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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Circular · SUSESO

N° 2952 de 2013

25 sep 2013

Prestaciones médicas

Lo que resuelve

Plazo vence el 4 de octubre de 2013

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Destinatario

Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744

Texto completo

AU08-2013-04750

Superintendencia de Seguridad

Social

Gobierno de Chile

CIRCULAR N° 2952

SANTIAGO, 25 SEP 2013

SEGURO LEY N°16.744. SOLICITA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE

A LOS AÑOS 2010,2011, 2012 Y 1° SEMESTRE de 2013, A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744

Esta Superintendencia, en uso de las facultades fiscalizadoras que le confierenlas leyesNºs 16.395y 16.744, ha estimado necesario solicitar a las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744, que remitan información referida a las prestaciones médicas, económicas y preventivas de riesgos que han otorgado y los gastos asociadosa cada una de ellas, durante los años 2010,2011,2012 y primer semestre de 2013, para lo cual se imparten las siguientes instrucciones.

1. Información solicitada

Las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 deberán remitir información de carácter mensual referente a prestaciones: i) Médicas, ii) Económicas y iii) Preventivas de Riesgos. Eldetalle de los campos solicitadosse presentan en el Anexo adjunto, denominado "ANEXo, REQUERIMIENTO INFORMACIÓN, PRESTACIONES i) MEDICAS ii) ECONOMICAS y iii) PREVENTIVAS DE RIESGOS". La información solicitada es histórica, con cortes mensuales. Los períodos solicitados corresponden desde enero de2010 hasta junio de 2013.

2. Medios de trasmisión de la información

Las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 deberán enviar la información requerida en un soporte electrónico CD-ROM, adjunto a un oficio conductor en el que se deberá consignar el nombre, teléfono y correo electrónico del contacto técnico responsable de la elaboración del archivo, a efectos de poder realizar las consultas que correspondan.

Para efectos de la operatividad del envío y consultas conceptuales respecto al llenado dela información, las Mutualidades de Empleadorespodrán contactarse mediante los siguientes correos electrónicos: [correo reservado] o [correo reservado].

3. Plazo

El plazo máximo para remitir la información requerida en la presente Circular, será el 4 de Octubre del presente año.

Saluda atentamente a Ud.

LLI lu Soti 3alodewa

SUP MARÍA JOSE ZALDÍVAR LARRAÍN

SUPERINTENDENTA

"SUPERINTENDENTE"

CSM/ETS

DISTRIBUCIÓN

- Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744 (Adjunta Anexo) - Oficina de Partes (Adjunta Anexo) - Archivo Central (Adjunta Anexo)

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