Ordinario · Dirección del Trabajo
N° 625 de 2023
25 abr 2023
Remuneraciones; Descuentos; Licencias Médicas rechazadas
Remuneraciones y beneficiosDescuentosPermisos y licencias médicas
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Lo que resuelve
Atiende presentación que indica acerca de la procedencia de descuentos de remuneraciones por licencias médicas rechazadas.
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Texto completo
ección del Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e 625
Informes en Derecho
E.110251(699)2022
ORDINARIO N°:
ACTUACIÓN:
Aplica doctrina.
MATERIA:
Remuneraciones, descuentos.
RESUMEN:
Atiende presentación que indica acerca de la procedencia de descuentos de remuneraciones por licencias médicas rechazadas.
ANTECEDENTES: 1)Instrucciones de 10.04.2023, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2}Correos electrónicos s de 20.03.2023, 13.12.2022 y 15.11.2022, del Departamento
Jurídico. 3)Correo electrónico de 25.05.2022, recibido el 07.06.2022, de Sra.
SANTIAGO, DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S) 25 ABR 2023
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A:
Mediante correo electrónico del antecedente 3), solicita un pronunciamiento jurídico de esta Dirección tendiente a precisar si el empleador debe descontar de las remuneraciones del trabajador el monto correspondiente a licencias médicas rechazadas por la Superintendencia de Seguridad Social, Al respecto cumplo con informar a Ud., en primer término, que esta Dirección carece de competencia para emitir pronunciamientos jurídicos de carácter genérico.
En concordancia con lo anteriormente expuesto, mediante documentos de antecedente 2) se le solicitó aclarar y complementar su solicitud, lo que hasta la fecha no ocurrió.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar, que la doctrina institucional vigente, que se pronuncia sobre la materia por la que consulta, se encuentra contenida, entre otros, en el ORD. N°1173 de 11.03.2015.
Puede acceder a la jurisprudencia institucional citada, en la página web de este Servicio, en el siguiente link: 4 K https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-105320.html Es todo cuanto puedo informar al tenor de lo solicitado.
Saluda atentamente a Ud., NATALIAPOZO SANHUEZA DEL ABOGADA
JEFA DEPARTAMENTO JURIDIC SYEFE
DIRECCIÓN DEL TRABAJO ★
DIRECCIÓN DEL TRABAJO 25 ABR 2023
OFICINA DE PARTES
LBP/MOP
Distribución
-Jurídico -Partes -Control
Dictámenes concordantes
- Ord. N° 1173, de 11.03.2015 · Remuneraciones. Descuento obligatorio. Licencia rechazada.
Otros pronunciamientos sobre remuneraciones y beneficios
Dictamen N° 4814/44, de 31.10.2012
Remuneración: Comisiones. Cuando se devengan. Incorporación patrimonio trabajador. Improcedencia devolución, reintegro, compensación. Excepción: incumplimiento trabajador. Remuneración: Liquidación comisiones, bonos, premios y otros incentivos. Remuneraciones: Improcedencia devolución. Comisiones: Plazo pago. Comisiones: Condiciones y ajuste ley 20.611. Plazo. Liquidación de remuneraciones: Anexo comisiones, bonos, premios y otros incentivos. Contenido. Ley 20.611. Protección comisiones devengadas. Vigencia. Agentes ventas seguros, AFP, Isapres y otros. Comisiones. Condiciones para que se devenguen. Plazo pago.
Fija sentido y alcance de los artículos 54 bis y 55 del Código del Trabajo, incorporado y modificado, respectivamente, por ley Nº20.611, publicada en el Diario Oficial de 08.08.2012, sobre protección de las remuneraciones especialmente la comisión en casos que indica.
Dictamen N° 3662/53, de 17.08.2010
Remuneración. Sueldo Base. Concepto. Sueldo Base. Requisitos. Sueldo Base. Calificaciones.
Complementa y precisa doctrina contenida en dictamen Nº3152/063, de 25.07.2008, en relación al nuevo concepto de sueldo base establecido por el artículo único de la ley Nº 20.281.
Dictamen N° 2093/36, de 23.08.2021
Remuneraciones docentes.
Atiende diversas consultas acerca de la nueva estructura de remuneraciones de los profesionales de la educación, creada por la Ley N°20.903.
Dictamen N° 4864/275, de 20.09.1999
Cláusula tácita Remuneraciones.
Rechaza solicitud de reconsideración de instrucciones Nº 13.12.98-1778 impartidas por la fiscalizadora Sra. [nombre reservado] a la empresa Administradora de Fondo de Pensiones Habitat S.A.
Dictamen N° 3310/177, de 09.10.2002
Comisión. Derecho. Nacimiento.
No resulta jurídicamente procedente la conducta del empleador de descontar de las comisiones devengadas por el trabajador, la suma que corresponda de cuentas pagadas con cheque por los clientes que resulten protestados por el sistema bancario. ANT. 1.- Presentación de la Federación de Sindicatos de la Empresa Ripley,…