Circular · SUSESO
N° 6 de 1953
22 oct 1953
Cotización adicional diferenciada
Lo que resuelve
Instruye el depósito en la Tesorería General de la República del aporte que los organismos de previsión y de accidentes deben enterar para cubrir los gastos de funcionamiento de la Superintendencia durante el año, informando la fecha del boletín de ingreso.
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Texto completo
IPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
CASILLA N.0 13380 • CORREO N . IB
SANTIAGO
¡PARTAMENTO INSPECCIÓN A. R. J. / 1. H. C Fija aporte para el aPo 1953.-
CIRCULA^ Ni 6
SANTIAGO, 22 de Octubre de 195?
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 79 de la ley Nf 8283, el art.
17 del D. P.
1. 219, el Supremo Gobierno por Decreto N? 1658, de 7 de Sep
tiembre de 1953, ha fijado el aporte con que deben concurrir los Organismos
de Previsión Social y de Accidentes del Trabajo para cubrir los gastos
que demanda el funcionamiento de esta Superintendencia de Sepu*4dad Soci
al, en el ano en curso.
la suma que le corresponde a esta Institución asciende a:
( $ ), y deberá ser depositada en la cuenta C-17-C de la
Tesorería General de la Repúblioa.
Agradecerá a Ud. se sirva avisar a esta Superintendencia el número
y fecha del respectivo Boletín de Ingreso.
Saluda Atentamente
Al SE*t>R
JPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
CASILLA N.0 13380 CORREO N . 16
SANTIAQO
SECRETARIA rn^ERAl
SER. / I>» ^' C* „„ ^ C I R 0 U I. A R W« *
caNTAIGO, 5 de Diciembre de 1953.
j~ crvnr intendente de-Seg«
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Saluda atentamente a Ud,
Al SEflOR
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