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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 5567 de 2018

31 oct 2018

Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Autorización

Registro de asistencia

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Lo que resuelve

Informa lo que indica.

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DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTÁMENES E

INFORMES EN DERECHO

K 10212 (2034) 2018

[E.14482] (2229) 2018

ORD.:5567

MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Autorización;

RORD.: Informa lo que indica.

ANT.: 1) Ordinario N°1264 de 01.10.2018, de la Inspectora Comunal del Trabajo Norte Chacabuco.

2) Presentaciones de 04.09.2018, 25.09.2018 y 25.09.2018, de doña [nombre reservado], en representación de Farmacias de Similares Chile S.A.

3) Ordinario N°1180 de 04.09.2018, de la Inspectora Comunal del Trabajo Norte Chacabuco.

4) Presentaciones de 07.08.2018 y 21.08.2018, de doña [nombre reservado], en representación de Farmacias de Similares Chile S.A.

SANTIAGO, 31.11.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

A : SRA. [nombre reservado]

FARMACIAS DE SIMILARES CHILE S.A.

[domicilio reservado]

QUILICURA

Mediante las presentaciones de antecedente 2) y 4), Ud. solicita un pronunciamiento acerca de la procedencia de contar con un respaldo, para implementar el sistema registro control de asistencia a los trabajadores denominado "IZY TIMECONTROL", el cual es comercializado por la empresa IZY TECH SPA. Asimismo consulta sobre la necesidad de contar con un protocolo para expandir el citado sistema, a sus sucursales a nivel nacional.

Agrega que el dispositivo de control fue adquirido a la empresa IZY TECH SPA, la cual a su vez y por medio del Ordinario N° 1754 de 24.04.2017 fue autorizada para su utilización, pues se determinó que dicho sistema se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen Ordinario Nº1140/027 de 24.02.2016.

Al respecto, cabe señalar que en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 del Código del Trabajo, todo empleador tiene la obligación de mantener un sistema de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, por lo que su utilización corresponde al cumplimiento de un imperativo legal. De ello, se sigue que no resulta necesario solicitar autorización de esta Dirección para implantar un mecanismo destinado al control de asistencia, tratándose de aquellos que prevé la citada normativa.

Ahora bien, si el empleador opta por utilizar un sistema electrónico computacional que cumple con las exigencias determinadas en el citado pronunciamiento, como es la situación que usted expone, no existe inconveniente para su uso en el contexto de las relaciones laborales

Cabe señalar que conforme al mismo pronunciamiento, si el empleador opta por que las marcaciones lleguen al correo electrónico de sus trabajadores, debe velar porque ese hecho conste por escrito en un anexo de contrato, proporcionar la casilla electrónica de la web de la empresa para cada trabajador y que este último acceda a la remisión de ellas a este email.

Además, los trabajadores deben contar un perfil de usuario que le permita obtener la misma información que puede obtener el empleador.

Así lo ha señalado entre otros el Dictamen Ordinario N°5849/133 de 04.12.2017, en los siguientes términos: "Los trabajadores deben tener acceso a toda la información de los sistemas con un perfil de usuarios ".

" 2.9-. Cuando se opte por utilizar la opción del envío electrónico de los comprobantes de marcación, los sistemas deberán remitir semanalmente un reporte con todas las acciones del periodo al respectivo empleador. Lo anterior, a objeto de garantizar la disponibilidad de la información en caso de fiscalizaciones presenciales o por cambio del proveedor del servicio."

En consecuencia, si el empleador opta por utilizar un sistema electrónico computacional, que cumple con las exigencias determinadas en el Dictamen Ordinario Nº1140/027 de 24.02.2016, no existe inconveniente para su uso en el contexto de las relaciones laborales y conforme a lo señalado en el párrafo anterior, sin que sea necesario para ello cumplir con otras exigencias.

Lo señalado previamente, no obsta a las infracciones que pudieren detectarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.

Es cuanto puedo informar.

Saluda a Ud.,

ROSAMEL GUTIERREZ RIQUELME

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

RGR/LBP/CGD

Distribución:

- Jurídico,

- Partes,

- Control

Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Autorización;

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.