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SUSESOCircular20 de marzo de 1997

Circular 1569

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744

Normas citadas

  • D.S. N° 12, de 1997, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
  • D.S. N° 213, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
  • Ley N° 16744

Texto

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

fT). DEPARTAMENTO ACTUARIAL
CIRCULAR N°

SANTIAGO,

DEL

PRESUPUESTO

SOCIAL

SEGURO

CONTRA

TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
CIONES A LAS MUTUALIDADES DE

1569

?QHU| m
RIESGOS

PARA

DE

1997.

ACCIDENTES
IMPARTE

DEL

INSTRUC

EMPLEADORES DE LA LEY N°16.744.

el Diario Oficial del 18 de marzo de 1997 ha sido publicado el
N°213, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
que aprueba el presupuesto para el año 1997 del Seguro Social contra
Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de
la Ley N°16.744, modificado por el D.S. N°12, de 1997, del mismo
Ministerio. En relación con la materia esta Superintendencia ha
En

D.S.

estimado necesario impartir
1.-

las

siguientes instrucciones:

1997.

PARA

INGRESO ESTIMADO

se
señalan los
el número 1° del D.S. N°213 ya citado,
estimados para el año 1997 de los organismos adminis
Al respecto se informa
tradores del seguro de la Ley N°16.744.
que el ingreso total del Seguro estimado para esa Mutualidad

En

ingresos

el año 1997

para

2.-

es

de

S

EVENTUALIDADES.

RESERVA DE

del citado decreto supremo fijó en un 2% de los
la reserva de eventualidades que deben
todos los organismos administradores del Seguro.
Además, estableció gue dicha reserva debe constituirse dentro
de 30 dias contados desde la publicación del aludido decreto
en
el Diario Oficial, y mantenerse durante el curso del año
El

número

3o

respectivos ingresos,
constituir

1997.

Dada la fecha de publicación del D.S. N°213 en el Diario
vence el
el plazo para constituir la citada reserva

Oficial,
17

de abril

del

presente año.

conforme al mismo número,
calcularse sobre el ingreso total

Por otra parte,

deben
1997.

Dados

anterior,
esa

la

los

reserva

aludidas reservas
estimado para el año

las

estimados informados en el punto
de eventualidades que deberá constituir

ingresos

Mutualidad será de $

de eventualidades podrá ser utilizada
reserva
los
por
administradores durante el ejercicio
correspondiente
el
al año 1997,
para
otorgamiento de los beneficios que
establece la Ley N°16.744, en el evento que los recursos del
ejercicio sean insuficientes para financiar los citados
En
beneficios.
ningún caso, podrán emplearse en solventar
La

organismos

gastos de administración.
3.-

INSPECCIÓN Y PREVENCIÓN DE RIESGOS.
el inciso primero del número 10 del mencionado Decreto se
establece que las Mutualidades de Empleadores deberán invertir

En

el año 1997, al menos, el 11% de sus ingresos en
Inspección
y Prevención de Riesgos y que con tal objeto deben someter a
la aprobación de esta Superintendencia un plan de acción dentro
del plazo de 30 dias de publicado el aludido decreto en el
en

Diario Oficial,

plazo

vence

que

el

17

de abril

de

1997.

El

plan de acción que conforme a lo expuesto tendrá que
presentar esa Mutual, deberá ajustarse al modelo que para tal
efecto
4.-

se

adjunta

esta Circular.

a

GASTOS DE ADMINISTRACIÓN.

acuerdo con lo dispuesto en el número 4o del D.S. N° 213 ya
las Mutualidades de Empleadores podrán destinar a
citado,
gastos de administración, como máximo, un 8% de los ingresos
De

estimados para el año 1997, porcentaje que en el caso de esa
Mutual debe aplicarse sobre la cantidad
indicada en el punto
1.de esta Circular. Al respecto, deberán tenerse en cuenta
las

instrucciones

Circular N°

5.-

en

el

En

atención

medidas

a

impartidas por
de

1.536,

Ítem 42080

lo

necesarias

expuesto,

se

fin

dar

a

esta

Superintendencia

en

su

en relación a lo que debe incluirse
de administración".

1996,

"gastos

de

solicita
estricto

a

Ud.

arbitrar

cumplimiento

a

las
las

presentes instrucciones.
Saluda atentamente

a

Ud

ORJANDINI MOLINA

¡RI^TENDENTE
tpA/CMM/zov.

DlkTRTfflTrTnft;
-

Mutualidades Ley N°16.744

-

Depto. Actuarial

-

Oficina de Partes

-

Archivo Central.

{Incl

Plan,

Anexos

y diskette)

(P)

PLAN DE ACCIÓN DE

INSPECCIÓN Y PREVENCIÓN
LABORALES

DE RIESGOS

1997

el año 1997 que deben presentar las Mutualidades
El plan de acción para
a
lo menos, todas las materias
de Empleadores deberá contener,
que se
el mismo detalle y orden que se índica.
señalan a continuación y con
Además, se solicita que todos los antecedentes requeridos conformen un

texto único y
I,

presenten

se

en

formato

tamaño

oficio.

ANTECEDENTES ESTADÍSTICOS
información que se solicita en los puntos siguientes según
actividades
deberá
económicas,
y
presentarse en los
formatos que para cada caso se han preparado y que se incluyen en
anexos, cuidando siempre de confeccionar los cuadros que totalicen
De esta forma cuando se solicitan
la información para todo el país.

La

regiones

antecedentes desglosados por región y dentro de cada región por
actividad económica, debe remitirse también un cuadro para todo el
por actividad económica.

país desglosado

Atendida la gran cantidad de información que deberán enviar en esta
oportunidad las Mutualidades y a fin de lograr una mayor eficiencia
en el trabajo de consolidación de información que debe realizar esta
Superintendencia, se ha considerado necesario solicitar que sin
perjuicio que los antecedentes estadísticos que se solicitan en este
punto formen parte del documento único que se ha requerido más
Para
tales
diskette.
en
ellos
sean
además,
arriba,
enviados,
efectos, se adjunta un diskette que contiene los formatos correspon
dientes diseñados en programa Quatro Pro para Window, versión 6.02,
el que deberá ser devuelto con la información solicitada.

Los antecedentes
1.-

requeridos

son

los

siguientes:

promedio mensual de empresas adherentes durante
1996, desglosado por tamaño de la empresa y por región,

Número

región desglosada según actividad económica
Para

clasificar

empresas,

de

una

las

considerarse

por

los

agencias

Para

informar

de

que
sucursales.
las

cada

.

en
c/u de los tamaños de
empresas
considerar el número promedio mensual de
en cada
se cotizó durante el año 1996,
debe
tales efectos,
Para
adherentes.

empresas
el
total
o

año

y

que

distinguir ni importar
en

el

las

a

deberá

se

trabajadores

{ANEXO N61)

empresas

la
de
empresa sin
encuentre desagregada

trabajadores
la empresa

en

las

se

actividades económicas que
la

tasa de

señalan en el cuadro anexo, se deberá considerar
del
cotización adicional que conforme al D.S. N°110, de 1968,
a ia
Ministerio del Trabaio v Previsión Social, le corresponde
se

empresa, sin importar la tasa que efectivamente esté cotizando
como consecuencia de haberse beneficiado con una rebaja de ésta
o

estar afecta

Número

un

a

recargo.

promedio mensual

durante el año

de trabajadores por los que se cotizó
desglosado según tamaño de la empresa y
de cada región desglosado según actividad
N°2 )
Respecto de esta información son

1996,

por región,

y dentro

económica

(ANEXO

.

válidas

las

aclaraciones hechas

Número

de

accidentes

durante

el

año

por

.

hechas

en

trabajo

el punto
y

de

1.-

anterior.

trayecto

ocurridos

1996, desglosado según tamaño de la empresa y
y cada región desglosada según actividad económica
Para esta información son válidas las aclaracio

región,

(ANEXO N°3)
nes

del

en

el punto

1

anterior,

en

lo

que

corresponda.

Cuadro que indique la tasa de frecuencia de accidentes y la
tasa de gravedad, en cada región y actividad económica y los
antecedentes necesarios para su determinación {ANEXO N° 4)
.

Los

datos

requeridos

son

los

siguientes:

Número promedio mensual de trabajadores cotizantes
año 1996 {columna 1)

el

en

.

Número de accidentes del

(columna 2)

trabajo ocurridos

en

el año

1996

el

año

columna

3)

.

Número de accidentes
1996 (columna 3)

del

trayecto ocurridos

en

.

Número

total

ocurridos

en

accidentes
(columna
1995 (columna 4)

de
el

año

2

+

.

de frecuencia de accidentes, entendiéndose por tal
el número de accidentes dividido por el promedio de
Para tal efecto, se
cotizantes y multiplicado por 100.
deben tomar los accidentes del trabajo, del trayecto o el
Tasa

frecuencia que

se

de días de trabajo perdidos en el año 1996,
consecuencia de accidentes del trabajo (columna 8)

a

Número de días de trabajo perdidos en el año 1996,
consecuencia de accidentes del trayecto (columna 9)

a

total

de

accidentes,

según

la

{columnas 5,

quiera determinar

tasa

de

6

7)

y

.

Número

.

.

Número de días
consecuencia

de

trabajo perdidos durante el

de

enfermedades

año

1996

profesionales (columna

a

10).

el año
Número total de días de trabajo perdidos durante
+ columna 10).
1996 (Columna 11
columna 8 + columna 9
=

gravedad, entendiéndose por tal el número de dias
trabajo perdidos dividido por el promedio de cotizan

Tasa de

de

Para tal efecto, se deben
y multiplicado por 100.
los días perdidos por accidentes del
trabajo, por
del trayecto, por enfermedades

tes

tomar

accidentes

días

expertos por

de

Nómina

5.-

de

12,

13,

14

y

según

se

trate

15)

.

de

técnicos
en
prevención y expertos
los antecedentes que se requieren de cada

expertos

profesionales,
con

{ANEXO N°5)

según la tasa de gravedad

(columnas

región desglosada

prácticos
El

perdidos,

quiera determinar

se

que

profesionales

total

el

o

persona

.

expertos deberá corresponder al existente al 31

número de

1996.

de

de diciembre

Cuadro que indique el número de

6.-

casos de enfermedades profesio
nales detectados durante el año 1996, desglosado según regiones
y agentes específicos que entrañan riesgo (artículo 18 del D.S.
N°109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social)

7

.

Cuadro

B.-

Cuadro

.

el
número de traba j adores expuestos
a
que muestre
detectados
durante
el
año
1996,
riesgo,
desglosado según
regiones y enfermedades profesionales (artículo 19 del D.S. N°

-

109)

.

con

durante el

el

I

1996,

Para

enfermos

efectos,

sufrieron

una

y los

tuvieron derecho

que

profesionales diagnosticados
y la incapacidad

desglosado según región

tales

se

diferenciará entre los que

incapacidad temporal,
a

los que

fueron indemnizados

pensión.

POLÍTICAS Y DIRECTIVAS GENERALES
En

II.

número de

año

producida.

este

punto

informar

deberá

se

alcanzar

objetivos

que

obtenidos

en

ACCIONES,

ACTIVIDADES Y NUEVOS

En

este

pretenden

se

los

2

deberá

Esta

descripción

debe

cuando corresponda,

en

hacerse
cada

i--

Prevención de Riesgos

¿.-

Higiene

3.-

Capacitación

4.-

Medicina del

Industrial

Trabajo

en

políticas,
razón

de

directivas y
resultados

los

RECURSOS

describir

punto
alcanzar los objetivos propuestos.
se

las

años.

últimos

uno

el

quehacer

necesario,

para

económica
por región y actividad
de los siguientes ítem mínimos:

4

FORMA DE SEGUIMIENTO

describir

Se debe

todas

las

la

DE

LAS ACCIONES

forma

en

se

que

hará el seguimiento y/o control
en
cada región y

acciones y actividades planteadas
cuando corresponda.

actividad económica

DE CADA MUTUAL
OTRAS PROPOSICIONES

EN

PARTICULAR

GLOSARIO

Aquí

se

Mutual

deberán

en

definir

todas

particular tenga

en

aquellas

su

clasificaciones

administración.

que

cada

ANEXO N°1

PROMEDIO MENSUAL DE EMPRESAS POR REGIÓN Y ACTIVIDAD ECONÓMICA
SEGÚN TAMAÑO DE EMPRESAS
1996
I REGIÓN
^^

NUMERO DE EMPRESAS

^ACTIVIDADES Y

TAMAÑO DE LA EMPRESA SEGÚN NUMERO OE TRABAJADORES

SUBACTIVIDADES
ffif! N'IIO)

11 a 25

1a 10

26 a 100

101 a 500

501 v más

TOTAL

«eviniiu V PESCA
0

Mi 1,7»
0

Mi£U%

0

0

0

0

0

0

«A
D

UfflA MANUFACTURERA


rpti.J«
0

IMUH
WíMOS
0

TAL ACTIVIDAD

0

0

0

ÍCIBCIDAD, GAS Y AGUA
0

KTRUCCIOH
iwoft
0

rm i,im

rui3,«%
0

UL ACTIVIDAD

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

KRCIO
0
0

lm Z.SSK
TAL ACTIVIDAD

0

0

«PORTE Y COMUNICADO

ton
0

hMMMt
IAL ACTIVIDAD

MCK» FINANCIEROS
HMD
W. ACTIVIDAD

0

"WSCOIÉ.. SOC YPEHS
0

IMO

iMum
■MMK
0

PM. ACTIVIDAD

0

0

0

0

""MONO ESPECIFICADA

0

TOTAL REfimw
»



deberá enviarla misma información

¡as empresas
^asifcaí™w*o mensual de
B

0

0

0

para cada región y para el total del pais
el numero
de las empre-

en cada uno de los tamaños de empresas, se deberá considerar

trabajadores por los cuales se cotizó durante el año 1996. en cada una

Mnetentes, sin separarlos en agencias o sucursales.

0

ANEXO N°2

PROMEDIO MENSUAL DE TRABAJADORES COTIZANTES POR REGIÓN Y ACTIVIDAD ECONÓMICA

i

SEGÚN TAMAÑO DE EMPRESAS
1996
I REGIÓN

-"*

NUMERO DE TRABAJADORES COTIZANTES

ACTIVIDADES Y

TAMAÑO DE LA EMPRESA SEGÚN NUMERO DE TRABAJADORES

SUBACTWIDADES

(í>S.N110l
MOLTURA

1a 10

11 a 25

26 a 100

|

101 a 500

501 v más

TOTAL

Y PESCA

:

yfllW MANUFACTURERA
ft»W
0

mis»

D
0

0

jtnUOOAD.GASYAGUA

M1RUCCI0N
IW1W

:

HERCIO

;
IMPORTE Y COMUNICACIÓN
iHOt

iwl»%

¡
0

nucos financieros
iwo

:

taojm

unos CC*. SOC. Y PERS.
fwo

j-j

ta«f%

hlm
«.ACIMOAfl
*■» NO ESPECIFICADA

TOTAL REGIÓN

0

0



0



*<MMmhw (a misma Información para cada región y para el total del país
a Jas empresas en cada uno de los tamaños de empresas se deberá considerar el numero
las empre™"*» mensual de
los cuales se cotuó durante el año 1996 en cada una de

¡**etasfffcar

trabajadores por

"•Wwsfiíes, sin separarlos en agencias o sucursales





HUMERO TOTAL DE ACCIDENTES POR REGIÓN Y ACTIVIDAD ECONÓMICA
SEGÚN TAMAÑO DE EMPRESAS

"

NUMERO DE ACCIDENTES (*)

ACTIVIDADES Y

TAMAÑO DE LA EMPRESA SEGÚN NUMERO DE TRARA.IAnORFB

SUBACTIVIDADES
/T1.S.NM1I»

la 10

11 a 25

26 a 100

101 a 500

501 v mas

TOTAL

jjCULTURA Y PESCA
TMOS

0
0

T«W»
0

NBW

Hgn» MANUFACTURERA
TM*%
lma1.N%
itaV»
ItaMM

0
0

HL ACTIVIDAD

0

fCTRKIDAD.GASYAGUA

INSTRUCCIÓN
tait»
Im US%

¡

lw i,«%

(TAL ACTIVIDAD
HERCIO
iwn

¡

r™ j,ss%
BAL ACTIVIDAD

0

IAHSPORTE Y COMUNICACIÓN
0

TaaMHt

0

TmMD%
0

TAL ACTIVIDAD

0

moosfhancieros
TjHO

:

IH.ACTMDAD

0

0

WWOS COM., SOC V PERS
TnOJJS%

T«uJ,SJ%
^••3**

0
0

:B™AD NO ESPECIFICADA

_

TOTAL RRGION

0

0

0

0

o

fIMuye los accidentes del trabajo y del trayecto
* *oefs enviar la

misma información para cada región y para el total del país

"wcfasfficara las empresas en cada uno de los tamaños de empresas, se deberá considerar el número
mensual de trabajadores por los cuales se cotizó durante el año 1 996

"¡j*"**
""tfwwMfls, sin separados

en agendas o sucursales.

en cada una de las empre-





*

"*

°

°

1 1


1s

i s

°

SE
1

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9§jjju

o

s

1 «1

i

ÍSS¡

3

O

ANEXO N°5
NOMINA DE EXPERTOS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS
POR REGIÓN SEGÚN TIPO DE EXPERTOS
1996

I REGIÓN
A. Expertos Profesionales Ing. y Const. Civiles



Nombre

R.U.T.

Prof. Base

R.U.T.

N° Reg. S.S.

R.U.T.

Prof. Base

N° Reg. S.S.

2.3.-

B. Técnicos en Prevención



Nombre

1.2-

3.-

C. Expertos Prácticos

Especialidad


Nombre

Aprobada

1.2.3.-

TOTAL EXPERTOS REGIÓN ( A + B + C )

[

Ver el documento en el sitio del organismo →