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Circular 3854
Seguro laboral (Ley 16.744)
Lo que resuelve
Vigencia desde su publicación
Destinatario
ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY No 16.744 Y EMPRESAS CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA
Normas citadas
- Ley N° 16.395, artículos 2, 3, 30, 38 letra d)
- Ley N° 16744, artículos 12 y 74
- Ley N° 21.643, artículo 6°
Texto
CIRCULAR N° 3854
Santiago, 22 / 01 / 2025
Correlativo Interno N° O-4548-2025
MATERIA:
REPORTE Y REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LAS DENUNCIAS POR ACOSO SEXUAL,
LABORAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO Y DE LAS ACCIONES Y/O MEDIDAS
ADOPTADAS POR EL EMPLEADOR
IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y EMPRESAS
CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA Y MODIFICA LOS TÍTULOS I Y II DEL LIBRO IV.
PRESTACIONES PREVENTIVAS Y EL TITULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE
INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL
SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
DE LA LEY N°16.744
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
PAMELA ALEJANDRA GANA CORNEJO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
MCM/ RAM/ MFR/ JCC/ ASA/
DISTRIBUCIÓN:
ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY Nº 16.744 Y EMPRESAS CON
ADMINISTRACIÓN DELEGADA
Notificado Electrónicamente
Código QR
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.799
Verifique el documento en www.suseso.cl utilizando el siguiente código de verificación: b016ff0d-a0a6-406a-1071267 o mediante el
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AU08- 2019-03251
O-4548-2025
REPORTE Y REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LAS DENUNCIAS POR ACOSO SEXUAL,
LABORAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO Y DE LAS ACCIONES Y/O MEDIDAS
ADOPTADAS POR EL EMPLEADOR
IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y EMPRESAS
CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA Y MODIFICA LOS TÍTULOS I Y II DEL LIBRO IV.
PRESTACIONES PREVENTIVAS Y EL TITULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE
INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS
DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744
La Superintendencia de Seguridad Social, en uso de las facultades que le confieren los artículos 2°,
3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395, lo dispuesto en los artículos 12 y 74 de la Ley N°16.744 y lo
establecido en el artículo 6° de la Ley N°21.643, ha estimado necesario modificar el Libro IV.
Prestaciones preventivas del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744, con la finalidad de incorporar las directrices a los
organismos administradores y las empresas con administración delegada, para el reporte y registro
de información de las denuncias por acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo y de las acciones
y/o medidas adoptadas por los empleadores, en el marco de las actividades de vigilancia destinadas
a la prevención de riesgos laborales.
I.
INCORPÓRASE EN LA LETRA A DEL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS
ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS, DEL LIBRO IV.
PRESTACIONES PREVENTIVAS, EL SIGUIENTE NÚMERO 12 NUEVO:
“12. Reporte y registro de la cantidad de denuncias por acoso laboral, sexual o violencia en el
trabajo, presentadas en los lugares de trabajo, tanto del sector público como privado, además
del tipo de acciones y/o medidas adoptadas por parte de los empleadores en cada una de ellas,
de conformidad a lo establecido en Ley N°21.643 y las instrucciones de este Compendio.
a) Los organismos administradores deberán difundir entre sus entidades empleadoras
adheridas o afiliadas, la obligación de proporcionarles la información sobre la cantidad de
denuncias presentadas por acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo, así como las
acciones y/o medidas adoptadas en cada una de las denuncias.
Asimismo, deberán informar a los empleadores el mecanismo para la remisión de la
información de acuerdo al formato establecido en el Anexo N°67 “Informe denuncia Ley
Karin a organismo administrador”.
Respecto del tipo de acciones y/o medidas, los organismos administradores deberán
requerir a los empleadores la información necesaria de cada denuncia presentada y
clasificada por materia, a fin de realizar el seguimiento de las acciones y/o medidas, así
como de las actividades de vigilancia destinadas a la prevención de los riesgos laborales.
Las medidas podrán ser las previstas en la normativa vigente, tales como, proporcionar a la
persona denunciante atención psicológica temprana, a través de los programas que dispone
el organismo administrador respectivo de la Ley N°16.744, separación de espacios físicos,
suspensión de labores, traslado de puesto de trabajo, la redistribución del tiempo de la
jornada, trabajo remoto y/o teletrabajo, entre otros.
El plazo que el organismo administrador fije para la entrega de la información por parte de
los empleadores, debe permitir que el registro de los datos se almacene de manera
continua, periódica y actualizadamente, por lo que no podrá exceder de 5 días hábiles,
contados desde que el empleador haya tomado conocimiento de la presentación de la
denuncia.
El primer reporte que deban entregar los empleadores al organismo administrador
respectivo, deberá contener los datos de las denuncias presentadas desde el 3 de enero del
año 2025.
b) Para el registro de la información antes señalada, los organismos administradores deberán
habilitar un sistema o plataforma que les permita almacenar, mantener y extraer de manera
oportuna y actualizada dicha información.
c) La información antes señalada, deberá ser reportada al sistema GRIS de la Superintendencia
de Seguridad Social, de acuerdo a lo instruido en el Título II del Libro IX. Sistemas de
información. Informes y reportes, en forma acumulada, mensualmente, de conformidad a
2
las atribuciones del inciso cuarto del artículo 35 de la Ley N°16.395. Además, se deberá
reportar de manera consolidada, semestralmente, durante la primera semana de los meses
de julio y enero de cada año. Lo anterior, sin perjuicio de reportes parciales o informaciones
específicas que pueda solicitar la Superintendencia en el ejercicio de las facultades que le
reconoce la Ley N°16.395.
d) Los organismos administradores deberán elaborar un plan de vigilancia y seguimiento de
las medidas de resguardo adoptadas e informadas por parte de los empleadores.
En caso de verificarse, en el marco de las actividades de seguimiento, que el empleador no
ha cumplido con las medidas preventivas establecidas en la Ley N°21.643, el organismo
administrador deberá prescribir, prestar la asistencia técnica y realizar las intervenciones
que procedan para que el empleador implemente efectivamente las medidas preventivas y
correctivas que correspondan.
e) Los organismos administradores deberán adoptar las medidas necesarias para que en todo
momento se resguarde la confidencialidad de la información recibida.
Las empresas con administración delegada deberán, igualmente, remitir a la Superintendencia
de Seguridad Social, la información sobre las denuncias presentadas en los lugares de trabajo
y las acciones y/o medidas adoptadas en cada una de ellas, así como realizar el seguimiento del
cumplimiento de las acciones y/o medidas adoptadas.”.
II.
MODIFÍCASE LA LETRA F DEL TÍTULO I. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS DEL
LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
Incorpórase en el encabezado, el siguiente número 5 nuevo:
“5. Informar a su organismo administrador de manera continua, actualizada y periódicamente,
las denuncias que le han sido presentadas en los lugares de trabajo en materia de acoso
laboral, sexual o de violencia en el trabajo, además del tipo de acciones y/o medidas
adoptadas en cada una de ellas, independientemente, que hayan sido presentadas
directamente ante ese empleador, a la Dirección del Trabajo o a la Contraloría General de
la República.
Para informar las acciones y medidas adoptadas en cada denuncia presentada, el empleador
deberá reportar los datos y clasificación necesaria que le permitan al organismo
administrador realizar el seguimiento de dichas acciones y medidas, así como las actividades
de vigilancia destinadas a la prevención de los riesgos específicos. Respecto del tipo de
acciones y/o medidas, deberán ser informadas con la clasificación requerida por el
organismo administrador o administrador delegado.
Los empleadores deberán tomar las medidas necesarias para que la entrega de la
información a los organismos administradores se realice resguardando la confidencialidad
de los datos del o de la denunciante.”.
III.
INCORPÓRASE EN LA LETRA K. ANEXOS, DEL TÍTULO II DEL LIBRO IV. PRESTACIONES
PREVENTIVAS, EL ANEXO N°67: INFORME DENUNCIA LEY KARIN A ORGANISMO
ADMINISTRADOR”.
IV.
MODIFÍCASE EL TÍTULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES,
DEL SIGUIENTE MODO:
1. Incorpórase en la Letra B. Modelo de reporte, en la tabla del número 1, entre los Archivos
“A07” y "I01", la siguiente fila:
3
Archivo “A08”: Trabajadores(as) que
presentan una denuncia por Ley
N°21.643 (Ley Karin)
Corresponde a un archivo plano que deberá
contener el detalle de las denuncias por Ley
N°21.643 (Ley Karin), según lo definido en el
número 12, Letra A, Título II, Libro IV.
2. Modifícase la Letra C. Anexos, del siguiente modo:
a) Incorpórase en el Anexo N°29 “Detalle de los archivos y campos del sistema GRIS”, el
archivo “8. Archivo A08”, contenido en el Anexo N°1 que se adjunta a esta circular.
b) Incorpórase en el Anexo N°31 “Calendario de envío de los archivos del sistema GRIS”, en
la tabla de la letra “A. Envío de archivos planos”, la siguiente fila:
A08
Mensual,
semestral
Mes anterior al
envío de la
información
Hasta el día 15 del mes siguiente a la fecha de
cierre del respectivo mes o semestre.
c) Incorpórase en el Anexo N°44 “Listado de dominios del sistema GRIS”, la Tabla N°96
contenida en el Anexo N°1 de esta circular.
V.
VIGENCIA
Las instrucciones contenidas en la presente circular entrarán en vigencia a partir de la fecha de
su publicación. El primer reporte a que se refiere la letra c) del numeral 12, de la letra A, del
Título II, del Libro IV del Compendio de normas del Seguro Social de la Ley N° 16.744, deberá
realizarse el 15 de abril de 2025.
PAMELA GANA CORNEJO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
4
ANEXO N°1
MODIFICA EL ANEXO N°29 “DETALLE DE LOS ARCHIVOS Y CAMPOS DEL SISTEMA GRIS” Y EL
ANEXO N°44 “LISTADO DE DOMINIOS DEL SISTEMA GRIS”, DE LA LETRA C, TITULO II, LIBRO IX.
1. Incorpora en el Anexo N°29, el siguiente archivo:
8. Archivo A08
Nombre : A08
Referencia : Trabajadores(as) que presentan una denuncia por Ley N°21.643 (Ley Karin)
Sistema : Afiliados
Periodicidad : Mensual
Entidad reportadora : Mutualidades, ISL, Empresas con Administración Delegada
Definición:
Corresponde a un archivo plano que deberá contener el detalle de las denuncias por Ley N°21.643
(Ley Karin), según lo definido en el número 12 de la Letra A, Título II, Libro IV.
El archivo deberá contener el stock del detalle de las denuncias por Ley N° 21.643 (Ley Karin)
registradas hasta el período de reporte.
Los campos solicitados y el formato requerido por la Superintendencia de Seguridad Social se
presentan a continuación.
Tabla de
dominio
N° Nombre campo
Descripción
Tipo de dato Ejemplo
1
RUT empresa
RUT del empleador actual.
Texto (11)
956689789999999995
9
2
Razón social
Razón social de la empresa.
Texto (120)
Alimentos
Tissu
3
Comuna empresa
Comuna en la que está ubicada la
Casa Matriz.
Texto (5)
13120
6
4
CUV
Indicar el Código Único de
Vigilancia (CUV) para aquellos
centros de trabajo que lo tengan
registrado. En caso que el centro
de trabajo no tenga CUV, este
campo se debe reportar vacío.
Número (20) 555555
-
5
Nombre del centro Indicar el nombre del centro de
de trabajo
trabajo.
Texto (80)
Sucursal
Quilicura
-
6
Dirección del
centro de trabajo
Texto (80)
Los
Maitenes
421
-
Indicar la dirección del centro de
trabajo.
5
7
Código de comuna del centro de
Comuna del centro
trabajo. Ver tabla de dominio
de trabajo
correspondiente.
Texto(5)
1101
6
8
RUT trabajador
Texto (11)
Identificador del trabajador.
15677991999999999Corresponde al RUT del trabajador.
K
9
9
Nombres del
trabajador
Corresponde a los nombres del
trabajador(a).
Texto (80)
Gabriela
Andrea
-
10
Apellido paterno
del trabajador
Corresponde al apellido paterno
del trabajador (a).
Texto (80)
Mistral
-
11
Apellido materno
del trabajador
Corresponde al apellido materno
del trabajador (a).
Texto (80)
Contreras
-
12 Sexo del trabajador
Sexo del trabajador(a). Ver tabla
de dominio correspondiente.
Texto (1)
1
3
13
Fecha en que
Corresponde a la fecha en que
ocurrió el incidente ocurrió el incidente.
Número (8)
20241001
AAAAMMDD
-
14
Corresponde a la comuna en que
Comuna en que
ocurrió el incidente. Ver tabla de
ocurrió el incidente
dominio correspondiente.
Texto (5)
13120
6
1
22
Presenta denuncia
15 en la Dirección del
Trabajo
Señala si se presenta o no
denuncia en la Dirección del
trabajo. Ver tabla de dominio
correspondiente.
Texto (1)
Fecha en que se
presentó la
16 denuncia en la
Dirección del
Trabajo
Corresponde a la fecha en que se
presentó la denuncia en la
Dirección del Trabajo.
Número (8)
20241001
AAAAMMDD
Presenta denuncia
en la Contraloría
17
General de la
República
Señala si se presenta o no
denuncia en la Contraloría General
Texto (1)
de la República. Ver tabla de
dominio correspondiente.
Fecha en que se
presentó la
18
denuncia en la
Contraloría
Corresponde a la fecha en que se
presentó la denuncia en la
Contraloría General de la
República.
Presenta denuncia
19 frente a la Entidad
empleadora
Señala si se presenta o no
denuncia en la Entidad
Texto (1)
empleadora. Ver tabla de dominio
correspondiente.
1
Número (8)
20241001
AAAAMMDD
1
Fecha en que se
Corresponde a la fecha en que se
presentó la
Número (8)
20
presentó la denuncia en la Entidad
20241001
denuncia la Entidad
AAAAMMDD
empleadora.
empleadora
-
22
-
22
-
6
21 Tipo de denuncia
Corresponde al tipo de denuncia.
Ver tabla de dominio
correspondiente.
Texto (1)
1
95
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue la separación de
22 Separación de
espacios físicos. Ver tabla de
espacios físicos
dominio correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue la suspensión de
23 Suspensión
labores. Ver tabla de dominio
de labores
correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue el traslado del
24 Traslado de
puesto de trabajo. Ver tabla de
puesto de trabajo
dominio correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue la redistribución del
Redistribución del
25
tiempo
Texto (1)
tiempo
de la jornada. Ver tabla de dominio
de la jornada
correspondiente.
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue la atención
Atención
26
psicológica
psicológica
temprana. Ver tabla de dominio
temprana
correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue el trabajo remoto
27 Trabajo remoto
y/o teletrabajo. Ver tabla de
y/o teletrabajo
dominio correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si se adoptaron otras
Medida Adoptada:
medidas. Ver tabla de dominio
Otras
correspondiente.
Texto (1)
1
22
28
2. Incorpora en el Anexo N°44 “Listado de dominios del sistema GRIS”, la siguiente tabla:
Tabla N° 96
Campo
Tipo de denuncia
Código
Descripción
1
Acoso Laboral
2
Acoso Sexual
3
Violencia en el Trabajo
7
ANEXO N°67. INFORME DENUNCIA LEY KARIN A ORGANISMO ADMINISTRADOR
INFORME DENUNCIA LEY KARIN A ORGANISMO ADMINISTRADOR
Antecedentes reporte
Organismo
Administrador
Fecha de emisión del documento
Antecedentes del empleador
RUT empresa
Razón Social
Región empresa
Comuna empresa
Nombre del centro de
trabajo
Dirección del centro de
trabajo
Comuna del centro de
trabajo
Nombre del
trabajador(a)
Sexo del Trabajador(a)
Antecedentes del trabajador(a)
RUT trabajador(a)
Antecedentes del caso
8
Fecha en que ocurrió el
incidente
Región en que ocurrió
el incidente
Comuna en que ocurrió
el incidente
Indicar si el trabajador
presentó la denuncia en Si
la Dirección del Trabajo
No
Fecha en que se presentó la denuncia en
la Dirección del Trabajo
Indicar si el trabajador
presentó la denuncia en Si
la Contraloría
No
Fecha en que se presentó la denuncia en
la Contraloría
Indicar si el trabajador
presentó la denuncia
frente a la Entidad
empleadora
Si
No
Fecha en que se presentó la denuncia al
empleador
Tipo Denuncia
Acoso Laboral
Acoso Sexual
Separación de
espacios físicos
Suspensión
de labores
Trabajo remoto
y/o teletrabajo
Otras
Violencia en el Trabajo
Traslado de
puesto de trabajo
Redistribución del
tiempo
de la jornada
Atención psicológica
temprana
Medidas Adoptadas
Especificar:_______________________
9
INSTRUCCIONES DE LLENADO
Antecedentes Reporte
Organismo Administrador: Indicar nombre del Organismo Administrador o Administración Delegada al que pertenece la Entidad empleadora
Fecha de Emisión: Indicar el día, mes y el año en que se completó este formulario (dd-mm-aaaa).
Antecedentes del Empleador
RUT Empleador: Indicar el RUT de la entidad empleadora.
Razón Social: Indicar el nombre de la entidad empleadora (evite el uso de siglas y abreviaturas).
Región empresa: Indicar la región de la casa matriz de la entidad empleadora.
Comuna empresa: Indicar la comuna de la casa matriz de la entidad empleadora.
Nombre del centro de trabajo: Indicar el nombre del centro de trabajo.
Dirección del centro de trabajo: Indicar la dirección del centro de trabajo.
Comuna del centro de trabajo: Indicar la comuna del centro de trabajo.
Antecedentes del Trabajador(a)
RUT Trabajador(a): Indicar el RUT del trabajador(a).
Nombre del trabajador(a) : Indicar el nombre completo del trabajador(a).
Sexo del Trabajador(a): Indicar el sexo del trabajador(a).
Antecedentes del Caso
Fecha en que ocurrió el incidente: Indicar la fecha en que ocurrió el incidente (dd-mm-aaaa).
Región en que ocurrió el incidente: Indicar la región en que ocurrió el incidente.
10
Comuna en que ocurrió el incidente: Indicar la comuna en que ocurrió el incidente.
Fecha en que se presentó la denuncia en la Dirección del Trabajo: Indicar la fecha en que se presentó la denuncia en la Dirección del Trabajo (dd-mm-aaaa). En caso de no
existir denuncia se debe reportar vacío.
Fecha en que se presentó la denuncia en la Contraloría: Indicar la fecha en que se presentó la denuncia en la Contraloría (dd-mm-aaaa). En caso de no existir denuncia se
debe reportar vacío.
Fecha en que se presentó la denuncia al empleador: Indicar la fecha en que se presentó la denuncia al empleador (dd-mm-aaaa). En caso de no existir denuncia se debe
reportar vacío.
11
Santiago, 22 / 01 / 2025
Correlativo Interno N° O-4548-2025
MATERIA:
REPORTE Y REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LAS DENUNCIAS POR ACOSO SEXUAL,
LABORAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO Y DE LAS ACCIONES Y/O MEDIDAS
ADOPTADAS POR EL EMPLEADOR
IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y EMPRESAS
CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA Y MODIFICA LOS TÍTULOS I Y II DEL LIBRO IV.
PRESTACIONES PREVENTIVAS Y EL TITULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE
INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL
SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
DE LA LEY N°16.744
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
PAMELA ALEJANDRA GANA CORNEJO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
MCM/ RAM/ MFR/ JCC/ ASA/
DISTRIBUCIÓN:
ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY Nº 16.744 Y EMPRESAS CON
ADMINISTRACIÓN DELEGADA
Notificado Electrónicamente
Código QR
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.799
Verifique el documento en www.suseso.cl utilizando el siguiente código de verificación: b016ff0d-a0a6-406a-1071267 o mediante el
Código QR plasmado en el costado inferior izquierdo de este dictamen.
AU08- 2019-03251
O-4548-2025
REPORTE Y REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LAS DENUNCIAS POR ACOSO SEXUAL,
LABORAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO Y DE LAS ACCIONES Y/O MEDIDAS
ADOPTADAS POR EL EMPLEADOR
IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y EMPRESAS
CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA Y MODIFICA LOS TÍTULOS I Y II DEL LIBRO IV.
PRESTACIONES PREVENTIVAS Y EL TITULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE
INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS
DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744
La Superintendencia de Seguridad Social, en uso de las facultades que le confieren los artículos 2°,
3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395, lo dispuesto en los artículos 12 y 74 de la Ley N°16.744 y lo
establecido en el artículo 6° de la Ley N°21.643, ha estimado necesario modificar el Libro IV.
Prestaciones preventivas del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744, con la finalidad de incorporar las directrices a los
organismos administradores y las empresas con administración delegada, para el reporte y registro
de información de las denuncias por acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo y de las acciones
y/o medidas adoptadas por los empleadores, en el marco de las actividades de vigilancia destinadas
a la prevención de riesgos laborales.
I.
INCORPÓRASE EN LA LETRA A DEL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS
ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS, DEL LIBRO IV.
PRESTACIONES PREVENTIVAS, EL SIGUIENTE NÚMERO 12 NUEVO:
“12. Reporte y registro de la cantidad de denuncias por acoso laboral, sexual o violencia en el
trabajo, presentadas en los lugares de trabajo, tanto del sector público como privado, además
del tipo de acciones y/o medidas adoptadas por parte de los empleadores en cada una de ellas,
de conformidad a lo establecido en Ley N°21.643 y las instrucciones de este Compendio.
a) Los organismos administradores deberán difundir entre sus entidades empleadoras
adheridas o afiliadas, la obligación de proporcionarles la información sobre la cantidad de
denuncias presentadas por acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo, así como las
acciones y/o medidas adoptadas en cada una de las denuncias.
Asimismo, deberán informar a los empleadores el mecanismo para la remisión de la
información de acuerdo al formato establecido en el Anexo N°67 “Informe denuncia Ley
Karin a organismo administrador”.
Respecto del tipo de acciones y/o medidas, los organismos administradores deberán
requerir a los empleadores la información necesaria de cada denuncia presentada y
clasificada por materia, a fin de realizar el seguimiento de las acciones y/o medidas, así
como de las actividades de vigilancia destinadas a la prevención de los riesgos laborales.
Las medidas podrán ser las previstas en la normativa vigente, tales como, proporcionar a la
persona denunciante atención psicológica temprana, a través de los programas que dispone
el organismo administrador respectivo de la Ley N°16.744, separación de espacios físicos,
suspensión de labores, traslado de puesto de trabajo, la redistribución del tiempo de la
jornada, trabajo remoto y/o teletrabajo, entre otros.
El plazo que el organismo administrador fije para la entrega de la información por parte de
los empleadores, debe permitir que el registro de los datos se almacene de manera
continua, periódica y actualizadamente, por lo que no podrá exceder de 5 días hábiles,
contados desde que el empleador haya tomado conocimiento de la presentación de la
denuncia.
El primer reporte que deban entregar los empleadores al organismo administrador
respectivo, deberá contener los datos de las denuncias presentadas desde el 3 de enero del
año 2025.
b) Para el registro de la información antes señalada, los organismos administradores deberán
habilitar un sistema o plataforma que les permita almacenar, mantener y extraer de manera
oportuna y actualizada dicha información.
c) La información antes señalada, deberá ser reportada al sistema GRIS de la Superintendencia
de Seguridad Social, de acuerdo a lo instruido en el Título II del Libro IX. Sistemas de
información. Informes y reportes, en forma acumulada, mensualmente, de conformidad a
2
las atribuciones del inciso cuarto del artículo 35 de la Ley N°16.395. Además, se deberá
reportar de manera consolidada, semestralmente, durante la primera semana de los meses
de julio y enero de cada año. Lo anterior, sin perjuicio de reportes parciales o informaciones
específicas que pueda solicitar la Superintendencia en el ejercicio de las facultades que le
reconoce la Ley N°16.395.
d) Los organismos administradores deberán elaborar un plan de vigilancia y seguimiento de
las medidas de resguardo adoptadas e informadas por parte de los empleadores.
En caso de verificarse, en el marco de las actividades de seguimiento, que el empleador no
ha cumplido con las medidas preventivas establecidas en la Ley N°21.643, el organismo
administrador deberá prescribir, prestar la asistencia técnica y realizar las intervenciones
que procedan para que el empleador implemente efectivamente las medidas preventivas y
correctivas que correspondan.
e) Los organismos administradores deberán adoptar las medidas necesarias para que en todo
momento se resguarde la confidencialidad de la información recibida.
Las empresas con administración delegada deberán, igualmente, remitir a la Superintendencia
de Seguridad Social, la información sobre las denuncias presentadas en los lugares de trabajo
y las acciones y/o medidas adoptadas en cada una de ellas, así como realizar el seguimiento del
cumplimiento de las acciones y/o medidas adoptadas.”.
II.
MODIFÍCASE LA LETRA F DEL TÍTULO I. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS DEL
LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
Incorpórase en el encabezado, el siguiente número 5 nuevo:
“5. Informar a su organismo administrador de manera continua, actualizada y periódicamente,
las denuncias que le han sido presentadas en los lugares de trabajo en materia de acoso
laboral, sexual o de violencia en el trabajo, además del tipo de acciones y/o medidas
adoptadas en cada una de ellas, independientemente, que hayan sido presentadas
directamente ante ese empleador, a la Dirección del Trabajo o a la Contraloría General de
la República.
Para informar las acciones y medidas adoptadas en cada denuncia presentada, el empleador
deberá reportar los datos y clasificación necesaria que le permitan al organismo
administrador realizar el seguimiento de dichas acciones y medidas, así como las actividades
de vigilancia destinadas a la prevención de los riesgos específicos. Respecto del tipo de
acciones y/o medidas, deberán ser informadas con la clasificación requerida por el
organismo administrador o administrador delegado.
Los empleadores deberán tomar las medidas necesarias para que la entrega de la
información a los organismos administradores se realice resguardando la confidencialidad
de los datos del o de la denunciante.”.
III.
INCORPÓRASE EN LA LETRA K. ANEXOS, DEL TÍTULO II DEL LIBRO IV. PRESTACIONES
PREVENTIVAS, EL ANEXO N°67: INFORME DENUNCIA LEY KARIN A ORGANISMO
ADMINISTRADOR”.
IV.
MODIFÍCASE EL TÍTULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES,
DEL SIGUIENTE MODO:
1. Incorpórase en la Letra B. Modelo de reporte, en la tabla del número 1, entre los Archivos
“A07” y "I01", la siguiente fila:
3
Archivo “A08”: Trabajadores(as) que
presentan una denuncia por Ley
N°21.643 (Ley Karin)
Corresponde a un archivo plano que deberá
contener el detalle de las denuncias por Ley
N°21.643 (Ley Karin), según lo definido en el
número 12, Letra A, Título II, Libro IV.
2. Modifícase la Letra C. Anexos, del siguiente modo:
a) Incorpórase en el Anexo N°29 “Detalle de los archivos y campos del sistema GRIS”, el
archivo “8. Archivo A08”, contenido en el Anexo N°1 que se adjunta a esta circular.
b) Incorpórase en el Anexo N°31 “Calendario de envío de los archivos del sistema GRIS”, en
la tabla de la letra “A. Envío de archivos planos”, la siguiente fila:
A08
Mensual,
semestral
Mes anterior al
envío de la
información
Hasta el día 15 del mes siguiente a la fecha de
cierre del respectivo mes o semestre.
c) Incorpórase en el Anexo N°44 “Listado de dominios del sistema GRIS”, la Tabla N°96
contenida en el Anexo N°1 de esta circular.
V.
VIGENCIA
Las instrucciones contenidas en la presente circular entrarán en vigencia a partir de la fecha de
su publicación. El primer reporte a que se refiere la letra c) del numeral 12, de la letra A, del
Título II, del Libro IV del Compendio de normas del Seguro Social de la Ley N° 16.744, deberá
realizarse el 15 de abril de 2025.
PAMELA GANA CORNEJO
SUPERINTENDENTA DE SEGURIDAD SOCIAL
4
ANEXO N°1
MODIFICA EL ANEXO N°29 “DETALLE DE LOS ARCHIVOS Y CAMPOS DEL SISTEMA GRIS” Y EL
ANEXO N°44 “LISTADO DE DOMINIOS DEL SISTEMA GRIS”, DE LA LETRA C, TITULO II, LIBRO IX.
1. Incorpora en el Anexo N°29, el siguiente archivo:
8. Archivo A08
Nombre : A08
Referencia : Trabajadores(as) que presentan una denuncia por Ley N°21.643 (Ley Karin)
Sistema : Afiliados
Periodicidad : Mensual
Entidad reportadora : Mutualidades, ISL, Empresas con Administración Delegada
Definición:
Corresponde a un archivo plano que deberá contener el detalle de las denuncias por Ley N°21.643
(Ley Karin), según lo definido en el número 12 de la Letra A, Título II, Libro IV.
El archivo deberá contener el stock del detalle de las denuncias por Ley N° 21.643 (Ley Karin)
registradas hasta el período de reporte.
Los campos solicitados y el formato requerido por la Superintendencia de Seguridad Social se
presentan a continuación.
Tabla de
dominio
N° Nombre campo
Descripción
Tipo de dato Ejemplo
1
RUT empresa
RUT del empleador actual.
Texto (11)
956689789999999995
9
2
Razón social
Razón social de la empresa.
Texto (120)
Alimentos
Tissu
3
Comuna empresa
Comuna en la que está ubicada la
Casa Matriz.
Texto (5)
13120
6
4
CUV
Indicar el Código Único de
Vigilancia (CUV) para aquellos
centros de trabajo que lo tengan
registrado. En caso que el centro
de trabajo no tenga CUV, este
campo se debe reportar vacío.
Número (20) 555555
-
5
Nombre del centro Indicar el nombre del centro de
de trabajo
trabajo.
Texto (80)
Sucursal
Quilicura
-
6
Dirección del
centro de trabajo
Texto (80)
Los
Maitenes
421
-
Indicar la dirección del centro de
trabajo.
5
7
Código de comuna del centro de
Comuna del centro
trabajo. Ver tabla de dominio
de trabajo
correspondiente.
Texto(5)
1101
6
8
RUT trabajador
Texto (11)
Identificador del trabajador.
15677991999999999Corresponde al RUT del trabajador.
K
9
9
Nombres del
trabajador
Corresponde a los nombres del
trabajador(a).
Texto (80)
Gabriela
Andrea
-
10
Apellido paterno
del trabajador
Corresponde al apellido paterno
del trabajador (a).
Texto (80)
Mistral
-
11
Apellido materno
del trabajador
Corresponde al apellido materno
del trabajador (a).
Texto (80)
Contreras
-
12 Sexo del trabajador
Sexo del trabajador(a). Ver tabla
de dominio correspondiente.
Texto (1)
1
3
13
Fecha en que
Corresponde a la fecha en que
ocurrió el incidente ocurrió el incidente.
Número (8)
20241001
AAAAMMDD
-
14
Corresponde a la comuna en que
Comuna en que
ocurrió el incidente. Ver tabla de
ocurrió el incidente
dominio correspondiente.
Texto (5)
13120
6
1
22
Presenta denuncia
15 en la Dirección del
Trabajo
Señala si se presenta o no
denuncia en la Dirección del
trabajo. Ver tabla de dominio
correspondiente.
Texto (1)
Fecha en que se
presentó la
16 denuncia en la
Dirección del
Trabajo
Corresponde a la fecha en que se
presentó la denuncia en la
Dirección del Trabajo.
Número (8)
20241001
AAAAMMDD
Presenta denuncia
en la Contraloría
17
General de la
República
Señala si se presenta o no
denuncia en la Contraloría General
Texto (1)
de la República. Ver tabla de
dominio correspondiente.
Fecha en que se
presentó la
18
denuncia en la
Contraloría
Corresponde a la fecha en que se
presentó la denuncia en la
Contraloría General de la
República.
Presenta denuncia
19 frente a la Entidad
empleadora
Señala si se presenta o no
denuncia en la Entidad
Texto (1)
empleadora. Ver tabla de dominio
correspondiente.
1
Número (8)
20241001
AAAAMMDD
1
Fecha en que se
Corresponde a la fecha en que se
presentó la
Número (8)
20
presentó la denuncia en la Entidad
20241001
denuncia la Entidad
AAAAMMDD
empleadora.
empleadora
-
22
-
22
-
6
21 Tipo de denuncia
Corresponde al tipo de denuncia.
Ver tabla de dominio
correspondiente.
Texto (1)
1
95
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue la separación de
22 Separación de
espacios físicos. Ver tabla de
espacios físicos
dominio correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue la suspensión de
23 Suspensión
labores. Ver tabla de dominio
de labores
correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue el traslado del
24 Traslado de
puesto de trabajo. Ver tabla de
puesto de trabajo
dominio correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue la redistribución del
Redistribución del
25
tiempo
Texto (1)
tiempo
de la jornada. Ver tabla de dominio
de la jornada
correspondiente.
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue la atención
Atención
26
psicológica
psicológica
temprana. Ver tabla de dominio
temprana
correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si una de las medidas
Medida Adoptada:
adoptadas fue el trabajo remoto
27 Trabajo remoto
y/o teletrabajo. Ver tabla de
y/o teletrabajo
dominio correspondiente.
Texto (1)
1
22
Señala si se adoptaron otras
Medida Adoptada:
medidas. Ver tabla de dominio
Otras
correspondiente.
Texto (1)
1
22
28
2. Incorpora en el Anexo N°44 “Listado de dominios del sistema GRIS”, la siguiente tabla:
Tabla N° 96
Campo
Tipo de denuncia
Código
Descripción
1
Acoso Laboral
2
Acoso Sexual
3
Violencia en el Trabajo
7
ANEXO N°67. INFORME DENUNCIA LEY KARIN A ORGANISMO ADMINISTRADOR
INFORME DENUNCIA LEY KARIN A ORGANISMO ADMINISTRADOR
Antecedentes reporte
Organismo
Administrador
Fecha de emisión del documento
Antecedentes del empleador
RUT empresa
Razón Social
Región empresa
Comuna empresa
Nombre del centro de
trabajo
Dirección del centro de
trabajo
Comuna del centro de
trabajo
Nombre del
trabajador(a)
Sexo del Trabajador(a)
Antecedentes del trabajador(a)
RUT trabajador(a)
Antecedentes del caso
8
Fecha en que ocurrió el
incidente
Región en que ocurrió
el incidente
Comuna en que ocurrió
el incidente
Indicar si el trabajador
presentó la denuncia en Si
la Dirección del Trabajo
No
Fecha en que se presentó la denuncia en
la Dirección del Trabajo
Indicar si el trabajador
presentó la denuncia en Si
la Contraloría
No
Fecha en que se presentó la denuncia en
la Contraloría
Indicar si el trabajador
presentó la denuncia
frente a la Entidad
empleadora
Si
No
Fecha en que se presentó la denuncia al
empleador
Tipo Denuncia
Acoso Laboral
Acoso Sexual
Separación de
espacios físicos
Suspensión
de labores
Trabajo remoto
y/o teletrabajo
Otras
Violencia en el Trabajo
Traslado de
puesto de trabajo
Redistribución del
tiempo
de la jornada
Atención psicológica
temprana
Medidas Adoptadas
Especificar:_______________________
9
INSTRUCCIONES DE LLENADO
Antecedentes Reporte
Organismo Administrador: Indicar nombre del Organismo Administrador o Administración Delegada al que pertenece la Entidad empleadora
Fecha de Emisión: Indicar el día, mes y el año en que se completó este formulario (dd-mm-aaaa).
Antecedentes del Empleador
RUT Empleador: Indicar el RUT de la entidad empleadora.
Razón Social: Indicar el nombre de la entidad empleadora (evite el uso de siglas y abreviaturas).
Región empresa: Indicar la región de la casa matriz de la entidad empleadora.
Comuna empresa: Indicar la comuna de la casa matriz de la entidad empleadora.
Nombre del centro de trabajo: Indicar el nombre del centro de trabajo.
Dirección del centro de trabajo: Indicar la dirección del centro de trabajo.
Comuna del centro de trabajo: Indicar la comuna del centro de trabajo.
Antecedentes del Trabajador(a)
RUT Trabajador(a): Indicar el RUT del trabajador(a).
Nombre del trabajador(a) : Indicar el nombre completo del trabajador(a).
Sexo del Trabajador(a): Indicar el sexo del trabajador(a).
Antecedentes del Caso
Fecha en que ocurrió el incidente: Indicar la fecha en que ocurrió el incidente (dd-mm-aaaa).
Región en que ocurrió el incidente: Indicar la región en que ocurrió el incidente.
10
Comuna en que ocurrió el incidente: Indicar la comuna en que ocurrió el incidente.
Fecha en que se presentó la denuncia en la Dirección del Trabajo: Indicar la fecha en que se presentó la denuncia en la Dirección del Trabajo (dd-mm-aaaa). En caso de no
existir denuncia se debe reportar vacío.
Fecha en que se presentó la denuncia en la Contraloría: Indicar la fecha en que se presentó la denuncia en la Contraloría (dd-mm-aaaa). En caso de no existir denuncia se
debe reportar vacío.
Fecha en que se presentó la denuncia al empleador: Indicar la fecha en que se presentó la denuncia al empleador (dd-mm-aaaa). En caso de no existir denuncia se debe
reportar vacío.
11