Dictamen · SUSESO
N° 58229-2006
9 nov 2006
Lo que resuelve
La SUSESO informa que ningún organismo administrador de la Ley 16.744 cuenta con cámara hiperbárica en la región consultada, y detalla la disponibilidad de estos equipos en otras regiones del sur del país.
Resumen generado automáticamente a partir del texto; no reemplaza la lectura del documento.
Destinatario
SUBSECRETARIA DE PREVISIÓN SOCIAL
Texto completo
Esa Subsecretaría ha requerido a esta Superintendencia que informe respecto de la disponibilidad de cámara hiperbárica en las instalaciones, de la XXXXX Región, de los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744.
Al respecto, cabe señalar que ninguna de las instalaciones médicas, de la XXXXX Región, de los Organismos Administradores de la Ley N° 16.744, cuenta con dicho instrumento médico.
Por otra parte, de acuerdo a la información disponible en la página web de la Directemar, actualizada al mes de septiembre del presente año, existen cámaras hiperbáricas en las siguientes regiones del sur del país: en la VIII Región, en la ciudad de XXXX; en la X Región - tres en XXXX, una en XXXX y una en XXXX - y en la XII Región - seis en XXXX y una en XXXX. El tipo de cámara, y el nivel de operatividad de éstas, varía de un centro a otro, según la información de dicho organismo fiscalizador.
Se adjunta anexo con el total de cámaras hiperbáricas disponibles en el país.
Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Boletines Relacionados Circulares relacionadas Dictámenes relacionados Legislación relacionada
Título Detalle Ley 16.744 Ley 16.744
Otros pronunciamientos sobre prestaciones médicas
Dictamen SUSESO N° O-01-S-01664-2026, de 16.04.2026
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Prestaciones preventivas. El D.S. N°44 de 2023 sobre prevención de riesgos laborales indica que el programa de trabajo preventivo que deben elaborar las entidades empleadoras, debe incluir, debe incluir el promover la prevención del consumo de alcohol y drogas en el trabajo, sin incluir la…
Dictamen SUSESO N° O-01-S-00955-2026, de 02.03.2026
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Comité Paritario de Higiene y Seguridad. La normativa exige un Comité por cada dependencia con más de 25 personas trabajadoras que no tenga comunicación física con otras faenas o sucursales.Los cupos vacantes de los miembros titulares deben ser cubiertos prioritariamente por los suplentes en el orden…
Dictamen SUSESO N° 148917-2025, de 29.10.2025
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Artículo 77 y 77 bis. Cobranzas. Esta Superintendencia carece de facultades para disponer una compensación de deudas entre el sistema de salud común y de salud laboral, ya sea por prestaciones médicas y pecuniarias del 77 bis o no 77 bis. Las facultades de este Organismo, establecidas en los artículos…
Dictamen SUSESO N° O-01-ISESAT-01968-2025, de 02.07.2025
Seguro laboral (Ley 16.744)
Cobro del reembolso de Prestaciones del Seguro Social de la Ley N° 16.744.
Dictamen SUSESO N° O-01-S-00148-2025, de 13.01.2025
Seguro laboral (Ley 16.744)
Ley N° 16.744. Criterio en caso de rechazo de procedimientos de transfusión de sangre por motivos religiosos. Deja sin efecto Oficio 16145 de 2009