Ir al contenido
DictámenesDT
← Buscar en los dictámenes

SUSESOCircular9 de mayo de 2008

Circular 2450

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Asociación Chilena de Seguridad Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (C.CH.C.); Instituto Seguridad del Trabajo (I.S.L.)

Normas citadas

  • Ley N° 16395
  • Ley N° 16744

Texto

f

GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

03693-2008

CIRCULAR

SANTÍAGO,

N'

2450
0 9 HmO 2008

SOLICITA INFORMACIÓN A LAS MUTUALIDADES DE

16.744, SOBRE COTIZACIONES

EMPLEADORES DE LA LEY

MOROSAS DE LAS MUNICIPALIDADES Y CORPORACIONES
MUNICIPALES

Esta Supenntendencia. en uso de las facultades fiscalizadoras

le confieren las Leves

que

Mutualidades de Empleadores
N°s. I6..W v I «744 ha estimado necesario requerir a las

de la

morosidad previsional de las
Ley TV 16.744, el envió de información sobre la

Municipalidades y Corporaciones Municipales, referida al

30 de jumo y 3 1 de diciembre

del año 2007, de acuerdo al formato de los Cuadros N°s. 1 y 2 siguientes:

Cuadro V 1 "Deudas al 30 de junio de

2007"

Deuda Previsional

Deuda Previsional

Deuda

Código

Previsional

Corporación

Previsional

Único

Municipal (enero

Municipal (enero

Municipal

Deuda
Comuna

Territorial

ajumo

2007)

ajumo

Comuna

Territorial

Municipal

)

(de

arrastre)

actualizada a

Junio 2007

Junio 2007

actualizada a

actualizada a

MS

M$

Jumo 2007

Jumo 2007

MS

MS

Deuda Previsional

2007"

Deuda Previsional

Deuda

Previsional

Corporación

Previsional

Municipal ( del

Municipal ( del

Municipal

Deuda

Único

arrastre

Acumulada

actualizada a

Cuadro N° 2 "Deudas al 31 de diciembre de

Código

Corporación

Acumulada (de

2007)

año

2007)

año

2007)

Corporación
Municipal

Acumulada (de

Acumulada

(de

actualizada a

actualizada a

arrastre )

arrastre)

Diciembre 2007

Diciembre 2007

actualizada a

actualizada a

MS

MS

Diciembre 2007

Diciembre 2007

M$

M$

La información de las deudas previsionales tanto de las Municipalidades

como

de las

Corporaciones Municipales, deberá ser remitida en formato Excel y utilizar los códigos
únicos territoriales vigentes de cada comuna, los cuales se encuentran contenidos en CD
que se adjunta.

Las

Mutualidades de

Superintendencia

lo

Empleadores
solicitado

en

de la
el

Ley

punto



16.744

2

anterior

deberán
al

remitir

correo

a

esta

electrónico

hfernandez@suseso.cl, dentro del plazo de 20 días hábiles, contado desde el segundo día
hábil siguiente a la fecha de la presente Circular.



GOBIERNO DE CHILE
SUPERINTENDENCIA

DE SEGURIDAD SOCIAL

Por último, a contar del año 2008 las Mutualidades de

Empleadores de la Ley

deberán remitir la información sobre las deudas previsionales de las



16.744,

Municipalidades como

de cada

año,
de las Corporaciones Municipales al 30 de junio y al 31 de diciembre
deberá
las instrucciones de los puntos 1 y 2 anteriores. La información al 30 de junio

según

información referida al 3 1 de diciembre
remitirse antes del día 3 1 del julio de cada año y, la
deberá ser remitida antes del 31 de enero del año siguiente.

Saluda atentamente a Ud.,

DISTRIBUCIÓN
-

Asociación Chilena De Segundad (Adjunta CD)

-

Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena le la Construcción (Adjunta CD)

-

Instituto de Segundad del Trabajo (AdjuntafcD)

-

Departamento Actuaría!

-

-

Oficina De Partes
Archivo Central

Ver el documento en el sitio del organismo →