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SUSESOCircular22 de febrero de 1996

Circular 1481

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744

Normas citadas

  • D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
  • D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
  • D.S. N° 183, de 1995, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
  • D.S. N° 285, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
  • Ley N° 16744

Texto

SUPERINTENDENCIA DE

SEGURIDAD

DEPARTAMENTO

ACTUARIAL

SOCIAL

SANTIAGO, Febrero 22 de

1996.-

PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL
TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES PARA 1996.
IMPARTE INSTRUC
CIONES

LAS

A

MUTUALIDADES

EMPLEADORES

Diario Oficial

el

En

DE

del

DE

de

10

LA

LEY

Na

febrero de

16.744

ha

1996

sido

183, de 1995, del Ministerio del Trabajo y
que aprueba el presupuesto para el año 1996 del
Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enferme
dades
Profesionales de la Ley N9
16.744.
En relación con
la
materia esta Superintendencia ha estimado necesario impartir las
D.S.NS

el

publicado

Previsión Social,

siguientes instrucciones :
1.-

INGRESO

el

En

ESTIMADO

número

PARA

del

75

estimados

ingresos

1996.

D.S.

N?

para

el

183

citado,

ya

año

1996

se

de

señalan

los

los

organismos

administradores del seguro de la Ley N? 16.744.
Al respecto
se informa que el ingreso total del Seguro estimado para esa
Mutualidad para el año 1996 es de $
2.-

RESERVAS

El

PARA

número 3e

EVENTUALIDADES.

citado decreto supremo fijó

del

respectivos ingresos,
constituir todos
Además ,
30

días

en

el

Diario

reserva

contados desde

Oficial,

1996.

Dada

Diario

Oficial,

Por

la

el

otra

11

la

fecha

y
de

la

reserva

un

los

Seguro.

debe constituirse dentro
aludido decreto
el curso del año

durante

publicación

conforme

de

2%

del

publicación del

mantenerse

del

el plazo para constituir
marzo del
presente año.

parte,

en

de eventualidades que deben

organismos administradores

estableció que dicha

de

vence

los

al

mismo

D.S.

la

número,

NB

183

en

el

citada

reserva

las

aludidas

deben calcularse sobre el ingreso total estimado
Dados los ingresos estimados informados en
para el año 1996.
el punto anterior,
la reserva de eventualidades que deberá
constituir esa Mutualidad será de $
reservas

SUPER I NTENDENC I.
DE SEGURIDAD SOCIAL

Las reservas de eventualidades

administradores

organismos

podrán

durante

ser

utilizadas

por los
correspon
beneficios

ejercicio
otorgamiento de los

el

año

al

diente

el

1996, para
que establece la Ley Nc 16.744, en el evento que los recursos
del ejercicio sean insuficientes para financiar los citados
beneficios

En ningún caso
gastos de administración.
.

Y

PREVENCIÓN

inciso

del

INSPECCIÓN
el

En

en

solventar

RIESGOS.

10 del mencionado Decreto se
primero
las
Mutualidades
de
deberán
que
Empleadores
el año 1996, al menos, el 11% de sus ingresos en
y Prevención de Riesgos y que con tal objeto deben

establece

invertir

DE

podrán emplearse

,

número

en

Inspección

someter a la aprobación de esta Superintendencia un
acción dentro del plazo de 30 días de publicado el
decreto en el
de

1996.

El

plan

Diario Oficial,

acción

de

deberá

se

adjunta

GASTOS

DE

ADMINISTRACIÓN.

De

acuerdo

ya

citado,

gastos

de

de

aludido
marzo

a
lo expuesto tendrá que
ajustarse al modelo que para tal

Circular.

esta

efecto

a

que

plan
de

11

conforme

que

presentar esa Mutual,

plazo

el

vence

del D.S. N5 183
con lo dispuesto en el número 45
las Mutualidades de Empleadores podrán destinar a

administración,

como

máximo,

un

8% de los

ingresos

estimados para el año 1996, porcentaje que en el caso de esa
indicada en el punto
Mutual debe aplicarse sobre la cantidad
1.-

de

esta

Circular.

Al

respecto,

debe

tenerse

presente

al inciso segundo del artículo 25 del D.S. N!
de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
consideran gastos de administración las remuneraciones del

que

conforme

285,
se

personal
miento

administrativo y
las oficinas.

los

gastos propios

del

funciona

de

se
arbitrar las
solicita a Ud
En atención a lo expuesto ,
medidas necesarias a fin de dar estricto cumplimiento a las
.

presentes instrucciones
Saluda

atentamente

.

Ud. ,

£ I HUGO

CIFUENTES LILLO
SUBROGANTE

PERINTENDENTE

MgJA/mca

DISTRIBUCIÓN:
Mutualidades Ley
-

-

-

Depto.

Actuarial

Oficina de Partes

N!

16.744

(P)

(incluye

Plan

y Anexos)

SUPERINTENDENCIA
DE SEGURIDAD SOCIAL

PLAN

ACCIÓN

DE

DE

INSPECCIÓN

Y

PREVENCIÓN

DE

RIESGOS

LABORALES

El

itualidades
iterias que
ie

plan de acción para el
de Empleadores deberá
indican

se

indica.

se

Además,

conformen

squeridos

un

año

1996

con

solicita

se

único

texto

que

contener ,

continuación y

a

y

presentar

las

todas

las

menos ,

mismo detalle y orden

todos

que

se

deben
lo

a

el

presenten

los
en

antecedentes

formato

tamaño

:icio.

ESTADÍSTICOS

ANTECEDENTES

Sin

perjuicio

que

los

antecedentes

estadísticos

que

se

solicitan

punto formen parte del documento único que se ha requerido
párrafo anterior, se solicita que ellos sean enviados,
además, en disketts trabajados en planillas electrónicas Quatro

en

este

en

el

Pro

para Window.

información que se solicita en los puntos siguientes según
regiones y actividades económicas, deberá presentarse en los
La

formatos que

para cada

caso

se

han

preparado

y que

se

incluyen

en

cuidando siempre de confeccionar los cuadros que totalicen
forma
se
información para todo el país.
De
esta
cuando

anexos,

la

solicitan

antecedentes

desglosados por región

y

dentro

por actividad económica, debe remitirse también
para todo el país desglosado por actividad económica.

región

1.-

Número

de

un

cada

cuadro

promedio mensual de empresas adherentes durante el año
de la empresa y por región, y

1994,

desglosado por tamaño

cada

región desglosada según

actividad

económica

(ANEXO

Na

1).
Para

clasificar a las empresas en c/u de los tamaños de
se deberá considerar el número promedio mensual de
por los que se cotizó durante el año 1995, en

empresas,

trabajadores
cada

una

de

las

empresas

adherentes.

Para informar las empresas en las actividades económicas que
se señalan en el
cuadro anexo, se deberá considerar la tasa
de cotización adicional que conforme al D.S. N? 110, de 1968,

Trabajo y Previsión Social, le corresponde
la empresa,
sin importar la tasa que efectivamente esté
cotizando como consecuencia de haberse beneficiado con una

del Ministerio del
a

rebaja
2.-

de

ésta

o

estar

afecta

a

un

recargo.

Número promedio mensual de trabajadores por los que se cotizó
durante el año 1995, desglosado según tamaño de la empresa y
por

región,

y dentro de cada

región desglosado según activi

dad económica (ANEXO Ne 2).
Respecto de esta información son
válidas las aclaraciones hechas en el punto 1.- anterior.

3.-

Nómina

de

expertos

expertos

por

profesionales,

región desglosada según se trate de
técnicos en prevención y expertos

SUPERINTENDENCIA
DE SEGURIDAD SOCIAL
4

prácticos

4.-



(ANEXO

persona

antecedentes

los

con

que

se

requieren

de

cada

3).

El número de

expertos

de diciembre

de

deberá

corresponder

al

existente al

31

1995.

indique la tasa de frecuencia de accidentes y la
gravedad, en cada región y actividad económica y los
necesarios para su determinación (Anexo N9 4).

Cuadro que
tasa de

antecedentes
Los

datos

requeridos

Número
año
-

promedio

1995

1995

1995

siguientes:
trabajadores cotizantes en el

(columna 1).
accidentes

del

trabajo

ocurridos

en

el

año

de

accidentes

del

trayecto ocurridos

en

el

año

columna

3)

(columna 3).

Número

total

ocurridos
-

los

(columna 2).

Número

-

de

Número

son

mensual de

en

de

el

accidentes
(columna
año 1995 (columna 4).

2

+

accidentes, entendiéndose por tal
dividido por el promedio de
Para tal efecto, se
por 100.
deben tomar los accidentes del trabajo, del trayecto o
el total de accidentes, según la tasa de frecuencia que
se quiera determinar
(columnas 5, 6 y 7).
Tasa

el

de frecuencia de

número

Número

de

accidentes

de

cotizantes y

multiplicado

días

de

trabajo perdidos

en

consecuencia de accidentes del trabajo
días

de

consecuencia

de

Número
a

de

el

año

1995 ,

a

(columna 8).

trabajo perdidos durante el
enfermedades profesionales

año

1995

(columna

9).
Número total de días de trabajo perdidos durante el
columna 8 + columna 9).
1995 (Columna 10

año

=

gravedad, entendiéndose por tal el número de
trabajo perdidos, sin incluir los derivados de
dividido por el promedio de
accidente del trayecto,
Para tal efecto, se
cotizantes y multiplicado por 100.
días
tomar
los
deben
perdidos por accidentes del
trabajo, por enfermedades profesionales o totales, según
la tasa de gravedad gue se quiera determinar (columnas
11, 12 y 13).
5.-

Tasa

de

días

de

indique el número de casos de enfermedades
que
profesionales detectados durante el año 1995, desglosado
según regiones y agentes específicos que entrañan riesgo
Cuadro

UPERINTENDENC IA
DE SEGURIDAD SOCIAL
5

del

18

D.S.

NB

de

109,
(artículo
Trabajo y Previsión Social).

Ministerio

del

del

que muestre el número de trabajadores expuestos a
riesgo, detectados durante el año 1995, desglosado según
regiones y enfermedades profesionales (artículo 19 del D.S.
NB 109).

6.-

Cuadro

7.-

Cuadro con el número de enfermos profesionales diagnosticados
durante el año 1995, desglosado según región y la incapacidad
producida. Para tales efectos se diferenciará entre los gue

sufrieron

Y

POLÍTICAS
En

una

y los que

dos

I.

1968,

este

incapacidad temporal, los que fueron indemniza
tuvieron derecho a pensión.

DIRECTIVAS

punto

objetivos

que

obtenidos

en

ACCIONES,

ACTIVIDADES

En

este

alcanzar
Esta

los

últimos

2

Y

debe

cada

Prevención de

2.-

Higiene Industrial

3.-

Capacitación

4.-

Medicina del

debe

control

el

de

,

directivas
los

y

resultados

quehacer

necesario,

para

de

región y actividad económica
siguientes ítem mínimos:

los

Trabajo

SEGUIMIENTO

todas

por

uno

DE

la

las

ACCIONES

LAS

forma

en

acciones

región y actividad económica

OTRAS

razón

Riesgos

describir
a

pol iticas

RECURSOS

describir

hacerse

en

1.-

Se

en

objetivos propuestos.

corresponda,

FORMA DE

las

alcanzar

años.

NUEVOS

deberá

se

descripción

cuando

informar

pretenden

se

los

punto

GENERALES

deberá

se

PROPOSICIONES

DE

CADA

que

y

se
hará el seguimiento y /o
planteadas en cada
corresponda.

actividades

cuando

MUTUAL

EN

PARTICULAR

GLOSARIO

Aquí

se

Mutual

deberán
en

definir

todas

particular tenga

en

aquellas clasificaciones que
su

administración.

cada

SUPERINTENDENCIA
OE SEGURIDAD SOCIAL

ANEXO N° 1

NUMERO PROMEDIO MENSUAL DE EMPRESAS, POR REGIÓN Y ACTIVIDAD ECONÓMICA
SEGÚN TAMAÑO DE EMPRESAS

AÑO 1995
I REGIÓN

ACTIVIDADES Y
SUBACTIVIDADES

(D.S. N"110)

NUMERO
TAMAÑO DE

LA

1 a 25

26 a 100

DE

EMPRESA

EMPRESAS

SEGÚN



101 a 500

DE

TRABAJADORFR

501 y más

TOTAL

AGRICULTURA Y PESCA
-Tasa 1,70%
-

Tasa 2,55%

TOTAL ACTIVIDAD
MINERÍA
INDUSTRIA MANUFACTURERA
-Tasa 1.70%
-

-

Tasa 2.55%
Tasa 3.40%

TOTAL ACTIVIDAD

ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA
CONSTRUCCIÓN
-

-

Tasa 2,55%
Tasa 3,40%

TOTAL ACTIVIDAD
COMERCIO
Tasa 0
-

Tasa 2,55%
TOTAL ACTIVIDAD
-

TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN
-



Tasa 2,55%
Tasa 3,40%

TOTAL ACTIVIDAD

SERVICIOS FINANCIEROS
Tasa 0
Tasa 0,85%
TOTAL ACTIVIDAD
-

-

SERV. COMUNALES, SOC. Y PERS.
-

-

-

Tasa 0
Tasa 0,85%
Tasa 3,40%

TOTAL ACTIVIDAD

ACTIVIDAD NO ESPECIFICADA

TOTAL REGIÓN
NOTAS:
-

Se deberá enviar la misma información para cada región y para el total del país.

Para clasificar a las empresas en cAi de los tamaños de empresas, se deberá considerar
e' número promedio mensual de trabajadores, por los cuales se cotizó durante el año 1 995, en cada
-

una de las

empresas adherentes.

SUPERINTENDENCIA
DE SEGURIDAD SOCIAL

ANEXO N° 2
NUMERO PROMEDIO MENSUAL DE COTIZANTES, POR REGIÓN Y
ACTIVIDAD ECONÓMICA , SEGÚN TAMAÑO DE EMPRESAS

,

AÑO 1995
I REGIÓN

ACTIVIDADES Y

NUMERO

SUBACTIVIDADES

TAMAÑO

(D.S. N° 110)

1a 25

DE

LA

DE

EMPRESA

26 a 100

COTIZANTES

SEGÚN



101 a 500

DE

TRABAJADORES

501 y más

TOTAL

AGRICULTURA Y PESCA


-

Tasa 1,70%
Tasa 2,55%

TOTAL ACTIVIDAD
MINERÍA

INDUSTRIA MANUFACTURERA
-Tasa 1.70%
-

-

Tasa 2,55%
Tasa 3,40%

TOTAL ACTIVIDAD

ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA
CONSTRUCCIÓN
-

Tasa 2,55%

-Tasa 3.40%

TOTAL ACTIVIDAD
COMERCIO
-

-

Tasa 0
Tasa 2.55%

TOTAL ACTIVIDAD
TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN
-

-

Tasa 2,55%
Tasa 3,40%

TOTAL ACTIVIDAD

SERVICIOS FINANCIEROS
Tasa 0
-

-

Tasa 0,85%

TOTAL ACTIVIDAD
SERV. COMUNALES, SOC. Y PERS.
-

-

-

Tasa 0
Tasa 0,85%
Tasa 3,40%

TOTAL ACTIVIDAD
ACTIVIDAD NO ESPECIFICADA

TOTAL REGIÓN

NOTAS:
-

Se deberá enviar la misma información para cada región y para el total del país

Para clasificar a las empresas en c/u de los tamaños de empresas, se deberá considerar
el número promedio mensual de trabajadores, por los cuales se cotizó durante el año 1995, en cada


una de las

empresas adherentes.

SUPERINTENDENC I A
DE SEGURIDAD SOCIAL

ANEXO N° 3
NOMINA DE EXPERTOS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS
POR REGIÓN, SEGÚN TIPO DE EXPERTOS

(al 31 de Diciembre de 1995)
I REGIÓN
t. Expertos Profesionales Ing. y Const. Civiles.

Nombre

.

R. U. T.

Prof. Base

N°Reg. S.S.

Técnicos en Prevención

Expertos Prácticos

N" Reg. S.S.

OTAL EXPERTOS REGIÓN (A+B+C) =

Especialidad Aprobada

SUPERINTENDENCIA
OE SEGURIDAD SOCIAL

I


O

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Ó
2=
O

c

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> Z

>

u
<
w

PESCA
Y

w

Q

AGRICULTURA

1,70% 2,5 %
-Tasa Tasa
-

<

MANUFACTURERA ACTIVIDAD
INDUSTRIA

1,70% 2,5 % 3,40%
-Tasa Tasa Tasa TOTAL
-

-

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COMUNICACIÓN

z

Y

TRANSPORTE

ACTIVIDAD

2.5 % 3.40%
-Tasa Tasa TOTAL
-

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PERS

<

Y

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CSOMEURNAVLE.S, ATCOTIVTIDAADI
0

0,65% 3,40%

Tasa Tasa Tasa
-

-

-

o
c

o

o
1

>

<

O

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