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SUSESOCircular16 de junio de 2000

Circular 1819

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Administradores Delegados de la Ley N° 16.744

Normas citadas

  • D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
  • Ley N° 16744

Texto

SUPERINTENDENCIA DE

UNIDAD

SEGURIDAD SOCIAL

DE ESTUDIOS

CIRCULAR

1819

N"

SANTIAGO, 1 6 JUN 1

ESTUDIO

PARA

TRABAJO

Y

DE

ORGANISMOS

Con

fin

el

de

N°110,

de

16.744,

nvie

'4.-

del

a

N

.

a

cabo

la

un

se

la

refiere

que

más

LA INFORMACIÓN REQUERIDA

información



La

del

articulo

que

la

D.S.

el

de
a

la

su

Ley

cargo

enumera:

se

los

abarcar

siguientes

al
al

30 de junio de 1999;
30 de junio de 1998 y,

al

30 de

1996

julio de

información

(3)

tres

de dias

b)

Número

mensual

de

c)

Una

anuales

señalados,

de

invalidez

de

la

Todos

el

Los

fecha

la

o

con

los

incapacidad

3

periodos

el

corresponda,

de

declaración

la

de

uno

cada

cuando

grado

invalidez

o

muerte.

los

aumentos

presentado

presente

y

durante

indicando,

de

muertos

trabajadores

declarada

permanente

perdidos.

trabajadores.

los

de

nómina

1997.

junio de

es:

requerida

mensual

en

los

de

la

envió

3

siguientes

dias

perdidos,

trabajo

que

serán

haya

enfermedades

de

grado

periodos

grados

de

y

se

invalidez

producto

ocurrido

en

la

hayan

deberán

tener

definiciones:

aquellos

profesionales

se

que

considerados.

solicitada

aclaraciones

los

invalidez

de

anuales

información

las

considerar

las

15

empresa

de

Número

a)

N°16.744.

y Previsión Social, que
la Cotización Adicional

b)

debe

enviar

actualizar

LEY

requiere

letra

INDICA A LOS

para

de

de julio de 1998
de julio de 1997

Para

MINISTERIO DEL

LA

anuales:

a)

d)

DEL

DE

Trabajo

adelante

La

a

estudio

del

determinación

DE



110, DE 1968,
DELEGADA

Superintendencia

la información

Io

3--

S

.

SOLICITA INFORMACIÓN QUE SE

Ministerio

para

que

esta

periodos

2.-

llevar

escala

diferenciada


SOCIAL.

ADMINISTRACIÓN

1968,

establece

ú

ACTUALIZAR EL

PREVISIÓN

de

entidad

contraidas

Y

un

las

muertes

empleadora

en

ella,

a

del

accidente

o

de

siempre

haya

siniestro

el

que



incapacidades

los

que

trayecto

y

refieren

5o

de

Ley

accidentes

y

del

por

segundo

16.744,

esto

trabajo

sufridos

de

tercero

y

es,

ocación

con

o

causa

a

sindicales

de los cinco anos
Quedan excluidas las
los accidentes a

1999.

incisos

los


la

de

originadas

muertes

se

articulo

dentro

ocurrido

julio

de

al

anteriores

accidentes

del
de

por

dirigentes

sus

cometidos

gremiales.

Día

la

perdido:

o

pague

que

se

encuentra

de

conservando

temporalmente

trabajo

pago

de

mensual

trabajadores

con

o

a

sea

o

no

incapacitado

una

subsidio,

empleadora

enfermedad
que

éste

se

el

en

deberá

le

es

sujeta

número

mes

el

a

de

número

cotización

en

el

de

contratos

que

con

la

misma

entidad*

para

estos

considerar,

un

efectos,

trabajador.

solo

un

el

sea

suscriba
se

trabajadores :

remuneración

Cualquiera

trabajador

como

del

no.

Número

mes.

a

sujeto

profesional,

trabajador,

en

tal ,

accidente

un

a

el

aquel

de

calidad

debido

DEL PLAZO

La

información

solicitada

Superintendencia,
de

recepción

del
la

aclaración,

sobre

funcionarla

a

Saluda

en

plazo

a

deberá
de

presente

15

Ud

a

a

esta

de

la

fecha

podrá

uu¿u^

/

KÍÑCON GONZÁLEZ

SUPERINTENDENTA
'"'■^¡^imwóetg';-

'''

DISTRIBUCIÓN

Administradores Delegados de la Ley



consulta

hacerse

Alina Trujillo Lamas.

,

tlMENA C.

-

llegar,
contar

Cualquier

solicitada,

Sra.

estudio

.

hacerse
dias

oficio.

información

del

cargo

atentamente

un

16.744

a

o

la

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