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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 2277 de 2013

7 jun 2013

Estatuto Docente; Corporación Municipal; Bonificación por retiro voluntario; Ley N°20.501

Estatuto docenteSector municipal y públicoCotizaciones, pensiones y cajas

Lo que resuelve

Precisa situación que indica en relación con Ordinario N°2065, de 22.05.2013.

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Texto completo

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO K: 2996(542)2013 2277

ORD.: juidico

MAT.: Precisa situación que indica en relación con Ordinario Nº2065, de 22.05.2013.

ANT.: Ordinario Nº2065, de 22.05.2013 de Sra.

Directora del Trabajo

SANTIAGO, -7 JUN 2013

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO (S)

A : SRA. [nombre reservado]

En relación a Ordinario Nº 2065, de 22.05.2013, mediante el cual se le informa que no le habría asistido el derecho a acogerse a la Bonificación por Retiro prevista en el artículo 9º transitorio de la Ley Nº20.501 respecto de su ex empleadora, la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, por no concurrir uno de los requisitos que hacían procedente el pago del beneficio de que se trata, se viene en corregir error de tipeo, contenido en pagina 4º, párrafo 2º , en cuanto a que debe decir " San Bernardo” en lugar de “ La Florida”. referido oficio. En todo lo demás, se mantiene lo contenido en el N DEL Galudaa Ud

E R DIRECTORA

CHILEINES VIÑUELA SUÁREZ

ABOGADA

DIRECTORA DEL TRABAJO (S)

MAO/SMS/BDE

Distribución:

-Jurídico

-Partes

-Control

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre estatuto docente

Dictamen N° 1920/32, de 20.04.2015

Estatuto Docente. Corporación Municipal. Beneficio de Titularidad de la ley Nº20.804, de 31.01.15. Profesores de educación diferencial vinculados al proyecto de integración escolar. Docentes vinculados al Plan de Mejoramiento de la educación. Carga mínima de 20 horas semanales para acceder a la titularidad.

1) Procede el beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada en el diario oficial de 31.01.2015, de concurrir los requisitos previstos al efecto, respecto de los profesores de educación diferencial de los establecimientos dependientes de las…

Dictamen N° 152/2, de 11.01.2016

Estatuto Docente; Bonificación de reconocimiento profesional; Profesional que cumple función docente en calidad de autorizada

A la trabajadora Sra. [nombre reservado], quien tiene el título de Psicopedagoga, y está cursando estudios de Educadora Diferencial, cargo éste último que desempeña en el Colegio Las Américas en virtud de la autorización para el ejercicio de la función docente otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de…

Dictamen N° 4127/69, de 16.09.2010

Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Existencia. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Contrato de Trabajo. Normativa aplicable. Estatuto Docente. Subvención Escolar Preferencial. "SEP". Remuneraciones. Financiamiento.

1) El personal que desempeña funciones vinculadas al Plan de Mejoramiento de la Educación, financiado con cargo a los recursos de la Subvención Escolar Preferencial "SEP" debe suscribir con su empleador contrato de trabajo, de concurrir vinculo de subordinación y dependencia y demás elementos que determinan su…

Ord. N° 2741, de 04.06.2015

Estatuto Docente; Corporación Municipal. Beneficio de la titularidad de la ley Nº20.804. Profesionales habilitados para el ejercicio de la función docente; Período desde el que se extiende la antigüedad; Computo de las 20 horas cronológicas semanales; Actividades curriculares no lectivas.

1) Tiene derecho al beneficio de la titularidad establecido en la Ley Nº19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, el personal contratado en un establecimiento educacional administrado por una Corporación Municipal que, cumpliendo los demás requisitos previstos en el referido cuerpo legal y no teniendo…

Dictamen N° 1911/45, de 05.05.2017

Estatuto Docente, Establecimiento técnico profesional. Disminución de jornada ordinaria, Efectos, Remuneraciones, Modificación unilateral de contratos, Imperativo legal, Horas de docencia de aula, Nueva proporcionalidad;Horas de actividades curriculares no lectivas

1) A contar de la entrada en vigencia de la Ley N°20.971, los docentes de los establecimientos educacionales técnico profesionales del Decreto Ley N°3.166, de 1980, han quedado regidos por la jornada ordinaria máxima de 44 horas cronológicas semanales prevista en el inciso 1° del artículo 80 del Estatuto Docente 2)…