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Circular 2269
Seguro laboral (Ley 16.744)
Destinatario
Mutualidades de Empleadores (P)
Normas citadas
- D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
- Ley N° 16744
Texto
#
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
SUBDEPARTAMENTO ACTUARIAL
AU08-2006-00745
CIRCILAR
N°
-
santiago,
B FEB 2W6
PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 PARA EL AÑO 2006.
IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE
EMPLEADORES DE LA LEY N°16.744.
Conforme con lo establecido en el artículo 39
del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, se solicita a Ud., remitir a más tardar el próximo 28 de febrero, el
presupuesto
del Seguro Social
contra
Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Ley N°16.744 para el año 2006.
Cabe hacer presente, que el presupuesto que se remita deberá corresponder al que el Directorio
de cada Mutualidad haya aprobado para el año 2006.
El presupuesto solicitado deberá presentarse conforme al formato del Estado de Resultados
establecido por esta Superintendencia en la Circular N°2.088, de 2003 y, además, deberá adjuntar
las bases de cálculo de las principales cuentas de ingresos y gastos, así como los supuestos y
proyecciones considerados para
dichas partidas.
Saluda atentamente a Ud.,
ALIDA SANTANDER
ENTE
DISTRIBUCIÓN:
Mutualidades de Empleadores (P)
Archivo Central
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
SUBDEPARTAMENTO ACTUARIAL
AU08-2006-00745
CIRCILAR
N°
-
santiago,
B FEB 2W6
PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 PARA EL AÑO 2006.
IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE
EMPLEADORES DE LA LEY N°16.744.
Conforme con lo establecido en el artículo 39
del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, se solicita a Ud., remitir a más tardar el próximo 28 de febrero, el
presupuesto
del Seguro Social
contra
Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Ley N°16.744 para el año 2006.
Cabe hacer presente, que el presupuesto que se remita deberá corresponder al que el Directorio
de cada Mutualidad haya aprobado para el año 2006.
El presupuesto solicitado deberá presentarse conforme al formato del Estado de Resultados
establecido por esta Superintendencia en la Circular N°2.088, de 2003 y, además, deberá adjuntar
las bases de cálculo de las principales cuentas de ingresos y gastos, así como los supuestos y
proyecciones considerados para
dichas partidas.
Saluda atentamente a Ud.,
ALIDA SANTANDER
ENTE
DISTRIBUCIÓN:
Mutualidades de Empleadores (P)
Archivo Central