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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Circular · SUSESO

N° 1966 de 2002

6 feb 2002

Cotización adicional diferenciada

Lo que resuelve

La SUSESO instruye a los organismos administradores remitir información sobre la aplicación del decreto que regula la cotización adicional diferenciada, desglosada por tamaño y actividad económica, para evaluar sus efectos.

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Destinatario

Instituto de Normalización Previsional (I.N.P.); Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744

Texto completo

^

GOBIERNO DE CHILE

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

AU08-2002-00782

CIRCULAR

SANTIAGO, N°

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0 6 FEB 2002

REQUIERE INFORME SOBRE LA APLICACIÓN DEL D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

GOBIERNO DE CHILE

«Éfr

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIA

Con el fin de poder evaluar los efectos de la aplicación del D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, esta Superintendencia requiere que los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744, le remitan la siguiente información: 1

Número de empresas adherentes o afiliadas evaluadas en el Primer Proceso de Evaluación recién realizado y número de empresas que no pudieron ser las normas del D.S. N° 67 porque no han estado evaluadas conforme a adheridas a algún

Organismo Administrador por un lapso que en conjunto abarque, al menos dos períodos anuales consecutivos, distribuidos según tamaño de empresa y dentro de cada tamaño, según actividad económica, conforme al formato que se muestra en el Anexo N°1

.

Para los efectos anteriores y de los puntos siguientes, considerar los tamaños de empresa y actividades económicas que se indican a continuación:

TAMAÑOS DE EMPRESAS -

-

-

-

-

-hasta 5 trabajadores de 6 a 1 0 trabajadores de 1 1 a 25 trabajadores de 26 a 100 trabajadores de 101 a 250 trabajadores de 251 a 500 trabajadores

-de 501 a 1

-de 1

.001

.000 trabajadores y más trabajadores

ACTIVIDADES ECONÓMICAS, en el orden que se muestra: Agricultura

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-2.-3.-

Minería Industria Manufacturera Electricidad, Gas y Agua

Construcción

Comercio

Transporte y Telecomunicaciones Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificadas.

Número de empresas evaluadas distribuido entre aquellas que por la aplicación N° de las tablas del D.S. 67 vieron aumentada su tasa de cotización adicional, aquellas que la mantuvieron, y aquellas a las que les correspondió una reducción de su tasa de cotización adicional. Deberá informarse además, el N° número de empresas que sí bien por aplicación de las tablas del D.S. 67, les correspondió una reducción de la tasa de cotización adicional, la rebaja no operó porque no entregaron la documentación exigida para acceder a ella. Asimismo, deberá informarse el número de empresas a las que en definitiva se les redujo la tasa de cotización adicional. Todo lo anterior desglosado por tamaño de empresa y dentro de cada tamaño por actividad económica, N° 2 conforme al formato que se muestra en el Anexo Respecto de las empresas que, a partir del su tasa de cotización adicional producto de efectiva en conformidad al D. S. dentro de cada tramo información:

•

•

• por N° 67, actividad 1o de enero de 2002, aumentaron la evaluación de su siniestralidad agrupadas por tamaño de empresa y económica, se requiere la siguiente

Número de empresas

Número de trabajadores de las empresas indicadas. Remuneración imponible de noviembre de 2001 (suma de la remuneración

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GOBIERNO DE CHILE

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL imponible del mes de noviembre de 2001 de todas las empresas indicadas ubicadas en los tramos y actividades correspondientes que cotizaron en el mes de diciembre)

•

•

Monto de las cotizaciones adicionales pagadas en diciembre de 2001, por las empresas ya indicadas y las declaradas pero no pagadas, correspondientes a remuneraciones de noviembre del mismo año. Monto de la cotización adicional que teóricamente deberían efectuar, a partir de enero de 2002, las empresas que vieron aumentada su tasa de N° cotización adicional por aplicación del D.S.

67. Para tales efectos, las referidas cotizaciones se determinan, respecto de cada empresa, aplicando a las remuneraciones de noviembre de 2001, la tasa de cotización adicional que se les fijó en el Proceso de Evaluación ( incluir tanto las empresas que diciembre las cotizaciones correspondientes a remuneraciones de noviembre como las que sólo las declararon). pagaron en Respecto de las empresas que, a partir del 1

° de enero de 2002, disminuyeron la evaluación de su siniestralidad ND

S. 67, pero a las que no pudo acreditar los requisitos correspondientes 4.-su tasa de cotización adicional producto de efectiva en conformidad a las tablas del D. hacerse efectiva la rebaja por no (empresas que mantuvieron su tasa por no acreditar requisitos), agrupadas por tamaño de empresa y dentro de cada tramo por actividad económica, se requiere la misma información detallada en el punto 3 y en el mismo formato que se presenta en el Anexo N° 3.

°

Respecto de las empresas que, a partir del 1 de enero de 2002, disminuyeron efectivamente su tasa de cotización adicional producto de la evaluación de su N° siniestralidad efectiva en conformidad al D. S. 67, agrupadas por tamaño de 5.-empresa y dentro de cada tramo por actividad económica, se requiera la misma información detallada en el punto 3 y en el mismo formato que se presenta en el N° 3.

Anexo

Número de empresas que disminuyeron su tasa de cotización adicional de la evaluación de su siniestralidad efectiva en conformidad a las 6-producto tablas del D.S. N°67, pero a las que no pudo hacerse efectiva la rebaja por no acreditar los requisitos correspondientes, desglosado según las causales por las que no tuvieron derecho a la rebaja, conforme al formato que se incluye en el anexo N°4.

La información solicitada deberá remitirse impresa y en diskett en formato de planilla Excel y deberá ingresar a esta Superintendencia a más tardar el día 18 de febrero del presente año.

Saluda Atentamente a Ud., MARÍA CAROLINA VARGAS VIANCOS SUPERINTENDENTA (S)

MEGA

DISTRIBUCIÓN:

-I.N.P.

-MUTUALIDADES

DE LA LEY N° 16744.

ANEXO N°4

NUMERO DE EMPRESAS QUE NO ACCEDIERON A REBAJA DE COTIZACIÓN SEGÚN CAUSALES

Letra a)

Tamaño de Empresa y Actividades

Económicas

Empresas de hasta 5 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 6 a 10 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 1 1 a 25 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 26 a 100 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 101 a 250 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total art 8o

DS67

Letra b) art 8o

DS 67

Falta de Falta Decl.

Actas

Juradas

Letra c) art

Informe

Experto 8"

DS 67

Inf. Regí.

Interno

Tamaño de Empresa y Actividades Económicas

Letra a) art 8°

DS67

Empresas de 251 a 500 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 501 a 1.000 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros

Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 1.000 v más Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Total Empresas

Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Sen/icios Sociales

No especificados

Total

Letra b) art 8°

DS 67

Falta de Falta Decl.

Actas

Juradas 8°

Letra c) art

DS 67

Informe

Inf. Regí.

Experto

Interno

Número de Número de Total

Tamaño de Empresa y Actividades empresas empresas no empresas

Económicas evaluadas evaluadas adheridas o afiliadas (a) (b) (a) + (b)

Empresas de hasta 5 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 6 a 10 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 11 a 25 trabajadores

Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 26 a 100 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 101 a 250 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Tamaño de Empresa y Actividades Económicas

Empresas de 251 a 500 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 501 a 1.000 trabajadores Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Empresas de 1.000 y más Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Total Empresas

Agricultura

Minería Industria Manufacturera

Electricidad, Gas y Agua Construcción

Comercio

Transporte

Servicios Financieros Servicios Sociales

No especificados

Total

Número de Número de Total empresas empresas no empresas evaluadas evaluadas adheridas o afiliadas (a) (b) (a) + (b)

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Otros pronunciamientos sobre cotización adicional diferenciada

Dictamen SUSESO N° 113641-2026, de 13.08.2026

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