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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 821 de 2013

20 feb 2013

Competencia Dirección del Trabajo; Término de Contrato; Causal; Tribunales de Justicia

Causales de término y despido

Hay 5 documentos con el Ord. N° 821. Ver todos.

Lo que resuelve

Atiende presentación sobre término de contrato de funcionaria de atención primaria de salud que indica.

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Texto completo

DIRECCION DEL TRABAJO

DEPARTAMENTOJORIDICO

K918(179)13 821

ORD. : juuidiw MAT.: Atiende presentación sobre término de contrato de funcionaria de atención primaria de salud que indica.

ANT.: 1) Pase Nº 154 de 25.01.13 de la Sra. Jefa de Gabinete de la Sra. Directora del Trabajo.

2) Oficio N° 4131 de 21.01.13 de la Contraloría General de la República.

3) Presentación de 15.01.13 de doña [nombre reservado].

SANTIAGO, 20 FEB 2013

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO

A : SRA. [nombre reservado]

[domicilio reservado]

SANTIAGO

Mediante presentación del antecedente 3) Ud. solicitó a la Contraloría General de la República un pronunciamiento respecto de la legalidad del Decreto Alcaldicio Nº 1466, de 08.09.2011, de la Ilustre Municipalidad de Macul, en virtud del cual se declaró la vacancia de su cargo por salud incompatible, petición que fue derivada a esta Dirección para su conocimiento y resolución. Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

En relación a los posibles errores en la aplicación de la causal de término de contrato invocada por su ex empleadora la Corporación Municipal de Macul, cabe señalar que este Servicio, de acuerdo a su reiterada doctrina contenida, entre otros, en dictamen Nº 2511/114, de 16.06.04, ha señalado que carece de competencia para pronunciarse sobre la aplicación de las causales de terminación de los servicios de los funcionarios regidos por la Ley N° 19.378, como es el caso de la especie, correspondiendo su conocimiento y resolución a los Tribunales de Justicia.

Saluda atentamente

C

R DIRECTORA

MARIA CECRAY SANCHEZ TORO

CHILEABOGADA

DIRECTORA DEL TRABAJO s su MAOM/SMS/MSGC/msgc

Jurídico

Of. Partes

Control

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre causales de término y despido

Dictamen N° 1882/46, de 15.05.2003

Dirección del Trabajo. Competencia. Relación Laboral Extinguida.

Los Servicios del Trabajo están facultados para conocer y resolver los reclamos de trabajadores derivados de una relación laboral extinguida, de instruir el pago de prestaciones adeudadas, de aplicar las sanciones administrativas por infracciones laborales o previsionales que se detecten, en todos los casos en que no…

Dictamen N° 2548/126, de 24.04.1995

Dirección del Trabajo Competencia Terminación de contrato individual Calificación de causales.

La Dirección del Trabajo carece de competencia para calificar si determinados hechos específicos como la incapacidad que aqueja a un trabajador para desarrollar las funciones convenidas configuran causal de terminación de contrato, correspondiendo esta facultad a los Tribunales de Justicia, sin perjuicio de las demás…

Ord. N° 3199, de 13.07.2017

Dirección del Trabajo; Competencia; Corporación de derecho privado; Relación laboral extinguida

1.- La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la legalidad de los Estatutos de la Corporación de Derecho Privado denominada “Fondo Nacional de Indemnización por Años de Servicio de los trabajadores de la Asociación Chilena de Seguridad”, por las razones que se señalan en el presente…

Dictamen N° 2676/210, de 03.07.2000

Dirección del Trabajo. Competencia. Terminación Contrato Individual. Calificación. Causales.

La calificación de la aplica­ción de causales de termina­ción del contrato de trabajo y la procedencia del pago de las indemnizaciones, son de la exclusiva competencia de los Tribunales de Justicia.

Dictamen N° 1538/89, de 17.05.2002

Competencia Dirección del Trabajo; Terminación contrato individual; Calificación; Causales

La calificación de la aplicación de las causales de terminación del contrato de trabajo, son de exclusiva competencia de los Tribunales de Justicia.