← Buscar en los dictámenes
11875-2010
Seguro laboral (Ley 16.744)
Destinatario
PARTICULAR
Normas citadas
- D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- Ley N° 16.744
Texto
1.- Por la presentación de antecedentes, Ud. ha recurrido a esta Superintendencia exponiendo que el día 21 de septiembre 2009, a las 22:00 horas, cuando se disponía a tomar el bus con destino a la ciudad de San Fernando, lugar de su trabajo, se torció la rodilla izquierda al bajar la escalera del lugar donde vive. Al llegar a su trabajo, dio aviso a su empleador, quien lo envió a la Mutual para ser atendido. Tuvo 20 días de reposo, luego se reincorporó a trabajar, pero vuelven los dolores. Cuando se le va a evaluar para ser operado, esa Mutual le señala que por su diagnóstico "no corresponde accidente de trayecto".
Conforme a estos antecedentes solicita se revise lo resuelto por la Mutual.
2.- Requerida al efecto, la Mutual informó que Usted sufrió la dolencia en su rodilla izquierda el día 21 de septiembre de 2009, que, conforme a la Resolución N°CVN/80/04/514969, de 31 de octubre de 2009, calificó como dolencia de origen común, ya que en este caso, según los antecedentes e informe médico, no se presenta un relación de causalidad, directa o indirecta, entre la dolencia mencionada y su trabajo, motivo por el cual corresponde la calificación indicada.
3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar a Ud. que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N°16.744 se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca incapacidad o muerte. Por su parte, el inciso segundo del mismo artículo preceptúa que "Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo".
A su vez, el artículo 7°, del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, precisa que la circunstancia de haber ocurrido el accidente en el trayecto directo debe acreditarse por medios fehacientes de prueba.
Sin embargo, si bien la ocurrencia del accidente de trayecto debe acreditarse fehacientemente por el accidentado, no es menos cierto, como que este Organismo ha resuelto reiteradamente, que la sola declaración del interesado será admisible como medio de prueba de un accidente de trayecto, si ella resulta concordante con los demás antecedentes de hecho del caso, la racionalidad del mismo y el que el trayecto no sea interrumpido.
En su presentación ante esta Superintendencia, Usted señala que el accidente se produjo "al bajar la escalera del recinto donde yo vivo", lo que se reitera en el relato de su accidente ante el médico que lo atendió en la Mutual, donde señaló que saliendo de su casa, bajando las escaleras, se tropieza y sufre torsión de tobillo izquierdo. Sin embargo, en el Informe de Investigación de Accidentes, se ha dejado constancia de su declaración, escrita de su puño y letra, conforme a la cual señaló el 22 de septiembre de 2009, que saliendo de su domicilio el día anterior a tomar el bus que lo lleva a San Fernando "en uno de los escalones de la vereda se me dobla el pie izquierdo haciéndome palanca la rodilla hacia el exterior", y que el lugar específico del evento es "en escalera que va pegada a la solera donde pasa la locomoción colectiva en Coronel".
De este modo, los hechos referidos al lugar y al mecanismo lesional que habría causado su accidente no se encuentran debidamente circunstanciados, siendo contradictorios e inconsistentes conforme a sus propias declaraciones, las cuales son además las únicas pruebas del accidente y de las circunstancias en que ocurrió. Por tanto, la presencia de contradicciones fundamentales, respecto de la forma en que ocurrió el siniestro, hacen imposible establecer de manera fehaciente que el accidente a que se alude se refiera a un accidente de trayecto.
4.- De acuerdo a lo expuesto y a los antecedentes acompañados, esta Superintendencia declara que su caso no corresponde otorgar la cobertura de la Ley N°16.744, debiendo por tanto solicitar las prestaciones correspondientes en su organismo previsional de salud común, toda vez que Ud. no ha acreditado debidamente y en forma indubitable la ocurrencia de un accidente del trabajo en el trayecto
Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Boletines Relacionados Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Legislación relacionada Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes 07/04/2016 Circular 3221 Accidente de trayecto ACCIDENTES DE TRAYECTO. MODIFICA, COMPLEMENTA Y REFUNDE INSTRUCCIONES. DEROGA CIRCULAR N° 3.154, DE 2015. Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20101; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 30/09/2015 Circular 3154 Accidente de trayecto ACCIDENTES DE TRAYECTO. REFUNDE CIRCULARES N°S 1900, 2302 Y EL TITULO 5.1.3 DE LA CIRCULAR N° 2283, E IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744 Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20101; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 17/08/2015 Circular 3144 Seguro laboral (Ley 16.744) IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744, RESPECTO A LA ENTREGA DE INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN DEL SEGURO CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 20584 18/11/2009 Circular 2582 Seguro laboral (Ley 16.744) SISTEMA DE INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744.( SIATEP) Y NUEVOS FORMULARIOS DE DENUNCIA INDIVIDUAL DE ACCIDENTE DEL TRABAJO (DIAT) Y DENUNCIA INDIVIDUAL DE ENFERMEDAD PROFESIONAL (DIEP). IMPARTE INSTRUCCIONES. Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 81, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979; del Ministerio de Salud Pública; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. 29/05/2007 Circular 2377 Seguro laboral (Ley 16.744) Complementa instrucciones a los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744 respecto del procedimiento para la atención de trabajadores que hubieran sufrido un Accidente o presentaren una Enfermedad de origen presumiblemente Laboral. 26/05/2006 Circular 2302 Accidente de trayecto ACCIDENTES DEL TRABAJO EN EL TRAYECTO LEY N° 16.744. MODIFICACIÓN INTRODUCIDA POR LA LEY N° 20.101. IMPARTE INSTRUCCIONES. Ley N° 16744; Ley N° 20101 10/03/2006 Circular 2283 Seguro laboral (Ley 16.744) D.S. N° 101 Y D.S. N° 109, AMBOS DE 1968, DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL D.S. N° 73, DE 2005, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE DICHAS NORMAS. Ley N° 16744; Ley N° 19578 ;Ley N° 19937; Ley N° 19969; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública;D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. 20/09/2005 Circular 2238 Seguro laboral (Ley 16.744) Imparte instrucciones a los Organismos administrativos de la Ley N° 16.744. Difusión del procedimiento de denuncia de Accidentes del Trabajo. Ley N° 16744; Ley N° 16395 30/07/2001 Circular 1917 Seguro laboral (Ley 16.744) UNIFICA PLAZOS A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16744 PARA QUE REMITAN LOS INFORMES Y/O ANTECEDENTES DE LAS MATERIAS QUE SE INDICAN. Ley N° 16744; Ley N° 16395 26/04/2001 Circular 1900 Accidente de trayecto Imparte instrucciones para uniformar procedimiento en caso de los Accidentes de Trayecto a que se refiere la Ley N° 16.744. Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes 27/11/2014 Dictamen 79397-2014 Seguro laboral (Ley 16.744) Accidente - Con ocasión del trabajo Ley N° 16.744. 31/01/2013 Dictamen 7185-2013 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N°16.744; D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 27/05/2010 Dictamen 32448-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Adicional diferenciada - Exclusión - Financiamiento D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 26/04/2010 Dictamen 24684-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 21/04/2010 Dictamen 23902-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 21/04/2010 Dictamen 23901-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 16/04/2010 Dictamen 22583-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N°16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 17/03/2010 Dictamen 14746-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 17/03/2010 Dictamen 14745-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 16/03/2010 Dictamen 14363-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 29/12/2009 Dictamen 68765-2009 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 29/12/2009 Dictamen 68854-2009 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 07/06/2002 Dictamen 23988-2002 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744 22/06/1998 Dictamen 11875-1998 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 19.553; Ley Nº 16.744 20/09/1996 Dictamen 11875-1996 Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años) Ley Nº 15.386; Ley Nº 18.600; D.L. Nº 869, de 1975 18/11/1992 Dictamen 11875-1992 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744
Título Detalle Ley 16.744 Ley 16.744 Decreto 101 de 1968 del Ministerio del Trabajo DS 101 de 1968 Mintrab Artículo 7 DS 101 de 1968 Mintrab, artículo 7 Artículo 5 Ley 16.744, artículo 5
Conforme a estos antecedentes solicita se revise lo resuelto por la Mutual.
2.- Requerida al efecto, la Mutual informó que Usted sufrió la dolencia en su rodilla izquierda el día 21 de septiembre de 2009, que, conforme a la Resolución N°CVN/80/04/514969, de 31 de octubre de 2009, calificó como dolencia de origen común, ya que en este caso, según los antecedentes e informe médico, no se presenta un relación de causalidad, directa o indirecta, entre la dolencia mencionada y su trabajo, motivo por el cual corresponde la calificación indicada.
3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar a Ud. que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N°16.744 se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca incapacidad o muerte. Por su parte, el inciso segundo del mismo artículo preceptúa que "Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo".
A su vez, el artículo 7°, del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, precisa que la circunstancia de haber ocurrido el accidente en el trayecto directo debe acreditarse por medios fehacientes de prueba.
Sin embargo, si bien la ocurrencia del accidente de trayecto debe acreditarse fehacientemente por el accidentado, no es menos cierto, como que este Organismo ha resuelto reiteradamente, que la sola declaración del interesado será admisible como medio de prueba de un accidente de trayecto, si ella resulta concordante con los demás antecedentes de hecho del caso, la racionalidad del mismo y el que el trayecto no sea interrumpido.
En su presentación ante esta Superintendencia, Usted señala que el accidente se produjo "al bajar la escalera del recinto donde yo vivo", lo que se reitera en el relato de su accidente ante el médico que lo atendió en la Mutual, donde señaló que saliendo de su casa, bajando las escaleras, se tropieza y sufre torsión de tobillo izquierdo. Sin embargo, en el Informe de Investigación de Accidentes, se ha dejado constancia de su declaración, escrita de su puño y letra, conforme a la cual señaló el 22 de septiembre de 2009, que saliendo de su domicilio el día anterior a tomar el bus que lo lleva a San Fernando "en uno de los escalones de la vereda se me dobla el pie izquierdo haciéndome palanca la rodilla hacia el exterior", y que el lugar específico del evento es "en escalera que va pegada a la solera donde pasa la locomoción colectiva en Coronel".
De este modo, los hechos referidos al lugar y al mecanismo lesional que habría causado su accidente no se encuentran debidamente circunstanciados, siendo contradictorios e inconsistentes conforme a sus propias declaraciones, las cuales son además las únicas pruebas del accidente y de las circunstancias en que ocurrió. Por tanto, la presencia de contradicciones fundamentales, respecto de la forma en que ocurrió el siniestro, hacen imposible establecer de manera fehaciente que el accidente a que se alude se refiera a un accidente de trayecto.
4.- De acuerdo a lo expuesto y a los antecedentes acompañados, esta Superintendencia declara que su caso no corresponde otorgar la cobertura de la Ley N°16.744, debiendo por tanto solicitar las prestaciones correspondientes en su organismo previsional de salud común, toda vez que Ud. no ha acreditado debidamente y en forma indubitable la ocurrencia de un accidente del trabajo en el trayecto
Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Boletines Relacionados Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Legislación relacionada Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes 07/04/2016 Circular 3221 Accidente de trayecto ACCIDENTES DE TRAYECTO. MODIFICA, COMPLEMENTA Y REFUNDE INSTRUCCIONES. DEROGA CIRCULAR N° 3.154, DE 2015. Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20101; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 30/09/2015 Circular 3154 Accidente de trayecto ACCIDENTES DE TRAYECTO. REFUNDE CIRCULARES N°S 1900, 2302 Y EL TITULO 5.1.3 DE LA CIRCULAR N° 2283, E IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744 Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20101; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 17/08/2015 Circular 3144 Seguro laboral (Ley 16.744) IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744, RESPECTO A LA ENTREGA DE INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN DEL SEGURO CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 20584 18/11/2009 Circular 2582 Seguro laboral (Ley 16.744) SISTEMA DE INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744.( SIATEP) Y NUEVOS FORMULARIOS DE DENUNCIA INDIVIDUAL DE ACCIDENTE DEL TRABAJO (DIAT) Y DENUNCIA INDIVIDUAL DE ENFERMEDAD PROFESIONAL (DIEP). IMPARTE INSTRUCCIONES. Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 81, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979; del Ministerio de Salud Pública; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. 29/05/2007 Circular 2377 Seguro laboral (Ley 16.744) Complementa instrucciones a los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744 respecto del procedimiento para la atención de trabajadores que hubieran sufrido un Accidente o presentaren una Enfermedad de origen presumiblemente Laboral. 26/05/2006 Circular 2302 Accidente de trayecto ACCIDENTES DEL TRABAJO EN EL TRAYECTO LEY N° 16.744. MODIFICACIÓN INTRODUCIDA POR LA LEY N° 20.101. IMPARTE INSTRUCCIONES. Ley N° 16744; Ley N° 20101 10/03/2006 Circular 2283 Seguro laboral (Ley 16.744) D.S. N° 101 Y D.S. N° 109, AMBOS DE 1968, DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL D.S. N° 73, DE 2005, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE DICHAS NORMAS. Ley N° 16744; Ley N° 19578 ;Ley N° 19937; Ley N° 19969; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública;D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. 20/09/2005 Circular 2238 Seguro laboral (Ley 16.744) Imparte instrucciones a los Organismos administrativos de la Ley N° 16.744. Difusión del procedimiento de denuncia de Accidentes del Trabajo. Ley N° 16744; Ley N° 16395 30/07/2001 Circular 1917 Seguro laboral (Ley 16.744) UNIFICA PLAZOS A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16744 PARA QUE REMITAN LOS INFORMES Y/O ANTECEDENTES DE LAS MATERIAS QUE SE INDICAN. Ley N° 16744; Ley N° 16395 26/04/2001 Circular 1900 Accidente de trayecto Imparte instrucciones para uniformar procedimiento en caso de los Accidentes de Trayecto a que se refiere la Ley N° 16.744. Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes 27/11/2014 Dictamen 79397-2014 Seguro laboral (Ley 16.744) Accidente - Con ocasión del trabajo Ley N° 16.744. 31/01/2013 Dictamen 7185-2013 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N°16.744; D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 27/05/2010 Dictamen 32448-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Adicional diferenciada - Exclusión - Financiamiento D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 26/04/2010 Dictamen 24684-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 21/04/2010 Dictamen 23902-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 21/04/2010 Dictamen 23901-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 16/04/2010 Dictamen 22583-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N°16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 17/03/2010 Dictamen 14746-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 17/03/2010 Dictamen 14745-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 16/03/2010 Dictamen 14363-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 29/12/2009 Dictamen 68765-2009 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 29/12/2009 Dictamen 68854-2009 Seguro laboral (Ley 16.744) - Accidente de trayecto Accidente - Pruebas - Trayecto Ley N° 16.744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 07/06/2002 Dictamen 23988-2002 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744 22/06/1998 Dictamen 11875-1998 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 19.553; Ley Nº 16.744 20/09/1996 Dictamen 11875-1996 Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años) Ley Nº 15.386; Ley Nº 18.600; D.L. Nº 869, de 1975 18/11/1992 Dictamen 11875-1992 Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744
Título Detalle Ley 16.744 Ley 16.744 Decreto 101 de 1968 del Ministerio del Trabajo DS 101 de 1968 Mintrab Artículo 7 DS 101 de 1968 Mintrab, artículo 7 Artículo 5 Ley 16.744, artículo 5