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Circular 2450
Seguro laboral (Ley 16.744)
Destinatario
Asociación Chilena de Seguridad Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (C.CH.C.); Instituto Seguridad del Trabajo (I.S.L.)
Normas citadas
- Ley N° 16395
- Ley N° 16744
Texto
f
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
03693-2008
CIRCULAR
SANTÍAGO,
N'
2450
0 9 HmO 2008
SOLICITA INFORMACIÓN A LAS MUTUALIDADES DE
N°
16.744, SOBRE COTIZACIONES
EMPLEADORES DE LA LEY
MOROSAS DE LAS MUNICIPALIDADES Y CORPORACIONES
MUNICIPALES
Esta Supenntendencia. en uso de las facultades fiscalizadoras
le confieren las Leves
que
Mutualidades de Empleadores
N°s. I6..W v I «744 ha estimado necesario requerir a las
de la
morosidad previsional de las
Ley TV 16.744, el envió de información sobre la
Municipalidades y Corporaciones Municipales, referida al
30 de jumo y 3 1 de diciembre
del año 2007, de acuerdo al formato de los Cuadros N°s. 1 y 2 siguientes:
Cuadro V 1 "Deudas al 30 de junio de
2007"
Deuda Previsional
Deuda Previsional
Deuda
Código
Previsional
Corporación
Previsional
Único
Municipal (enero
Municipal (enero
Municipal
Deuda
Comuna
Territorial
ajumo
2007)
ajumo
Comuna
Territorial
Municipal
)
(de
arrastre)
actualizada a
Junio 2007
Junio 2007
actualizada a
actualizada a
MS
M$
Jumo 2007
Jumo 2007
MS
MS
Deuda Previsional
2007"
Deuda Previsional
Deuda
Previsional
Corporación
Previsional
Municipal ( del
Municipal ( del
Municipal
Deuda
Único
arrastre
Acumulada
actualizada a
Cuadro N° 2 "Deudas al 31 de diciembre de
Código
Corporación
Acumulada (de
2007)
año
2007)
año
2007)
Corporación
Municipal
Acumulada (de
Acumulada
(de
actualizada a
actualizada a
arrastre )
arrastre)
Diciembre 2007
Diciembre 2007
actualizada a
actualizada a
MS
MS
Diciembre 2007
Diciembre 2007
M$
M$
La información de las deudas previsionales tanto de las Municipalidades
como
de las
Corporaciones Municipales, deberá ser remitida en formato Excel y utilizar los códigos
únicos territoriales vigentes de cada comuna, los cuales se encuentran contenidos en CD
que se adjunta.
Las
Mutualidades de
Superintendencia
lo
Empleadores
solicitado
en
de la
el
Ley
punto
N°
16.744
2
anterior
deberán
al
remitir
correo
a
esta
electrónico
hfernandez@suseso.cl, dentro del plazo de 20 días hábiles, contado desde el segundo día
hábil siguiente a la fecha de la presente Circular.
►
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA
DE SEGURIDAD SOCIAL
Por último, a contar del año 2008 las Mutualidades de
Empleadores de la Ley
deberán remitir la información sobre las deudas previsionales de las
N°
16.744,
Municipalidades como
de cada
año,
de las Corporaciones Municipales al 30 de junio y al 31 de diciembre
deberá
las instrucciones de los puntos 1 y 2 anteriores. La información al 30 de junio
según
información referida al 3 1 de diciembre
remitirse antes del día 3 1 del julio de cada año y, la
deberá ser remitida antes del 31 de enero del año siguiente.
Saluda atentamente a Ud.,
DISTRIBUCIÓN
-
Asociación Chilena De Segundad (Adjunta CD)
-
Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena le la Construcción (Adjunta CD)
-
Instituto de Segundad del Trabajo (AdjuntafcD)
-
Departamento Actuaría!
-
-
Oficina De Partes
Archivo Central
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
03693-2008
CIRCULAR
SANTÍAGO,
N'
2450
0 9 HmO 2008
SOLICITA INFORMACIÓN A LAS MUTUALIDADES DE
N°
16.744, SOBRE COTIZACIONES
EMPLEADORES DE LA LEY
MOROSAS DE LAS MUNICIPALIDADES Y CORPORACIONES
MUNICIPALES
Esta Supenntendencia. en uso de las facultades fiscalizadoras
le confieren las Leves
que
Mutualidades de Empleadores
N°s. I6..W v I «744 ha estimado necesario requerir a las
de la
morosidad previsional de las
Ley TV 16.744, el envió de información sobre la
Municipalidades y Corporaciones Municipales, referida al
30 de jumo y 3 1 de diciembre
del año 2007, de acuerdo al formato de los Cuadros N°s. 1 y 2 siguientes:
Cuadro V 1 "Deudas al 30 de junio de
2007"
Deuda Previsional
Deuda Previsional
Deuda
Código
Previsional
Corporación
Previsional
Único
Municipal (enero
Municipal (enero
Municipal
Deuda
Comuna
Territorial
ajumo
2007)
ajumo
Comuna
Territorial
Municipal
)
(de
arrastre)
actualizada a
Junio 2007
Junio 2007
actualizada a
actualizada a
MS
M$
Jumo 2007
Jumo 2007
MS
MS
Deuda Previsional
2007"
Deuda Previsional
Deuda
Previsional
Corporación
Previsional
Municipal ( del
Municipal ( del
Municipal
Deuda
Único
arrastre
Acumulada
actualizada a
Cuadro N° 2 "Deudas al 31 de diciembre de
Código
Corporación
Acumulada (de
2007)
año
2007)
año
2007)
Corporación
Municipal
Acumulada (de
Acumulada
(de
actualizada a
actualizada a
arrastre )
arrastre)
Diciembre 2007
Diciembre 2007
actualizada a
actualizada a
MS
MS
Diciembre 2007
Diciembre 2007
M$
M$
La información de las deudas previsionales tanto de las Municipalidades
como
de las
Corporaciones Municipales, deberá ser remitida en formato Excel y utilizar los códigos
únicos territoriales vigentes de cada comuna, los cuales se encuentran contenidos en CD
que se adjunta.
Las
Mutualidades de
Superintendencia
lo
Empleadores
solicitado
en
de la
el
Ley
punto
N°
16.744
2
anterior
deberán
al
remitir
correo
a
esta
electrónico
hfernandez@suseso.cl, dentro del plazo de 20 días hábiles, contado desde el segundo día
hábil siguiente a la fecha de la presente Circular.
►
GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA
DE SEGURIDAD SOCIAL
Por último, a contar del año 2008 las Mutualidades de
Empleadores de la Ley
deberán remitir la información sobre las deudas previsionales de las
N°
16.744,
Municipalidades como
de cada
año,
de las Corporaciones Municipales al 30 de junio y al 31 de diciembre
deberá
las instrucciones de los puntos 1 y 2 anteriores. La información al 30 de junio
según
información referida al 3 1 de diciembre
remitirse antes del día 3 1 del julio de cada año y, la
deberá ser remitida antes del 31 de enero del año siguiente.
Saluda atentamente a Ud.,
DISTRIBUCIÓN
-
Asociación Chilena De Segundad (Adjunta CD)
-
Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena le la Construcción (Adjunta CD)
-
Instituto de Segundad del Trabajo (AdjuntafcD)
-
Departamento Actuaría!
-
-
Oficina De Partes
Archivo Central