Circular · SUSESO
N° 2810 de 2012
14 feb 2012
Cotización adicional diferenciada
Lo que resuelve
La Superintendencia instruye a los organismos administradores remitir cuadros informativos para evaluar el sexto proceso de siniestralidad efectiva conforme al D.S. N° 67, detallando entidades empleadoras evaluadas, no evaluadas y variaciones en la cotización adicional.
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Destinatario
Instituto de Seguridad Laboral; Mutualidades de empleadores de la Ley N° 16.744
Texto completo
REQUIERE INFORME SOBRE LA APLICACION DEL D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
Con el fin de poder evaluar los efectos del sexto proceso de evaluación de la siniestralidad efectiva de las entidades empleadoras en el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio del 2011 conforme al D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, esta Superintendencia requiere que los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744 le remitan los cuadros informativos contenidos en el Anexo y que a continuación se detallan:
Cuadro N° 1: "N° de entidades empleadoras según actividad económica y condición" 1. - Número de entidades evaluadas: Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras que registraban al 30 de junio de 2011, al menos, dos períodos anuales completos de adhesión al Seguro de la Ley N° 16.744.
2. - Número de entidades empleadoras no evaluadas: Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras que no pudieron ser evaluadas, durante el segundo semestre del año 2011, conforme a las normas del D.S. N° 67, porque no habían estado adheridas al Seguro de la Ley N° 16.744 por un lapso que en conjunto abarcara, al menos dos períodos anuales consecutivos.
3. - Total entidades empleadoras al 30 de junio de 2011: Se deberá informar para cada actividad económica la suma del total de entidades empleadoras evaluadas (punto 1) más las entidades empleadoras no evaluadas (punto 2).
Cuadro N° 2: "N° de entidades empleadoras según actividad económica y resultado teórico de la evaluación" 1. - Número de entidades empleadoras que según tabla aumentaron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras a las que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, les correspondió recargo de la tasa de cotización adicional.
2. - Número de entidades empleadoras que según tabla mantuvieron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras a las que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, les correspondió mantener la tasa de cotización adicional.
3. - Número de entidades empleadoras que según tabla disminuyeron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a rebaja o exención de la tasa de cotización adicional.
4. - Total entidades empleadoras evaluadas: Corresponde a la suma de los tres puntos anteriores, es decir, el número de entidades empleadoras que según tabla del D.S. N° 67 aumentaron, mantuvieron y disminuyeron su tasa de cotización adicional. Cabe hacer presente que el número de entidades empleadoras evaluadas del presente cuadro, debe ser el mismo que el señalado en el Cuadro N° 1 precedente.
Cuadro N° 3: "N° de entidades empleadoras que según tabla disminuyeron su tasa según si accedieron o no a la rebaja y según actividad económica y razones" 1. -
Entidades empleadoras que disminuyeron efectivamente su tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras que en definitiva accedieron a rebajar la tasa de cotización adicional.
2. -
Entidades empleadoras que no accedieron a rebaja de su tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o del citado decreto. 2.1.- Entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra a): Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o letra a) del citado decreto. 2.2.- Entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra b): Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o letra b) del citado decreto. 2.3.- Entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra c): Se deberá informar para cada actividad económica el número de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o letra c) del citado decreto.
Cuadro N° 4: "N° de trabajadores de entidades empleadoras evaluadas y no evaluadas por actividad económica" 1. - Número de trabajadores de entidades empleadoras evaluadas: Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores que al 30 de junio de 2011 pertenecían a las entidades empleadoras que fueron evaluadas.
2. - Número de trabajadores de entidades empleadoras no evaluadas: Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores que al 30 de junio de 2011 pertenecían a las entidades empleadoras que no fueron evaluadas.
3. - Total de trabajadores de entidades empleadoras: Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores que resulte de la suma del valor determinado de acuerdo a lo señalado en los dos puntos anteriores.
Cuadro N° 5: "N° de trabajadores de entidades empleadoras según actividad económica y resultado teórico de la evaluación" 1 .- Número de trabajadores de entidades empleadoras que según tabla aumentaron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores pertenecientes a entidades empleadoras a las que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67. les correspondió recargo do la tasa de cotización adicional.
2. - Número de trabajadores de entidades empleadoras que según tabla mantuvieron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores pertenecientes a entidades empleadoras a las que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, les correspondió mantener la tasa de cotización adicional.
3. - Número de trabajadores de entidades empleadoras que según tabla disminuyeron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores pertenecientes a entidades empleadoras a las que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a rebaja o exención de la tasa de cotización adicional.
4. - Total de trabajadores de entidades empleadoras evaluadas: Corresponde a la suma de los tres puntos anteriores, es decir, el número de trabajadores de entidades empleadoras que según tabla del D.S. N° 67 aumentaron, mantuvieron y disminuyeron su tasa de cotización adicional. Cabe hacer presente que el número de trabajadores pertenecientes a entidades empleadoras evaluadas del presente cuadro, debe ser el mismo que el señalado en el Cuadro N° 4 precedente.
Cuadro N° 6: "N° de trabajadores de entidades empleadoras que según tabla podían disminuir su tasa según si accedieron o no a la rebaja y según actividad económica y razones" 1. -Trabajadores de entidades empleadoras que accedieron a rebaja de su tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores de entidades empleadoras que en definitiva accedieron a rebajar la tasa de cotización adicional.
2. -Trabajadores de entidades empleadoras que no accedieron a rebaja de su tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la lasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o del citado decreto. 2.1. - Trabajadores de entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra a): Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o letra a) del citado decreto. 2.2. - Trabajadores de entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra b): Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o letra b) del citado decreto. 2.3. - Trabajadores de entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra c): Se deberá informar para cada actividad económica el número de trabajadores de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o letra c) del citado decreto.
Cuadro N° 7: "N° de entidades empleadoras según tamaño y condición" 1. -
Número de entidades empleadoras evaluadas: Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que registraban al 30 de junio de 2011, al menos, dos períodos anuales completos de adhesión al Seguro de la Ley N° 16.744.
2. -
Número de entidades empleadoras no evaluadas: Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que no pudieron ser evaluadas, durante el segundo semestre del año 2011, conforme a las normas del D.S. N° 67. porque no habían estado adheridas al Seguro de la Ley N°l6.744 por un lapso que en conjunto abarcara, al menos dos períodos anuales consecutivos.
3. -
Total entidades empleadoras al 30 de junio de 2011: Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido la suma del total de entidades empleadoras evaluadas (punto 1) más las entidades empleadoras no evaluadas (punto 2).
Para clasificar a las entidades empleadoras en cada uno de los tamaños, se deberá considerar el número promedio de trabajadores del período anual julio 2010 - junio 2011.
Cuadro N° 8: "N° de entidades empleadoras según tamaño y resultado teórico de la evaluación" 1. -
Número de entidades empleadoras que según tabla aumentaron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, les correspondió recargo de la tasa de cotización adicional.
2. - Número de entidades empleadoras que según tabla mantuvieron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, les correspondió mantener la tasa de cotización adicional.
3. - Número de entidades empleadoras que según tabla disminuyeron la tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a rebaja o exención de la tasa de cotización adicional.
4. - Total entidades empleadoras evaluadas: Corresponde a la suma de los tres puntos anteriores, es decir, el número de entidades empleadoras que según tabla del D.S. N° 67 aumentaron, mantuvieron y disminuyeron su tasa de cotización adicional. Cabe hacer presente que el número de entidades empleadoras evaluadas del presente cuadro, debe ser el mismo que el señalado en el Cuadro N° 7 precedente.
Cuadro N° 9: "N° de entidades empleadoras que según tabla disminuyeron su tasa según si accedieron o no a la rebaja y según tamaño de entidades empleadoras y razones" 1. -
Entidades empleadoras que accedieron a rebaja de su tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que en definitiva accedieron a rebajar la tasa de cotización adicional.
2. -
Entidades empleadoras que no accedieron a rebaja de su tasa de cotización adicional: Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o del citado decreto. 2.1. - Entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra a): Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o letra a) del citado decreto. 2.2. - Entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra b): Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8° letra b) del citado decreto. 2.3. - Entidades empleadoras que mantuvieron la tasa por no acreditar requisitos del Artículo 8o letra c): Se deberá informar para cada tamaño de entidad empleadora definido el número de entidades empleadoras que si bien por aplicación de las tablas del D.S. N° 67, podían acceder a una rebaja de la tasa de cotización adicional, dicha rebaja no operó (mantuvieron la tasa) porque no acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8o letra c) del citado decreto. 4.-
La información solicitada deberá ingresar a esta Superintendencia a más tardar el día 30 de marzo de 2012.
Saluda Atentamente a Ud..
ANEXO
Cuadro N° 1: "N° de Entidades empleadoras según actividad económica y condición"
Actividades Económicas
Número de empresas evaluadas (a)
Agricultura
Minería Industria Manufacturera
Electricidad. Gas y Agua
Construcción
Comercio
Transporte
Servicios
No especificados
Total
Número de empresas no evaluadas (b) 0
Total Empresas (a)+(b) 0 0
Cuadro N° 2: "N° de Entidad es empleadoras según actividad económica y resultado teórico de la evaluación" N° Entidades Empleadoras
Actividades Económicas
Aumentaron tasa Mantuvieron tasa Disminuyeron tasa Total Empresas
Cot. Adic.
Cot. Adic.
Cot. Adic.
Evaluadas
Agricultura
Minería Industria Manufacturera
Electricidad. Gas y Agua
Construcción
Comercio
Transporte
Servicios
No especificados
Total 0 0 0 0
Cuadro N° 3: "N° de Entidades empleadoras que según tabla disminuyeron su tasa según si accedieron o no a la rebaja y según actividad económica y razones"
Actividades Económicas que accedieron a rebaja de tasa N° Entidades Empleadoras que no
Mantuvieron por no acreditación accedieron a Articulo 8o letra a) Articulo 8o letra b) Artículo 8o letra c) rebaja de tasa
Agricultura
Minería Industria Manufacturera
Electricidad, Gas y Agua
Construcción
Comercio
Transporte
Servicios
No especificados
Total 0 0 0 0
Cuadro N° 4: "N° de Trabajadores de entidades empleadoras evaluadas y no evaluadas por actividad económica"
Actividades Económicas
Agricultura
Minería Industria Manufacturera
Electricidad. Gas y Agua
Construcción
Comercio
Transporte
Servicios
No especificados
Total N° N°
Trabajadores Trabajadores empresas empresas no evaluadas (a) evaluadas (b) 0 N° Total de Trabajadores (a)+(b) 0 0
Cuadro N° 5: "N° de trabajadores según actividad económica y resultado teórico de la evaluación" N° de Trabajadores de Entidades Empleadoras
Actividades Económicas Aumentaron tasa Mantuvieron tasa
Disminuyeron
Total Trabajadores
Cot. Adic.
Cot. Adic. tasa Cot. Adic.
Evaluados
Agricultura
Minería Industria Manufacturera
Electricidad. Gas y Agua
Construcción
Comercio
Transporte
Servicios
No especificados
Total 0 0 0 0
Cuadro N° 6: "N° de trabajadores de entidades empleadoras que según tabla podían disminuir su tasa según si accedieron o no a la rebaja y según actividad económica y razones"
Actividades Económicas N° de Trabajadores por Entidades Empleadoras que accedieron a que no accedieron a Mantuvieron por no acreditación rebaja de tasa rebaja de tasa
Artículo 8o letra a) Artículo 8o letra b) Artículo 8o letra c)
Agricultura
Minería Industria Manufacturera
Electricidad. Gas y Agua
Construcción
Comercio
Transporte
Servicios
No especificados
Total 0 0 0 0
Cuadro N° 7: "N° de Entidades empleadoras según tamaño y condición"
Tamaño Entidad según N°
Trabajadores
Hasta De 6a
De 11 a De 26 a De 101 a De 251 a De 501 a De 1.001 y Total
Número de empresas evaluadas (a)
Número de empresas no evaluadas (b)
Total Empresas (a)+(b) 5 10 25 100 250 500 1.000 más 0 0 0
Cuadro N° 8: "N° de Entidades empleadoras según tamaño y resultado teórico de la evaluación" N° Entidades Empleadoras
Actividades Económicas
Aumentaron tasa Cot. Mantuvieron tasa Cot. Disminuyeron tasa Cot.
Adic.
Adic.
Adic.
Hasta 5
De 6a 10
De 11 a 25
De 26 a 100
De 101 a 250
De 251 a 500
De 501 a 1.000
De 1.001 y más
Total 0 0
Total Empresas
Evaluadas 0 0
Cuadro N° 9: "N° de Entidades empleadoras que según tabla disminuyeron su tasa según si accedieron o no a la rebaja y según tamaño entidades empleadoras y razones" N° Entidades Empleadoras
Actividades Económicas
Hasta 5
De 6a 10
De 11 a 25
De 26 a 100
De 101 a 250
De 251 a 500
De 501 a 1.000
De 1.001 y más
Total
Mantuvieron por no acreditación que accedieron a rebaja de tasa que no accedieron a rebaja de tasa
Artículo 8° letra a)
Artículo 8° letra b)
Artículo 8° letra c) 0 0 0 0 0
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Seguro laboral (Ley 16.744)
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Ley N° 16.744. Ley de Protección al empleo. Sólo debe evaluarse la siniestralidad efectiva de las entidades empleadoras que al 1° de julio del año en que se realice la evaluación, hayan estado adheridas a alguna entidad administradora de la Ley N° 16.744 o tengan la calidad de administraciones delegadas, por un lapso…
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Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Fiscalización de los contratos de trabajo de los ejecutivos y gerentes de la administración superior de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.