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SUSESOCircular3 de octubre de 1988

Circular 1100

Seguro laboral (Ley 16.744)

Destinatario

Asociación Chilena de Seguridad; Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción; Instituto de Seguridad del Trabajo; Instituto de Normalización Previsional; Cajas no afectas al D.L. N° 1263

Normas citadas

  • D.L. N93.S0O, de 1980
  • Ley N° 16744

Texto

SUPERINTENDENCIA

DE

SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO JURÍDICO

CIRCULAR N9

SANTIAGO,

H00

03-0CT-1988

CESACIÓN

EN
EL PAGO
DE PENSIONES DE LA LEY NQ16.744 A AFI
AL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES AL CUMPLIR LA EDAD PARA
PENSIONARSE POR
VEJEZ.
DISPONE SE NOTIFIQUE DICHA CIRCUNS
TANCIA AL BENEFICIARIO Y
A LA
FONDOS DE
ADMINISTRADORA DE
PENSIONES RESPECTIVA.

LIADOS

De

acuerdo
de

1980,

53

de

al

Sistema

Nuevo

invalidez
Accidentes del
el

la

edad
de

goce

conforme
esta

N916

exigida
para

A
de

la

fin

de

pagadoras

notifiquen
fecha

pensión
nales

tanto

estuviere
del

por

la

una

ha

de

pensión

a

del

una

hasta

por

el

los

pagos

en

el

necesario

pensiones

de

beneficiarlo

afiliado
del

con

la

6

la

de

y

Ley
ella

Instituto

Cajas

no

de

Seguridad

de

Normalización

afectas

al

del

D.L.

cum

ley

De

.

Previsional

los

la

edad

de

60

años

salvo

los

beneficios

.

ambos
las

a

744
a

para

la

del

y,

tipos
insti

que

A.F.P.

antelación

enfermedades

Trabajo

N91.263

como

Ley

de

,

de

N916
de

acerca

.

Instituto

de

goce

instruir

meses

edad,

trabajo

es

que

hombres

de

accidentes

decreto

cumplimiento

duplicidad

cumplimiento

al

vejez, cesan en
pensión por vejez,

continuidad

de

Ley sobre

la

de

citado

vejez,

para

el

pensión

una

de

la
pagadoras de pensiones de
pensiones correspondientes a

estimado

al

de

D.L.
en

afiliados

Profesionales,

obtener

a

pensión

evitar

disfruten

que

derecho

pagar las
A.F.P. sólo

se

establecido

trabajadores

Enfermedades

disposiciones

permitir

vez,

que

y

pasando

causar

pensiones,

tuciones
la

una

lo

del

86

articulo

el

parcial proveniente

o

anos
mujeres y de 65
pensión anticipada.

de

casos

a

para

las

Pensiones

entidades

las

deberán

afiliados

a

las

a

744

los

tener

para

en
con

Trabajo

aquélla,

manera,
.

de

dispuesto

concordancia

Ley N916.744,

en

la
total

por

plir

lo

con

N93.S0O,
articulo

cese

a

a

la

de

la

profesio

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