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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 590 de 2024

27 ago 2024

Sistema electrónico de registro y control de asistencia.

Registro de asistencia

Hay 3 documentos con el Ord. N° 590. Ver todos.

Lo que resuelve

A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.

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Texto completo

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E168981 (1294) 2024

ORD. N°590

MAT.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia.

RORD.: A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.

ANTS.: 1) Instrucciones de 19.08.2024 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 28.06.2024 de Sr. Froilán Cornejo Morales, en representación de empresa Servicios GREX S.p.A.

SANTIAGO, 27.08.2024

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX

SERVICIOS GREX S.P.A.

XXXXXX XX XXXXXX XXXXX, XXXXXX XXX

RANCAGUA

XXXXXXXXXXXX

Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias usted ha acompañado un informe de certificación emitido por la empresa Tüv Rheinland Chile S.A., Rut N°96.684.630-5, acompañando los respectivos informes suscritos por el Sr. XXXX X. XXXXXX.

Precisado lo anterior, cabe indicar que su presentación fue ingresada a este Servicio con fecha 28.06.2024, no obstante, el 09.05.2024 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 a la cual, desde esa misma data, deben ajustarse los sistemas electrónicos de registro y control de la asistencia.

En conclusión, a la luz de la norma administrativa citada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, a partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se rechaza la solicitud.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes;

Control;

sistema registro y control asistencia digital,

Dictámenes concordantes

Citado por 1 pronunciamiento posterior

Otros pronunciamientos sobre registro de asistencia

Dictamen N° 1140/27, de 24.02.2016

Sistema computacional de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Dispositivos móviles; Actualiza doctrina contenida en dictamen Nº696/27, de 24.01.1996

Establece requisitos para sistemas computacionales de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Dictamen N° 5849/133, de 04.12.2017

Atiende consultas de empresa Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Atiende consultas de empres Victoria S.A., sobre sistemas de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, regulados por el dictamen N°1140/027, de 24.02.2016.

Dictamen N° 2927/58, de 28.12.2021

Sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo

Establece requisitos para sistemas digitales de registro y control de asistencia, descansos y determinación de las horas de trabajo.

Ord. N° 4890, de 17.12.2013

Sistema de registro y control de asistencia digital; Documentación laboral electrónica

1.- Los parámetros biométricos -como la huella digital- constituyen firmas electrónicas simples compatibles con la definición que al respecto contiene la letra f), del artículo 2° de la Ley N°19.799 y, por ende, su utilización en contratos de trabajo y sus anexos ese encuentra ajustada a Derecho. 2.- Partiendo del…

Dictamen N° 696/27, de 24.01.1996

Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

Fija características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional de registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.