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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Ordinario · Dirección del Trabajo

N° 1363 de 2017

28 mar 2017

Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Constitución; Quorum mínimo

Comités paritariosSindicatos y dirigentes

Hay 2 documentos con el Ord. N° 1363. Ver todos.

Lo que resuelve

Atiende presentación respecto a la obligación de constitución de Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

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Texto completo

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

10663(2364)2016

Ord. N°1363/

MAT.: Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Constitución; Quorum mínimo;

RORD.: Atiende presentación respecto a la obligación de constitución de Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

ANT.: 1) Correos electrónicos 09.03.2017 y 25.01.2017, de Sra. [nombre reservado] por la recurrente.

2) Correos electrónicos de 09.03.2017 y 24.01.2017, del Departamento Jurídico.

3) Presentación de Sres. [nombre reservado], por Prowork Est SPA.

SANTIAGO, 28.03.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SRES. [nombre reservado]

PROWORK EST SPA

[domicilio reservado]

CONCHALÍ

Mediante presentación del antecedente 3), solicita un pronunciamiento jurídico tendiente a determinar si esa empresa se encuentra obligada a constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

Manifiesta, que la empresa cuenta con noventa trabajadores los que se desempeñan en diferentes sucursales (sic).

Al respecto, cumplo con informar a Ud. que mediante los documentos signados con el número 2), se requirió aclarar y complementar su presentación, atendido que con los escasos antecedentes aportados a la misma no es posible emitir una respuesta fundada sobre el particular, lo cual hasta la fecha no fue efectivo. Sin perjuicio de lo anterior, informo a Ud. que el artículo 66, incisos 1º y 2º, de la ley Nº 16.744, de seguro social contra riesgos de accidente del trabajo y enfermedades profesionales, en lo pertinente, dispone:

"En toda industria o faena en que trabajen más de 25 personas deberán funcionar uno o más Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, que tendrán las siguientes funciones…"

"El reglamento deberá señalar la forma cómo habrán de constituirse y funcionar estos comités."

De las disposiciones legales citadas se desprende, por una parte, que en toda industria o faena en las cuales trabajen más de 25 personas, se deberá constituir y funcionar uno o más Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y, por la otra, que corresponde al reglamento precisar la forma de su constitución y funcionamiento.

Ahora bien, el reglamento aludido, aprobado por D.S. Nº54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en su artículo 1º, dispone:

"En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas se organizarán Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, compuestos por representantes patronales y representantes de los trabajadores, cuyas

decisiones, adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que le encomienda la ley Nº 16.744, serán obligatorias para la empresa y los trabajadores."

"Si la empresa tuviera faenas, sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes lugares, en cada una de ellas deberá organizarse un Comité Paritario de Higiene y Seguridad."

"Corresponderá al Inspector del Trabajo respectivo decidir, en caso de duda, si procede o no que se constituya el Comité Paritario de Higiene y Seguridad."

De la norma reglamentaria anterior se infiere, que en toda empresa, faena, sucursal o agencia donde laboren más de 25 trabajadores, se deberán organizar Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, integrados con representantes del empleador y de los trabajadores.

Asimismo, se desprende, que se deberá constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad en cada una de las faenas, sucursales o agencias si la empresa tuviera distintas de ellas, en el mismo o en diferentes lugares.

De este modo, tanto la ley como el reglamento exigen la constitución de Comités Paritarios en cada faena, sucursal o agencia de una empresa, en que se desempeñen más de 25 de pendientes, sea que se encuentren en el mismo o en distinto lugar que la constitución.

Para mayor ilustración respecto del tema en consulta, adjunto diversos pronunciamientos jurídicos que versan sobre la materia: Ords. N°s/k 6549 de 14.12.2015, 4792/082 de 08.11.2010, 1200/64 de 11.04.2002, 7163/304 de 13.11.1995.

Saluda a Ud.,

JOSE FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

LBP/MOP

Distribución:

-Jurídico -Partes -Control

comité paritario higiene y seguridad, constitución, quorum mínimo,

Dictámenes concordantes

Otros pronunciamientos sobre comités paritarios

Dictamen N° 1295/106, de 03.04.2000

Comités Paritarios; Procedencia; Quórum

1) La empresa & se encuentra obligada a constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad en una faena minera donde laboran más de 25 trabajadores guardias de seguridad suyos; 2) No resulta procedente reunir las dotaciones que se desempeñan en distintas faenas para constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad…

Dictamen N° 2590/21, de 21.09.2020

Emergencia Sanitaria enfermedad Covid-19, Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. Procedimiento de elección y renovación de sus representantes.

1.- No existe inconveniente jurídico para que los representantes del empleador en los comités paritarios de higiene y seguridad cuyas funciones cesan durante el periodo de la emergencia, permanezcan en sus cargos. 2.- No existe inconveniente jurídico para que la elección de los representantes de los trabajadores en…

Dictamen N° 1711/107, de 15.04.1998

Comités paritarios Procedencia. Comités paritarios Constitución voluntaria Alcance.

La Empresa I.E.G. Ltda. no se encuentra obligada a constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad, sin perjuicio de lo señalado en el cuerpo del presente informe.

Dictamen N° 7163/304, de 13.11.1995

Comités Paritarios; Quorum

No procede considerar, para los efectos de cumplir con los quórum exigidos para la constitución de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, a trabajadores de faenas, sucursales o agencias distintas de una misma empresa.

Dictamen N° 5909/134, de 06.12.2017

Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Representante de los trabajadores; Elección por medios electrónicos

Uso de medios electrónicos para elección de representantes de los trabajadores en los comités paritarios de higiene y seguridad.