Dictamen · Dirección del Trabajo
N° 251/10 de 1997
20 ene 1997
Contrato individual; Determinación funciones; Regla de la conducta
Contrato, cláusulas y modificacionesCausales de término y despido
Lo que resuelve
Las labores de reponer mercaderías, vender al público y limpiar mesones forman parte de las funciones que corresponde desarrollar a los dependientes de mostrador de la Librería Nueva Cervantes, de Valdivia. ANTECEDENTES: 1) Informe de 12.12.96 de fiscalizadora Lilian Inostroza González. 2) Pase Nº 1492 de 02.10.96 de Sra. Directora del Trabajo. 3) Presentación de 02.10.96 de Sra. [nombre reservado]. FUENTES LEGALES: Código del Trabajo, art. 10; Código Civil art. 1564. FECHA DE EMISION: 20/01/1997
Texto completo
ORD.: Nº 251/10
MATERIA: Contrato individual Determinación funciones Regla de la conducta.
RDIC.: Las labores de reponer mercaderías, vender al público y limpiar mesones forman parte de las funciones que corresponde desarrollar a los dependientes de mostrador de la Librería Nueva Cervantes, de Valdivia.
ANTECEDENTES: 1) Informe de 12.12.96 de fiscalizadora Lilian Inostroza González.
2) Pase Nº 1492 de 02.10.96 de Sra. Directora del Trabajo.
3) Presentación de 02.10.96 de Sra. [nombre reservado].
FUENTES LEGALES: Código del Trabajo, art. 10; Código Civil art. 1564.
FECHA DE EMISION: 20/01/1997
DICTAMEN:
DE : DIRECTOR DEL TRABAJO
A : SEÑORA [nombre reservado] [domicilio reservado] VALDIVIA
Mediante presentación del ant. 3) se ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, en orden a determinar cuales son las labores que corresponde desarrollar a los trabajadores de la Librería Cervantes contratados como dependientes de mostrador.
Sobre el particular, cumplo con informar a Ud.:
El artículo 10 del Código del Trabajo dispone en su Nº 3:
" El contrato de trabajo debe contener, a lo menos, las " siguientes estipulaciones:
" 3.-determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar " o ciudad en que hayan de prestarse".
Del precepto antes citado fluye que en el contrato de trabajo, se debe determinar la naturaleza de los servicios que el trabajador prestara al empleador.
De igual forma, cabe señalar que la normativa laboral vigente no define en parte alguna la naturaleza de las funciones que corresponden al cargo de dependiente de Mostrador, al igual que de ningún otro.
Ahora bien, en la especie, del informe de fiscalización del ant.
3) se establece que los contratos de trabajo que el fiscalizador actuante tuvo a la vista dan cuenta de la contratación de los trabajadores de la librería Nueva Cervantes de Valdivia, en calidad de dependientes de mostrador, sin pormenorizar una a una las labores que tal calidad implica.
No obstante, las declaraciones juradas de los mismos trabajadores, son coincidentes en señalar que realizan por tal concepto labores de reponer mercadería, vender al público y limpieza de mesones, desde hace cuatro años y más a esta fecha.
De esta forma, la consulta de que se trata debe ser resuelta a la luz de las normas de interpretación de contratos establecidas en los artículos 1560 y siguientes del Código Civil, entre ellas, la regla que se consigna en el artículo 1564 inciso final de ese cuerpo legal, que prescribe que las cláusulas de un contrato podrán ser también interpretadas por " la aplicación práctica que " hayan hecho de ellas ambas partes, o una de las partes con " aprobación de la otra".
Conforme al precepto citado, que doctrinariamente responde a la teoría denominada "regla de la conducta", un contrato puede ser interpretado por la forma como las partes lo han entendido y ejecutado en términos tales que tal aplicación puede legalmente llegar a suprimir, modificar o complementar cláusulas expresas de un contrato, es decir, la manera como los contratantes han cumplido reiteradamente en el tiempo una determinada estipulación puede modificar o complementar el acuerdo inicial que en ellas se contiene.
Dicho de otra manera, la aplicación práctica que se haya dado a las estipulaciones de un contrato, fija en definitiva la interpretación y verdadero alcance que las partes han querido darle.
Luego, si tanto los trabajadores como el empleador de la librería a que se refiere la presente consulta, han dado a las labores de dependiente de mostrador la aplicación práctica de reponer mercaderías, vender al público y limpiar mesones, es dable entender que ese ha sido el sentido y alcance que le han otorgado a la función de dependiente de mostrador y en tales términos debe ser cumplida por éstos.
Por último, y a mayor abundamiento cabe señalar que la Oficina Internacional del Trabajo, en su clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones "CIVO-88" de 1991, en su pág. 172 al referirse a los vendedores y demostradores de tiendas y almacenes dispone:
" 5220 VENDEDORES Y DEMOSTRADORES DE TIENDAS Y ALMACENES.
" Los vendedores y demostradores de tiendas y almacenes presentan " y venden mercancías: en los establecimientos mayoristas, a " comerciantes minoristas y a grandes consumidores, y en " establecimientos de comercio minorista, a la clientela de " éstos.
" Sus tareas incluyen la siguientes:
" a) traer mercancias de los depósitos o almacenes y exponerlas " en los locales de venta al público.
" b) averiguar la clase y calidad del producto que desea el " cliente; " c) ayudar al cliente a escoger lo que desea comprar; " d) indicar los precios, condiciones de crédito y descuentos; " e) embalar las mercancías vendidas, o, si es necesario, tomas " disposiciones para su envío; " f) preparar cuentas, facturas, fichas venta o recibos; " g) verificar los recibos de caja, si fuera necesario; " h) hacer demostraciones de los artículos en venta, a fin de " informar a los clientes acerca de sus características y " utilización, además de despertar el interés a eventuales " compradores; " i) desempeñar tareas afines; " j) supervisar a otros trabajadores".
Se colige de esta clasificación de tareas que éstas no resultan opuestas a lo que ha resultado ser la aplicación práctica del contrato de trabajo suscrito entre Librería Nueva Cervantes y sus dependientes de mostrador.
En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales citadas y consideraciones hechas valer, cumplo con informar a Ud. que las labores de reponer mercaderías, vender al público y limpiar mesones forman parte de las funciones que corresponde desarrollar a los dependientes de mostrador de la Librería Nueva Cervantes, de Valdivia.
Saluda a Ud.,
MARIA ESTER FERES NAZARALA
ABOGADO
DIRECTOR DEL TRABAJO
contrato individual, determinación funciones, regla conducta,
Citado por 1 pronunciamiento posterior
- Dictamen N° 1294/105, de 03.04.2000 · Regla de la conducta; Jornada de Trabajo; Remuneraciones
Otros pronunciamientos sobre contrato, cláusulas y modificaciones
Dirección del Trabajo; Competencia; Servicio Nacional de Capacitación y Empleo; Relación laboral; Calificación; Caso genérico
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