencia del informe de seguridad (Nessus), indica que el certificado utilizado para el sitio posee un algoritmo de cifrado débil y sujeto a vulnerabilidades que podrían ser explotadas.

3-. El certificado es auto generado, lo que atenta contra el espíritu de la regulación, por lo que el solicitante debe adquirir un certificado digital de sitio seguro con alguna entidad certificadora.

4-. Existen vulnerabilidades por servicios habilitados en los servidores web de la plataforma que deben ser corregidas, por ejemplo; la debilidad del "RDP" y vulnerabilidad que los deja sujetos a códigos maliciosos (SWEET32).

5-. En algunas de las evidencias presentadas, no se aprecia el uso de un nombre de sitio web, sólo aparece la dirección IP de la aplicación, se recomienda asociar un nombre para entregar a los usuarios. Precisado lo anterior, es dable señalar que la presentación fue complementada con un nuevo informe de certificación, mediante el cual se subsanaron las observaciones indicadas.

En tal contexto, es del caso señalar que el Departamento de Tecnologías de la Información de esta Dirección, a través de correo electrónico de antecedente 1), y una vez analizada toda la documentación presentada, ha indicado que los informes acompañados permiten colegir que las soluciones de control de asistencia de que se trata dan cumplimiento a las exigencias contenidas en el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, de acuerdo a los informes de certificación que se ha tenido a la vista, el sistema de registro y control de asistencia, denominado IZYTimeControl, propuesto por la empresa Searchtech S.p.A., se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución: - Jurídico - Partes - Control

Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo. Certificación.

Dictámenes concordantes

Citado por 1 pronunciamiento posterior

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.