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ORD. N°21
Permiso Postnatal Parental; Hijo nazca muerto;
Dictámenes concordantes
- dictamen 4843/95 de 07.12.2011
- ordinario 21, 05.01.2012
Texto
Trabəjo Dirección det
Gobierno de Chila
DIRECCION DEL TRABAJO
DEPARTAMENTO JURIDICO
K11799(1851)2011
0021
ORD. N°
MAT.: Atiende presentación que indica
relativa al permiso postnatal
parental en caso de que el hijo
nazca muerto.
ANT.: 1)Instrucciones Sra. Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho
de 05.12.2011.
2)Pase Nº2159 de Jefa de
Gabinete de Sra. Directora del
Trabajo, de 09.11.2011.
3)Prov. Nº 2596 de 04.11.2011 de
Jefe de Gabinete Sra. Ministra del
Trabajo y Previsión Social.
4)Correo electrónico Sra. Ligia
Castillo S.
SANTIAGO, 0 5 ENE 2012
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SRA. LIGIA CASTILLO S.
LEYA1983@GMAIL.COM
AV. LAS TORRES N° 5150
PEÑALOLEN
Mediante el correo electrónico del
antecedente 4), remitido a este Departamento mediante Prov. de antecedente 3),
ha solicitado un pronunciamiento acerca de si le asiste el permiso postnatal
parental, a una madre, cuyo hijo nació muerto.
Sobre el particular, cúmpleme informar a
Ud. lo siguiente:
La doctrina vigente de este Servicio, sobre
la materia consultada y que se contiene en Dictamen Nº 4843/095 de 07.12.2011,
cuya copia se adjunta, ha sostenido que “el permiso posnatal parental no procede
en caso de que la madre sufra la pérdida del hijo recién nacido, o que este nazca
muerto”. Tal conclusión se fundamenta, en el objetivo perseguido por el legislador
al dictar la normativa que establece el nuevo beneficio en comento, el que está
enfocado a facilitar el debido cuidado que requieren los hijos de madres y padres
trabajadores, procurando compatibilizar la vida familiar con el trabajo.
De esta suerte aplicando al caso en
consulta, la doctrina precitada, forzoso es concluir que el permiso postnatal
parental no resulta procedente en la situación planteada.
Saluda atentamente a Ud.
DEL
CCI
DIRECTORA
MARIA CECILIA SÁNCHEZ TORO
ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
gul
MAO/SMS/MOP
DISTRIBUCIÓN:
Jurídico
Of. Partes
Control
Gabinete Sra. Directora del Trabajo
Jefe Gabinete Sra. Ministra del Trabajo
Gobierno de Chila
DIRECCION DEL TRABAJO
DEPARTAMENTO JURIDICO
K11799(1851)2011
0021
ORD. N°
MAT.: Atiende presentación que indica
relativa al permiso postnatal
parental en caso de que el hijo
nazca muerto.
ANT.: 1)Instrucciones Sra. Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho
de 05.12.2011.
2)Pase Nº2159 de Jefa de
Gabinete de Sra. Directora del
Trabajo, de 09.11.2011.
3)Prov. Nº 2596 de 04.11.2011 de
Jefe de Gabinete Sra. Ministra del
Trabajo y Previsión Social.
4)Correo electrónico Sra. Ligia
Castillo S.
SANTIAGO, 0 5 ENE 2012
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SRA. LIGIA CASTILLO S.
LEYA1983@GMAIL.COM
AV. LAS TORRES N° 5150
PEÑALOLEN
Mediante el correo electrónico del
antecedente 4), remitido a este Departamento mediante Prov. de antecedente 3),
ha solicitado un pronunciamiento acerca de si le asiste el permiso postnatal
parental, a una madre, cuyo hijo nació muerto.
Sobre el particular, cúmpleme informar a
Ud. lo siguiente:
La doctrina vigente de este Servicio, sobre
la materia consultada y que se contiene en Dictamen Nº 4843/095 de 07.12.2011,
cuya copia se adjunta, ha sostenido que “el permiso posnatal parental no procede
en caso de que la madre sufra la pérdida del hijo recién nacido, o que este nazca
muerto”. Tal conclusión se fundamenta, en el objetivo perseguido por el legislador
al dictar la normativa que establece el nuevo beneficio en comento, el que está
enfocado a facilitar el debido cuidado que requieren los hijos de madres y padres
trabajadores, procurando compatibilizar la vida familiar con el trabajo.
De esta suerte aplicando al caso en
consulta, la doctrina precitada, forzoso es concluir que el permiso postnatal
parental no resulta procedente en la situación planteada.
Saluda atentamente a Ud.
DEL
CCI
DIRECTORA
MARIA CECILIA SÁNCHEZ TORO
ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
gul
MAO/SMS/MOP
DISTRIBUCIÓN:
Jurídico
Of. Partes
Control
Gabinete Sra. Directora del Trabajo
Jefe Gabinete Sra. Ministra del Trabajo