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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Dictamen · SUSESO

N° 49056-2016

22 ago 2016

Destinatario

INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL

Texto completo

1. En relación con la consulta formulada por ese Instituto, respecto de la procedencia de aplicar a las pensiones de invalidez concedidas en conformidad al artículo 8° del D.S. N° 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el descuento de la cotización para salud y de cuáles serían las medidas que deberían adoptarse para la devolución de las sumas deducidas, en caso de que dicho descuento fuese improcedente, esta Superintendencia resolvió, mediante oficio de concordancias, que no corresponde aplicar a las referidas pensiones de invalidez, el descuento de la cotización para salud, en tanto que para resolver respecto de devolución de las sumas incorrectamente descontadas, solicitó que ese Instituto informara si las cotizaciones descontadas fueron remitidas a FONASA, el monto al que ascenderían y el número de estudiantes afectados.

2. Por Oficio señalado en antecedentes, ese Instituto informó que a contar del mes de julio de 2016, puso fin al referido descuento y que en los cinco años anteriores al cese del descuento (de junio de 2011 a mayo de 2016), ha remitido a FONASA la cantidad aproximada de $5.548.628 correspondientes a la suma del descuento efectuado a las pensiones vigentes en cada uno de los meses del período indicado.

3. Atendido lo informado, ese Instituto deberá informar esta situación al FONASA y consultarle sobre el procedimiento a seguir y la documentación que se debe acompañar para obtener la devolución de las cotizaciones que fueron enteradas erróneamente en dicho Organismo. Si en opinión del FONASA la devolución de las cotizaciones mal enteradas debe ser solicitada por cada pensionado, ese Instituto deberá contactar a cada uno de ellos y proporcionarle los antecedentes necesarios para que efectúen el requerimiento. Si FONASA accede a devolver el monto total de las cotizaciones mal enteradas a ese Instituto, la devolución podrá realizarse junto con el pago de la pensión.

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