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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 47149-2003

15 dic 2003

Prestaciones médicas

Lo que resuelve

La SUSESO instruye que el reembolso de gastos médicos exige acreditación suficiente y permite reemplazar boletas extraviadas con certificados médicos que indiquen fecha, causa y valor cobrado.

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Destinatario

PARTICULAR

Texto completo

Usted ha reclamado en contra de la Mutualidad por cuanto no le habría reembolsado gastos respecto de los cuales no cuenta con sus respectivas boletas.

Sobre el particular, esta Superintendencia debe expresar en primer término que, según lo ha señalado reiteradamente (v. gr. Oficio Ord. N° 45892, de 2001), para que proceda el reembolso de gastos médicos por situaciones como la planteada, es menester que tales gastos sean acreditados suficientemente. De este modo, es pertinente inferir que la aludida Asociación ha actuado de manera debida al dar lugar al reembolso sólo por aquellos valores que Ud. ha podido demostrar adecuadamente como originados por la dolencia profesional que motivó la situación de que se trata.

Para salvar dicha situación, respecto de las boletas que ha extraviado, podrá reemplazarlas con certificados de sus médicos tratantes en los cuales se deberá precisar, fecha de la atención, causa y valor cobrado. Respecto de los exámenes que se practicó deberá operar de la misma forma. Estos documentos deberán ser presentados en la aludida Asociación, y en caso de negarle el reembolso puede recurrir nuevamente a este Servicio

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