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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 4006-1991

24 may 1991

Prestaciones médicas

Lo que resuelve

La SUSESO informa que no dispone de antecedentes sobre el costo económico del alcoholismo y que, dado el déficit del seguro de accidentes, no se asignaron aportes al fondo de rehabilitación de alcohólicos creado por la Ley 16.744.

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Destinatario

MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Texto completo

Ud ha solicitado que esta Superintendencia proporcione los antecedentes de que disponga en relación al costo económico del alcoholismo en Chile.

Sobre el particular, esta Superintendencia informa que no dispone de antecedentes sobre la materia. No obstante, cabe señalar que el artículo 24 de la Ley Nº 16.744, creó un fondo especial destinado a la rehabilitación de alcohólicos administrado por el actual Fondo Nacional de Salud y que se forma hasta con el 10% de los excedentes a que se refiere el inciso tercero del artículo 21 y con el 10% de las multas de cualquiera naturaleza que se apliquen en conformidad a dicha ley.

Ahora bien, cabe informar que dado que el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionalse administrado por el Instituto de Normalización Previsional y el Sistema Nacional de Servicios de Salud presenta un importante déficit, no fue posible asignar en el presupuesto de dicho Seguro para el presente año, aporte alguno al mencionado Fondo de Rehabilitación de Alcohólicos, ya que se estimó que no habrían excedentes que distribuir.

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Título Detalle Artículo 24 Ley 16.744, artículo 24

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