← Buscar en los dictámenes
ORD. N°3569
Subcontratación;
Normas citadas
- constitucion, articulo 107
- ley 20.123
Dictámenes concordantes
- ordinario 3569, 11.09.2013
Texto
Dirección del
DIRECCIÓN DEL TRABAJO ORD.: 3569
DEPARTAMENTO JURIDICO
K 13120 (2305)2012
MAT.: Informa lo que indica sobre consulta de procedencia
de aplicar las disposiciones sobre subcontratación del
duidico Código del Trabajo a la empresa municipal EMERES en
caso que señala.
ANT.: 1) Dictamen Nº 052897, de 20.08.2013, de la
Contraloría General de la República;
2) Ords. Nºs 2891, de 24.07.2013, y 328, de 21.01.2013, de
Directora del Trabajo;
3) Presentación Ord. Nº 123, de 08.11.2012, de Sr. Felipe
Contreras Huckstadt, por DFS Abogados Limitada.
SANTIAGO,
1 1 SEP 2013
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A SR. FELIPE CONTRERAS HUCKSTADT
DFS ABOGADOS LIMITADA.
AMUNÁTEGUI N° 75 OF. 6
SANTIAGO.
Mediante presentación del Ant. 3), se solicitó un
pronunciamiento de esta Dirección acerca de la procedencia de aplicar a la Empresa
Metropolitana de Disposición y Tratamiento de Basuras Limitada, EMERES, las
prescripciones de la ley Nº 20.123, de subcontratación, en relación a las Municipalidades,
que son parte integrantes de la misma en calidad de socias, y a las cuales presta
servicios de aseo comunal con trabajadores propios regidos por el Código del Trabajo.
Atendido lo dispuesto en el artículo 107, inciso 2º de la
Constitución Política de la República, las Municipalidades son corporaciones de Derecho
Público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y su fiscalización es de la
competencia de la Contraloría General de la República.
En razón de lo anterior, esta Dirección solicitó, mediante
Ords. del Ant. 2), informe acerca del contenido de la presentación al Organismo Contralor
indicado, el cual, a través de Oficio Nº 52897, del Ant. 1), dirigido al Señor Alcalde de la
Municipalidad de La Reina, emitido con motivo de una consulta similar, se pronuncia en
orden a que no resultan aplicables las normas legales de subcontratación respecto de la
relación entre la Municipalidad antes indicada y la Empresa EMERES, con lo cual
entendemos atendida su presentación efectuada a este Servicio. Se adjunta fotocopia del
mencionado Oficio.
Saluda a Ud
DEL
山 R DIRECTORA
MARIACECILIA SÁNCHEZ TORO
fa CHIL ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
MAOM/SMS/JDM/jdm
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
DIRECCIÓN DEL TRABAJO ORD.: 3569
DEPARTAMENTO JURIDICO
K 13120 (2305)2012
MAT.: Informa lo que indica sobre consulta de procedencia
de aplicar las disposiciones sobre subcontratación del
duidico Código del Trabajo a la empresa municipal EMERES en
caso que señala.
ANT.: 1) Dictamen Nº 052897, de 20.08.2013, de la
Contraloría General de la República;
2) Ords. Nºs 2891, de 24.07.2013, y 328, de 21.01.2013, de
Directora del Trabajo;
3) Presentación Ord. Nº 123, de 08.11.2012, de Sr. Felipe
Contreras Huckstadt, por DFS Abogados Limitada.
SANTIAGO,
1 1 SEP 2013
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A SR. FELIPE CONTRERAS HUCKSTADT
DFS ABOGADOS LIMITADA.
AMUNÁTEGUI N° 75 OF. 6
SANTIAGO.
Mediante presentación del Ant. 3), se solicitó un
pronunciamiento de esta Dirección acerca de la procedencia de aplicar a la Empresa
Metropolitana de Disposición y Tratamiento de Basuras Limitada, EMERES, las
prescripciones de la ley Nº 20.123, de subcontratación, en relación a las Municipalidades,
que son parte integrantes de la misma en calidad de socias, y a las cuales presta
servicios de aseo comunal con trabajadores propios regidos por el Código del Trabajo.
Atendido lo dispuesto en el artículo 107, inciso 2º de la
Constitución Política de la República, las Municipalidades son corporaciones de Derecho
Público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y su fiscalización es de la
competencia de la Contraloría General de la República.
En razón de lo anterior, esta Dirección solicitó, mediante
Ords. del Ant. 2), informe acerca del contenido de la presentación al Organismo Contralor
indicado, el cual, a través de Oficio Nº 52897, del Ant. 1), dirigido al Señor Alcalde de la
Municipalidad de La Reina, emitido con motivo de una consulta similar, se pronuncia en
orden a que no resultan aplicables las normas legales de subcontratación respecto de la
relación entre la Municipalidad antes indicada y la Empresa EMERES, con lo cual
entendemos atendida su presentación efectuada a este Servicio. Se adjunta fotocopia del
mencionado Oficio.
Saluda a Ud
DEL
山 R DIRECTORA
MARIACECILIA SÁNCHEZ TORO
fa CHIL ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
MAOM/SMS/JDM/jdm
Distribución:
Jurídico
Partes
Control