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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

Sentencia de reemplazoCorte Suprema · Rol 2435-201829 jul 2019

Direccion Regional Metropolitana Poniente con Teleperformance Chile S.A.

Corte Suprema · 14.688 recursos de unificación de jurisprudencia

  • Acogido8%
  • Rechazado19%
  • Sin pronunciamiento de fondo72%

Sobre el recurso, no sobre quién ganó el juicio.

TribunalCorte Suprema
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Rol2435-2018
Fecha sentencia29 jul 2019
RecursoUnificación de jurisprudencia
SalaCuarta (mixta)
ResultadoSentencia de reemplazo
Ver detalleTexto del tribunal: SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)Es lo que se resolvió sobre el recurso; no dice quién ganó el juicio.
DescriptoresPlazo de caducidad, Prácticas antisindicales, Caducidad de acciones laborales
+2 descriptoresLibertad sindicalDenuncia de prácticas antisindicales
RedactorDiego Munita Luco
MinistrosRodrigo Biel Melgarejo, Gloria Chevesich Ruiz, Jean Matus Acuña
+2 ministrosDiego Munita LucoAndrea Muñoz Sánchez

Resumen

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Dictámenes sobre las normas citadas

Texto de la sentencia

Santiago, veintinueve de julio de dos mil diecinueve.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2 ° del artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia.

Visto:

Se suprime el motivo sexto del fallo de base.

Y se tiene, en su lugar, y, además, presente:

Que, conforme su concluyó en los razonamientos séptimo a octavo del fallo de unificación de jurisprudencia, en la especie, la denuncia de práctica antisindical se dedujo el día 15 de mayo de 2017, transcurridos largamente los 90 días hábiles que el artículo 168 del Código del Trabajo -al cual se remite el artículo 486 del mencionado cuerpo normativo- dispone como plazo máximo para su interposición, toda vez que la última acción denunciada como tal data de 5 de diciembre de 2016, de forma tal que procede acoger la excepción de caducidad planteada por TP Chile S.A., como se dirá en lo resolutivo de este fallo.

Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 , 292 , 425 y siguientes y 459 del Código del Trabajo, se declara que se rechaza, sin costas, la denuncia de prácticas antisindicales presentada por la Dirección del Trabajo Metropolitana Poniente contra TP Chile S.A., ya que la acción respectiva se encontraba caduca al momento de presentarse, por transcurso del plazo respectivo.

Regístrese y devuélvase.

Redactó el abogado integrante Diego Munita Luco.

Rol 2435-2018.

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señoras Gloria Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., Ministro Suplente señor Rodrigo Biel M., y los Abogados Integrantes señores Jean Pierre Matus A., y Diego Munita L.
No firman el ministro suplente señor Biel y el abogado integrante señor Matus, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por haber terminado su periodo de suplencia el primero y por haber cesado de sus funciones el segundo. Santiago, veintinueve de julio de dos mil diecinueve.

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