Ir al contenido

Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

← Buscar en los dictámenes

Dictamen · SUSESO

N° 26429-2007

25 abr 2007

Cotización adicional diferenciada

Lo que resuelve

Se instruye a la mutualidad descontar del cálculo de siniestralidad por incapacidades temporales los catorce días de demora atribuibles a la falta oportuna del material de osteosíntesis requerido para la cirugía.

Resumen generado automáticamente a partir del texto; no reemplaza la lectura del documento.

Descargar PDFRecibir novedades por correo

Destinatario

UNA MUTUAL

Texto completo

1.- La Empresa empleadora, se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando no se consideren en el cálculo de su tasa de siniestralidad por incapacidades temporales, 20 días perdidos derivados del tratamiento otorgado a su trabajador, en relación a la Fractura de húmero izquierdo que le afectó como consecuencia del accidente laboral acaecido el día 6 de octubre de 2005, y atendido en la Mutualidad

.

Requerida al efecto, esa Mutualidad procedió a remitir los antecedentes respectivos.

2.- Sobre el particular, cabe señalar que el Departamento Médico de este Organismo procedió a un exhaustivo análisis de todos los antecedentes médicos del caso, concluyendo que el trabajador recibió las prestaciones adecuadas en cada etapa de la evolución del cuadro presentado como consecuencia del accidente laboral ya mencionado. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que efectivamente existió un retraso de 14 días entre la fecha inicialmente programada para la intervención quirúrgica, es decir el día 12 de octubre, y la fecha en que finalmente se logró intervenir, el 26 de octubre de 2005, por demora en contar con el material de osteosíntesis requerido para la cirugía.

3.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, este Organismo Fiscalizador instruye a esa Mutualidad que se descuente del total de días perdidos con ocasión del accidente sufrido por el trabajador, los 14 días que corresponden a la demora entre la intervención quirúrgica inicialmente programada y la fecha en que finalmente fue intervenido el trabajador, para colocar el material de osteosíntesis adecuado y con el que no se contaba en el primer momento.

Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Boletines Relacionados Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Legislación relacionada

Otros pronunciamientos sobre cotización adicional diferenciada

Dictamen SUSESO N° 113641-2026, de 13.08.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Corresponde el reembolso de las cotizaciones pagadas en exceso por una entidad empleadora a la Mutualidad, debido a un error al contar los días perdidos. La Superintendencia aclara que es posible revisar la situación aunque haya finalizado el período de evaluación, dentro del plazo de prescripción de…

Dictamen SUSESO N° O-02-S-02605-2026, de 27.07.2026

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Accidente con ocasión del trabajo. Calificación de un accidente de tránsito fatal de personal de emergencias como accidente del trabajo según la Ley N° 16.744. Se precisan los derechos a pensiones de supervivencia y prestaciones médicas a cargo de la Entidad Administradora de la Ley N° 16.744, junto…

Dictamen SUSESO N° 47485-2025, de 10.04.2025

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Evaluación de siniestralidad de entidades empleadoras. Una empresa no puede solicitar la rebaja de su tasa de cotización si no cumple con el requisito de periodos anuales. Al efecto, solo se evalúa la siniestralidad de entidades que, al 1° de julio, hayan estado adheridas a un organismo administrador…

Dictamen SUSESO N° 74947-2022, de 08.06.2022

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Ley de Protección al empleo. Sólo debe evaluarse la siniestralidad efectiva de las entidades empleadoras que al 1° de julio del año en que se realice la evaluación, hayan estado adheridas a alguna entidad administradora de la Ley N° 16.744 o tengan la calidad de administraciones delegadas, por un lapso…

Dictamen SUSESO N° 2196-2022, de 31.05.2022

Seguro laboral (Ley 16.744)

Ley N° 16.744. Fiscalización de los contratos de trabajo de los ejecutivos y gerentes de la administración superior de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.