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Jurisprudencia laboral chilena · Sentencias y dictámenes

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Circular · SUSESO

N° 2103 de 2004

7 ene 2004

Afiliación y organismos administradores

Lo que resuelve

La Superintendencia instruye a las mutualidades de empleadores a remitir, a más tardar el 20 de enero, el presupuesto del seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales para el año 2004, conforme al formato de Estado de Resultados establecido en una circular anterior.

Resumen generado automáticamente a partir del texto; no reemplaza la lectura del documento.

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Destinatario

Mutualidades de Empleadores (P)

Texto completo

GOBIERNO DE CHILE

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

AU08-2003-10946

CIRCULAR N°

SANTIAGO, 21 (n

"

"

-1 0 7 ENE 2004

PRESUPUESTO DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES

PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744 PARA EL AÑO 2004. IMPARTE INSTRUCIONES ALAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N°16.744.

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Conforme con lo establecido en el artículo 39 del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se solicita a Ud., remitir a más tardar el 20 de enero en curso, el presupuesto del Seguro Social contra

Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades

Profesionales de la Ley N°16.744 para el año 2004. El presupuesto solicitado establecido en la Circular deberá presentarse conforme N°2.088, de 2003

Saluda atentamente a Ud., DISTRIBUCIÓN:

-

Mutualidades de Empleadores (P) al formato de Estado de Resultados

Otros pronunciamientos sobre afiliación y organismos administradores

Circular SUSESO N° 3907, de 26.12.2025

Seguro laboral (Ley 16.744)

Vigencia desde su publicación, con excepción de las contenidas en el Capítulo VIII de esta circular, cuya vigencia es a contar del 1° de abril de 2026.