Circular · SUSESO
N° 3137 de 2015
3 ago 2015
Lo que resuelve
Complementa Circular N° 3077
Destinatario
Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744
Texto completo
AU08-2011-04366
Superintendencia
Social de Seguridad
Gobierno de Chile CIRCULAR N° 3137
SANTIAGO, -3 AGO 2015
MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 3.077, RELATIVA A LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744, BAJO NORMAS IFRS.
Esta Superintendencia, en uso de las facultades fiscalizadoras que le confieren las Leyes N°s. 16.395 y 16.744 ha estimado necesario impartir las siguientes instrucciones relativas a la imputación y revelación de los gastos incurridos en proyectos de investigación e innovación tecnológica, a las revelaciones de los activos financieros a costo amortizado, de los activos financieros a valor razonable y de los capitales representativos de pensiones. 1.- Incorpórese como último párrafo en el ítem 21110 “Provisiones" el siguiente:
“También se debe incluir en este ítem la provisión por los recursos que se destinen para realizar Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológica, siempre y cuando la realización de tales proyectos esté debidamente documentada, ya sea mediante la suscripción de un contrato de prestación de servicios destinado al efecto u otro acto con validez legal, que garanticen su realización.". 2.- Agréguese en el ítem 42050 "Prestaciones preventivas de riesgos”, al final del primer párrafo y antes de su punto final, la frase ", y la provisión por los Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológica incluida en el ítem 21110 "Provisiones". 3.- Agréguese en la NOTA 49 "PRESTACIONES PREVENTIVAS DE RIESGOS", el cuadro siguiente:
"PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA (En miles de pesos)
AI DD/MM/AAX1 AI DD/MM/AAX0
Gasto Real Provisión Total Gasto Real Provisión Total
Proyectos de Investigación:
Detallar cada proyecto de investigación
Subtotal Proyectos de Investigación
Proyectos de Innovación Tecnológica:
Detallar cada proyecto de innovación tecnológica
Subtotal Proyectos de Innovación Tecnológica
Total Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológica
” 4.- En los cuadros de la NOTA 7 "ACTIVOS FINANCIEROS A COSTO AMORTIZADO", numerales 1.a) "Inversiones financieras.... (nombre de la cartera.....", 1.b) “Inversiones vencidas y no pagadas...(ombre de la cartera)…………", 2.a) "Inversiones financieras...…. (nombre de la cartera).…" y siguientes, insértense, entre las columnas "Capital M$" e "Intereses devengados M$", la columna "Reajustes M$" y la columna "Variación tipo de cambio M$". 5.- En los cuadros de la NOTA 8 "ACTIVOS FINANCIEROS A VALOR RAZONABLE", numerales 1.a) “Inversiones financieras..... (nombre de la cartera.....", 1.b) "Inversiones vencidas y no pagadas....(nombre de la cartera)....….", 2.a) "Inversiones financieras..... (nombre de la cartera).." y siguientes, insértense, entre las columnas "Capital M$" e "Intereses devengados M$", la columna "Reajustes M$" y la columna "Variación tipo de cambio M$".
6. En la NOTA 40 "FONDO DE CONTINGENCIA" reemplazase el Cuadro "COMPOSICIÓN DE LOS CAPITALES REPRESENTATIVOS VIGENTES", por el siguiente:
"COMPOSICIÓN DE LOS CAPITALES REPRESENTATIVOS VIGENTES Y EN TRÁMITE
Conceptos DD/MM/AAX1 31/12/AAX0
M$ M$
Capitales vigentes y en trámite constituidos normalmente
Capitales vigentes y en trámite constituidos por incrementos extraordinarios
TOTAL DE CAPITALES REPRESENTATIVOS VIGENTES Y EN TRÁMITE
” 7.- Las presentes instrucciones entran en vigencia a contar de la fecha de emisión de esta Circular. Saluda atentamente a Ud., DE 0 S
SUP
"SUPERINTENDENTE"
CLAUDIOREYÉS BARRIENTOS
SUPERINTENDENTE
FFAI ETS/PGO
DISTRIBUCIÓN:
- Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744 - Oficina de Partes - Archivo Central
Otros pronunciamientos sobre seguro escolar
Dictamen SUSESO N° O-01-ISESAT-00173-2026, de 13.01.2026
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Accidente escolar. Responde consultas sobre sobre la cobertura y reembolso de gastos de traslado del seguro escolar (incluyendo traslados rurales y combustible/peajes), y sobre asignaciones de recursos a municipalidades por accidentes escolares.
Dictamen SUSESO N° 153897-2025, de 07.11.2025
Seguro laboral (Ley 16.744)
Seguro Escolar. El Servicio de Salud es quien debe arbitrar las medidas conducentes a que en el evento de un accidente escolar, quien se accidentó reciba todas las atenciones a que tiene derecho. No puede permitir que situaciones como desprotección por falta de la adecuada coordinación y disposición de sus servicios…
Dictamen SUSESO N° 78628-2025, de 06.06.2025
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Seguro Escolar. Si existe una indicación médica de práctica deportiva, que incluye la precripción de una prótesis deportiva, considerando los diagnósticos del paciente, ella debe ser proporcionada por el Servcio de Salud involucrado. Los requerimientos de una prótesis para realizar deporte son…
Dictamen SUSESO N° 40983-2025, de 28.03.2025
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Accidente escolar. Si un infortunio constituye un accidente escolar, el Servicio de Salud debe revisar la situación y proceder a coordinar la realización del procedimiento médico o quirúrgico que se requiera. En la medida que los establecimientos de salud de la dependencia del Servicio de Salud…
Dictamen SUSESO N° O-01-ISESAT-02670-2024, de 15.11.2024
Seguro laboral (Ley 16.744)
DS 313. Cobertura de los alumnos en práctica profesional.