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Dirección del TrabajoOrdinario10 de enero de 2020

ORD. N°227

Jornada de trabajo; Asistentes de la educación; Colación; Ley N°21.109;

Normas citadas

  • ley 21.109, 02.10.2018

Dictámenes concordantes

  • dictamen 3445/22, 11.07.2019
  • ordinario 227, 10.01.2020

Texto

Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales
K 1748 (377) 2018
ORD. N°227
MAT.: Jornada de trabajo; Asistentes de la educación; Colación; Ley N°21.109;
RORD.: Remite copia del Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019.
ANT.: 1) Revisión de 06.01.2020, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal.
2) Presentación de 13.02.2018, de doña Estrella Arancibia Roman, en representación de la Corporación Municipal para el Desarrollo Social de Peñalolén.
SANTIAGO, 10.01.2020
DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A: SR. SECRETARIO GENERAL DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL PARA EL
DESARROLLO SOCIAL DE PEÑALOLÉN
AV. ORIENTAL N° 6.958
PEÑALOLÉN
Mediante presentación del antecedente, se ha solicitado un pronunciamiento jurídico que determine si la media hora de colación de los asistentes de la educación que se desempeñan en un establecimiento educacional dependiente de una Corporación Municipal se considera o no trabajado para computar la duración de la jornada de trabajo.
Al respecto, atendida la entrada en vigencia de la Ley N°21.109, esta Dirección emitió el Dictamen N°3.445/22 de 11.07.2019, que se pronuncia sobre la materia consultada, cuya copia adjunto para su conocimiento.
Saluda atentamente a Ud.,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MBA/KRF
Distribución
Jurídico
Partes
Incluye: copia dict. 3445/22, de 11.07.19.
jornada trabajo, asistentes educación, colación, ley n°21.109,

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