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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Circular · SUSESO

N° 1046 de 1987

14 jul 1987

Subsidio e incapacidad temporal

Lo que resuelve

La SUSESO instruye a las entidades que giran cheques contra las cuentas del Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidio de Cesantía cruzarlos y eliminar las cláusulas al portador para resguardar los recursos.

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Destinatario

Instituciones Descentralizadas; Cajas de Compensación de Asignación Familiar; Cajas de Previsión; Universidades e Institutos Profesionales; Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744; Compañías de Seguros; Administradoras de Fondos de Pensiones; Instituciones de Salud Previsional.

Texto completo

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO ACTUARIAL OM

CIRCULAR N° 1.046

SANTIAGO, 14 de Julio de 1987

FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES QUE GIRAN DE LAS CUENTAS CORRIENTES N°S. 901034-3, 901501-9 Y 901721-6 DEL BANCO DEL ESTADO DE CHILE.

Esta Superintendencia como administradora del Fon do Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesan tía y titular de las cuentas corrientes N°s. 901034-3, - 901501-9 y/o 901721-6 del Banco del Estado de Chile, ins truye a todas las entidades que giran de las referidas cuentas, que para un menor resauardo de cada uno de los cheques disponíales del talonario en poder ae esas insti tuuiones, en rorma inmediata procedan a cruzar todos los cheques que a la fecna no se han utilizado. Asimismo, de berán borrar las frases "la orden de" y "al portador" y colocar el nombre de la entidad giradora a continuación de la frase "pagúese a"

DISTRIBUCIÓN

- Caj¿s^de^Cpjngejisjlci, - Caias___de Previsión Instituciones descentralizadas

- Universidades e Institutos Profesionales

- Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744

- Compañías de Seguros

- Administradoras de Fondos de Pensiones

- Instituciones de Salud Previsional

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