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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 32334-2017

11 jul 2017

Destinatario

PARTICULAR

Texto completo

1.- Ud. se dirigió a esta Superintendencia, reclamando en contra de la Mutualidad, por cuanto le habría informado (telefónicamente) que no podrían reembolsarle los gastos en que incurrió (bonos, medicamentos, consulta de psiquiatra), por cuanto en el Oficio N° 7378, de concordancias, que calificó como de origen laboral la afección que presentó, no se precisa la procedencia de tal beneficio.

2.- Requerida al efecto, la mutualidad informó, en síntesis, que no registra ninguna solicitud de reembolso presentada por Ud., por lo que instruyó a su Agencia de Santiago, para que la contacte a fin que formule dicha solicitud.

3.- Por lo tanto, Ud. deberá presentar la solicitud de reembolso respectivo, acompañada de los comprobantes originales de los gastos incurridos a fin de que la Mutualidad determine su procedencia, en contra de lo cual podrá reclamar ante este Servicio.

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