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ORD. N°29
Competencia Dirección del Trabajo; Estatuto de Capacitación y Empleo; Capacitación de Trabajadores; Comité Bipartito;
Normas citadas
- Ley 19.518, articulo 3
- ley 19.518, articulo 30
Dictámenes concordantes
- ordinario 29, 05.01.2012
Texto
Diracción del rabajo
Gobrlamo de Chile
DEPARTAMENTO JURÍDICO J
K. 2798(445)/2011
K. 4267(644)/2011 0029
ORD.:
MAT.: Remite presentación y antecedentes que indica, por
corresponderle.
ANT.: 1)Instrucciones de 07.11.2011, de Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2)Instrucciones de 30.06.2011, de Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
3)Respuesta de 11.05.2011, de Sr. Ricardo Magri O.,
gerente Recursos Humanos ENAP Magallanes.
4)Ord. Nº 606, recibido el 28.03.2011, de D.R.T.
Región Metropolitana Oriente.
5)Presentación de 02.03.2011, de Sr. Alejandro
Avendaño G., presidente Sindicato de Trabajadores
ENAP Magallanes.
SANTIAGO, 0 5 ENE 2012
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SEÑOR FRANCISCO AGÜERO LARRONDO
DIRECTOR NACIONAL
SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO
HUÉRFANOS Nº 1273, PISO 11
SANTIAGO/
Mediante presentación citada en el antecedente 5), se
requiere un pronunciamiento de esta Dirección en orden a determinar las
obligaciones a que se encontraría afecta la empresa ENAP Magallanes, en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Nº 19.518, Estatuto de
Capacitación y Empleo, en cuanto a atender, a través del Comité Bipartito ya
constituido en la empresa, los requerimientos de capacitación de sus trabajadores.
Lo anterior, por cuanto, dicha empresa no ha propuesto ni
ejecutado programa de capacitación alguno desde el año 2008, impidiendo el
desarrollo de competencias laborales de los respectivos trabajadores, que faciliten
su acceso a empleos de mayor calidad y productividad, de acuerdo a sus
aspiraciones e intereses y a los requerimientos del sector productivo, como se
establece en el artículo 3º, letra a) de la citada ley.
De este modo, preciso es convenir que esta Dirección carece
de facultades para emitir el pronunciamiento solicitado y, atendido que incide en
materias de su competencia, cumplo con remitir a Ud., la citada presentación, así
como los demás antecedentes reunidos en torno al asunto.
Saluda atentamente a Ud.,
DE
DIRE DIRECTORA
ACECILIASÁNCHEZ TORO
ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
MAO/SMS/MPK/mPk
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
I.C.T. Santiago Oriente
ENAP Magallanes
Gobrlamo de Chile
DEPARTAMENTO JURÍDICO J
K. 2798(445)/2011
K. 4267(644)/2011 0029
ORD.:
MAT.: Remite presentación y antecedentes que indica, por
corresponderle.
ANT.: 1)Instrucciones de 07.11.2011, de Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
2)Instrucciones de 30.06.2011, de Jefa Unidad de
Dictámenes e Informes en Derecho.
3)Respuesta de 11.05.2011, de Sr. Ricardo Magri O.,
gerente Recursos Humanos ENAP Magallanes.
4)Ord. Nº 606, recibido el 28.03.2011, de D.R.T.
Región Metropolitana Oriente.
5)Presentación de 02.03.2011, de Sr. Alejandro
Avendaño G., presidente Sindicato de Trabajadores
ENAP Magallanes.
SANTIAGO, 0 5 ENE 2012
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SEÑOR FRANCISCO AGÜERO LARRONDO
DIRECTOR NACIONAL
SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO
HUÉRFANOS Nº 1273, PISO 11
SANTIAGO/
Mediante presentación citada en el antecedente 5), se
requiere un pronunciamiento de esta Dirección en orden a determinar las
obligaciones a que se encontraría afecta la empresa ENAP Magallanes, en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Nº 19.518, Estatuto de
Capacitación y Empleo, en cuanto a atender, a través del Comité Bipartito ya
constituido en la empresa, los requerimientos de capacitación de sus trabajadores.
Lo anterior, por cuanto, dicha empresa no ha propuesto ni
ejecutado programa de capacitación alguno desde el año 2008, impidiendo el
desarrollo de competencias laborales de los respectivos trabajadores, que faciliten
su acceso a empleos de mayor calidad y productividad, de acuerdo a sus
aspiraciones e intereses y a los requerimientos del sector productivo, como se
establece en el artículo 3º, letra a) de la citada ley.
De este modo, preciso es convenir que esta Dirección carece
de facultades para emitir el pronunciamiento solicitado y, atendido que incide en
materias de su competencia, cumplo con remitir a Ud., la citada presentación, así
como los demás antecedentes reunidos en torno al asunto.
Saluda atentamente a Ud.,
DE
DIRE DIRECTORA
ACECILIASÁNCHEZ TORO
ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO
MAO/SMS/MPK/mPk
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
I.C.T. Santiago Oriente
ENAP Magallanes