Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 5379 de 2016
3 nov 2016
Organización Sindical; Votación por medios informáticos
Lo que resuelve
Atiende presentación de Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, ANFUSEC, sobre sistema de votación electrónica.
Texto completo
DEPARTAMENTO JURIDICO
K10473 (2334) 2016
ORD.: Nº5379/
MAT.: Organización Sindical; Votación por medios informáticos;
RORD.: Atiende presentación de Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, ANFUSEC, sobre sistema de votación electrónica.
ANT.: 1) Pase N°236, de 14.10.2016, Jefa Departamento de Relaciones Laborales.
2) Presentación de 12.10.2016, de Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, ANFUSEC.
SANTIAGO, 03.11.2016
DE :JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SRES.
ASOCIACIÓN NACIONAL DE FUNCIONARIOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES, ANFUSEC.
[domicilio reservado].
SANTIAGO/
Mediante presentación del antecedente 2), la Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, ANFUSEC, ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento jurídico respecto de la posibilidad de utilizar el sistema informático de la empresa E-Voting S.p.A., como medio para llevar a cabo las votaciones propias de esa organización sindical.
Al respecto, cúmpleme informar a ustedes que este Servicio se pronunció sobre la materia, a través de dictamen N°3362/53, de 01.09.2014.
En efecto, una vez recabada la información pertinente, y recibida la opinión técnica del Departamento de Relaciones Laborales de este Servicio, se concluyó que el sistema en examen asegura totalmente el anonimato del electorado, es auditable y no puede ser intervenido por terceros.
En cuanto a las características técnicas del sistema, destaca la utilización de "criptografía asimétrica", en virtud de la cual se generan dos archivos digitales rotulados como "llave pública" y "llave privada". La primera se distribuiría universalmente a los miembros del proceso y la segunda se mantendría bajo protección y secreto.
A mayor abundamiento, resulta pertinente destacar que, de acuerdo a información proporcionada por la misma compañía, a la fecha se han realizado 71 votaciones con sindicatos y asociaciones de funcionarios, contabilizándose 21,571 votos de forma online.
En el mismo orden de ideas, cabe indicar que el sistema en examen permite resolver diversos problemas prácticos propios de un proceso eleccionario al permitir y/o facilitar, por ejemplo, el desarrollo de votaciones que deban efectuarse en horarios inhábiles, aquellas que se realicen a gran distancia de la Inspección del Trabajo respectiva, las que requieran el voto de electores que no puedan asistir personalmente por diversos motivos, así como también importa una utilización más eficiente de los recursos humanos de este Servicio.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa citada y consideraciones formuladas, cúmpleme informar a Ud., que no existe inconveniente para que la Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, ANFUSEC, utilice el sistema computacional de la empresa E-Voting S.p.A, para llevar a cabo las votaciones propias de esa organización sindical, en la medida que su implementación se realice de acuerdo a lo estipulado por esta Dirección mediante dictamen N°3362/53, de 01.09.2014.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Control
organización sindical, votación medios informáticos,
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